México, D.F., a 20
de enero de 2013.- El Procurador Federal del Consumidor, Humberto Benítez
Treviño, resaltó la trascendencia de la entrada en vigor de las reformas a la
Ley Federal de Protección al Consumidor en materia de casas de empeño, ya que
transparentan la operación de estos negocios y fortalecen las acciones para
defender los derechos de los pignorantes.
Comentó que “es una
acción histórica que consolida a la Profeco como un instrumento determinante
para la protección de los derechos de los consumidores, fundamentalmente para
defender a los que menos tienen y que por necesidad empeñan sus bienes”.
Benítez Treviño
garantizó el cumplimiento puntual de cada uno de las reformas y adiciones a los
artículos 65 Bis y 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor y que
ordena a la Profeco el establecimiento de un registro público de las casas de
empeño, el cual no existía, y de los formatos de contratos de adhesión.
Aclaró que la ley
señala por obligación, que para operar estos negocios deberán contar con el
registro de inscripción que sólo podrá otorgarles la Procuraduría y explicó que
para que estos negocios obtengan el registro deberán acreditar el nombre,
denominación o razón social; contar con Registro Federal de Contribuyentes y
brindar los domicilios de su establecimiento matriz y sucursales, entre otros
datos.
Mencionó que ahora
estas casas de empeño podrán hacerse acreedoras a la cancelación definitiva del
registro en caso de no acreditar que sus socios, accionistas o administradores
en ningún momento han sido objeto de condena por delitos financieros, contra la
salud o por tener nexos con el crimen organizado.
Con las reformas,
dijo, estos proveedores tendrán la obligación de informar mensualmente a la
procuraduría estatal que les corresponda cuando una persona pignore un objeto
de las mismas características en una sola casa de empeño o cualquier otro
comportamiento atípico que pudiera levantar sospecha.
Las modificaciones a
la Ley también exigen transparentar las operaciones de estos negocios al tener
que colocar en su publicidad y establecimientos, de manera permanente y
visible, lo referente a las tasas de interés.
“De esta forma, se
da seguridad al pignorante y certeza de que no va a ser objeto de usura
disfrazada pues está garantizado que el bien pignorado será devuelto en
idénticas condiciones”, comentó el Procurador Benítez Treviño.
A partir de la
entrada en vigor de las recientes reformas, el 17 de enero pasado, la
Procuraduría dispone de hasta 180 días para implementarla, empezando por el
ejercicio obligatorio de registro de las casas de empeño.
La Procuraduría
recuerda a los consumidores que prevén acudir a este tipo de negocios comparar
las diferentes tasas de cobro y préstamo que otorgan, verificar su
comportamiento comercial –quejas y porcentaje de conciliación ante la Profeco-
disponible en http://www.consumidor.gob.mx/wordpress/?page_id=8553, además de
consultar el “Decálogo de los consumidores en casas de empeño”, “Decálogo del
buen proveedor en casas de empeño” y la “Ruta del pignorante inteligente”.
También los exhorta
a denunciar irregularidades y abusos llamando al Teléfono del Consumidor (5568
8722 en el área metropolitana y Distrito Federal; 01800 468 8722 en el resto
del país), mediante las cuentas de Twitter (@profeco) y de Facebook
(http://facebook.com/consumidorinteligente)
y a través de sus teléfonos inteligentes o tabletas con la aplicación Quejas y
Denuncias disponible en sistema IOS y Android.
(DIARIO DEL DESIERTO/
Grupo AM /22.01.2013)
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