Las comisiones Nacional de Hidrocarburos y Reguladora de Energía tienen prohibido aceptar dinero, viajes o comidas por parte de contratistas
CIUDAD DE MÉXICO, 1 de agosto.- Rodeados de versiones sobre su
poder para doblar las voluntades de las naciones donde operan, los
gigantes petroleros internacionales entrarán a competir a México con el
arbitraje de dos comisiones reguladoras cuyos integrantes tienen
prohibido sucumbir a las tentaciones económicas que puedan ofrecerles;
ni siquiera pueden estar en una fiesta donde asista algún integrante de
ellos.
Ayer, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó sin cambios el cuarto
dictamen de las minutas que integran gran parte de la Reforma
Energética enviada por el Senado, y lo envió al Ejecutivo federal para
su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Así, la creación de la Ley de los Órganos Reguladores y la Agencia
Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del
Sector Hidrocarburos, junto con los cambios a la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal conforman el primer paquete de leyes
secundarias de la Reforma Energética que concluye su proceso
legislativo, después de 92 días de discusiones en el Senado de la
República y la Cámara de Diputados.
Aprobada con 333 votos del PRI, PAN, Partido Verde y Nueva Alianza, y
125 en contra del PRD, PT y Movimiento Ciudadano, la nueva Ley de los
Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética aplica a la
Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) y a la Comisión Reguladora de
Energía (CRE), que serán los árbitros de la competencia energética en el
país.
En medio de las constantes dudas de la izquierda en torno a lo que
llamó la debilidad de los órganos reguladores e incluso ironizó con la
inclusión del código de ética, porque sostuvo que no frenará el poder de
las grandes petroleras, el pleno de la Cámara de Diputados ratificar en
sus términos la minuta del Senado.
La Ley obliga a los integrantes de la CNH y la CRE a asumir un código de ética en el cual plantea cinco faltas graves.
Los comisionados tendrán prohibido “recibir, directa o
indirectamente, dinero en efectivo, obsequios o cualquier otro objeto de
valor de parte de un tercero que de cualquier forma intervenga en
alguno de los actos administrativos a cargo del Órgano Regulador
Coordinador”.
Advierte que los comisionados no podrán “aceptar cualquier tipo de
invitación a comidas, actividades recreativas o a cualquier clase de
evento por parte de los sujetos regulados o terceros relacionados con
ellos, sin contar con el visto bueno del Comité de Ética del Órgano
Regulador Coordinado en Materia Energética”.
Tampoco tienen permitido “recibir, proponer, autorizar o consentir la
recepción de cualquier clase de beneficios como el pago de viáticos y
pasajes, viajes, servicios, financiamiento o aportaciones económicas que
se relacionen directa o indirectamente con el ejercicio de sus
atribuciones o funciones; realizar o asistir a reuniones o audiencias
con personas que representen los intereses de los sujetos regulados
fuera del marco de esta Ley”.
La Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética
precisa que la CNH y CRE elevan su estatus jurídico para pasar de
órganos sujetos a las decisiones federales, a autoridades autónomas para
vigilar la entrega de contratos a los nuevos competidores.
Además de reforzar el perfil de las comisiones, la ley dispone que
“los contratos, autorizaciones, permisos, adquisiciones, arrendamientos,
servicios y obras que otorguen o celebren los Órganos Reguladores
Coordinados en Materia Energética, estarán sujetos a la Ley Federal
Anticorrupción en Contrataciones Públicas, así como a las demás leyes
aplicables en materia de transparencia y acceso a la información, de
fiscalización y rendición de cuentas y combate a la corrupción”.
Agrega que “para el otorgamiento de permisos o autorizaciones y la
celebración de contratos el Órgano de Gobierno, a propuesta de su
presidente, emitirá las disposiciones necesarias para que el Órgano
Regulador Coordinado en Materia Enérgica de que se trate cuente con
mecanismos que le permitan prevenir, identificar, subsanar y sancionar
actos u omisiones irregulares, ilícitos o negligentes”.
Ordena que “la normatividad y disposiciones a que se refiere este
artículo deberán permitir la determinación clara de los niveles de
decisión y de responsabilidad de los Comisionados, la Secretaría
Ejecutiva y los servidores públicos de los Órganos Reguladores
Coordinados en Materia Energética en los actos que realicen”.
Añade que la CRE y la CNH deben contar con los mecanismos para
“identificar, sistematizar y administrar los factores de riesgo que
puedan presentarse o actualizarse durante los procesos para la
suscripción u otorgamiento de contratos, autorizaciones o permisos,
según corresponda, así como en la administración y supervisión de las
actividades reguladas.
“Y prevenir, detectar y canalizar con las instancias y autoridades competentes, los actos y omisiones que puedan constituir prácticas de corrupción”, precisa.
Pero para el PRD, esta regulación no será suficiente para detener el poder de los gigantes petroleros.
“Las empresas trasnacionales petroleras fácilmente cuentan con el 50%
de los recursos del PIB de los países más desarrollados; son empresas
muy poderosas económicamente hablando, con recursos humanos, con
estrategia, con recursos jurídicos, con abogados”, y los estados donde
trabajan no han podido enfrentarlos, dijo el perredista Fernando Zárate.
(EXCELSIOR/Leticia Robles de la Rosa / 01/08/2014 05:42)
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