lunes, 4 de mayo de 2015

IMPUNIDAD A TRANSPORTISTAS EN ACCIDENTES EN TIJUANA


Lagunas legales y la omisión de las autoridades permite a los concesionarios de transporte público evadir el pago inmediato de los daños causados a terceros aun cuando su responsabilidad quede acreditada. La cobertura se difiere por años mediante juicios legales, demandas que ocupan la tercera parte de los casos por accidente procesados en los juzgados penales de Tijuana. Víctimas de accidentes de transportistas no pueden costear su rehabilitación. Abogada sugiere cambiar el Código Penal en el capítulo de Daños y Lesiones

La unidad de transporte no detuvo la marcha. Arrastró a Rosa Minelva por varios metros y en el trayecto a la joven se le fragmentó la cadera, se le destrozó el pie izquierdo y sufrió múltiples fracturas en ambas piernas.

Ocupado como iba en el teléfono celular, Nicodemo Cigarroa de La Rosa, el conductor, no reparó en la señal de alto colocada en la esquina de la avenida de Las Rosas y calle del Arbusto en la colonia Urbi Villa del Álamo. Tampoco aminoró la velocidad a pesar que ahí está una escuela primaria, eran las 12:30 horas, hora de salida de clases, y condujo sin precaución.

Nicodemo tardó en atender a los gritos de transeúntes y pasajeros, quienes lo obligaron a frenar el camión marcado con el número 202 de la empresa de Autotransportes Urbanos y Suburbanos Libres de Tijuana, Baja California, S.A. de C.V., mejor conocida como Altisa.

De acuerdo a la víctima, testigos y apuntes en el parte informativo, ella cruzaba la vialidad por la zona de seguridad peatonal cuando el chofer intentó dar vuelta a la unidad sin cederle el paso. Impactó a Minelva, cuyo pantalón se enganchó en un birlo de la llanta delantera derecha del camión, por lo que fue arrastrad debajo del vehículo cuatro metros adelante del golpe.

La joven de 31 años laboraba en una maquiladora, cuenta con seguro social y ahí fue atendida tras el accidente.

Por su estado físico, luego del alta en el hospital, requirió de una cama de hospital que con ayuda del Ayuntamiento de Tijuana, pagó durante tres meses; también ha ocupado silla de ruedas, andadera, adecuar un baño en el primer piso de su casa, gastos que ha tenido que desembolsar ella. Sus movimientos son limitados y ocupa de una ambulancia para poder trasladarse a las consultas médicas, pero sin recursos, renta un taxi.

En el IMSS le dijeron hace una semana que ya no le pagarán la incapacidad que le cubría la mitad de su sueldo como obrera, y deberá iniciar un procedimiento de indemnización que, si bien le va, se resolverá en seis meses.

Minelva requiere de terapia de rehabilitación cuyo costo los especialistas estiman en 7 mil 500 dólares. Para reparar la cadera y pueda caminar sin ayuda requiere de una prótesis de fémur que el Seguro Social no le cubre, de no hacérsele esa intervención quirúrgica, podría llegar incluso a perder la pierna por la falta de circulación y por el deterioro que le causa el no recibir terapia de recuperación.

“Fue el 4 de junio de 2014 cuando ocurrió el accidente que cambió mi vida”, precisa la joven mujer, y a casi 11 meses, ni chofer ni empresa se han hecho responsables de los gastos médicos y de rehabilitación de la víctima. Ninguna autoridad los ha obligado a ello, mientras su caso está a la espera de que sea consignado por las autoridades de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE).

NO PAGAR DAÑOS, LA CONSIGNA

Durante 2014 en Tijuana se registraron 12 mil 052 accidentes automovilísticos, en el 15 por ciento de ellos, es decir en mil 822 hechos de tránsito, estuvieron involucrados vehículos del servicio público de transporte.
En lo que va del 2015, se han contabilizado 3 mil 539 accidentes, 14 por ciento de ellos, 498, con la participación de unidades del servicio público –camiones de pasajeros, personal, o taxis-.

“La reparación de un daño causado por una unidad de transporte público tarda a veces hasta más que un homicidio, porque los abogados chicanean los asuntos”, expuso un juez de los juzgados penales de Tijuana, quien pidió omitir su nombre ante los recientes cambios del Tribunal y la veda electoral.

De acuerdo a las estadísticas, estos procesos se alargan de tres a cuatro años, aun cuando de inicio quede establecida la responsabilidad del conductor y, por ende, de la empresa propietaria de la unidad de transporte; demora que causa el desistimiento de una cuarta parte de los quejosos.

En promedio los juzgados reciben entre 60 y 70 casos por mes, de los cuales un 20 por ciento corresponden a accidentes por lesiones, y una tercera parte han sido propiciados por el servicio de transporte público.

Para el juez penalista, la ley les impide ir más allá y obligar a una pronta reparación del daño a las víctimas. “Se ponen muchos candados en el Código Penal en su artículo 37, por ejemplo, establece que la reparación del daño se hará efectiva una vez iniciado el proceso, lo cual no puede hacerse efectivo si antes no se localiza al procesado para que esté presente en las audiencias”. De acuerdo a la Ley, tampoco se puede obligar al chofer a comparecer.

Después del percance, con el pago de una fianza si el accidente no fue con consecuencias fatales, el chofer queda liberado, al igual que la unidad, por lo que localizarlo es misión casi imposible, generalmente dan más de un domicilio.

Si bien es cierto tienen que depositar una póliza para garantizar los daños, ésta es mínima y no cubre todo, por lo que se inicia un proceso legal en el que se procesa al chofer y no a la empresa concesionaria de la unidad, cuyos abogados intervienen solo para demorar los juicios con contra-peritajes, apelaciones y hasta amparos cuando la sentencia les es desfavorable.

Cuando no les queda otro recurso legal, tratan de obstaculizar el juicio fiscal para hacer efectiva la póliza, con el objetivo de que prescriba el término de 180 días que tienen para cubrir su monto y así ganar más tiempo con otro proceso.

Al final, cuando ya tienen que pagar, se apegan a la Ley y optan por dar el pago en parcialidades al afectado.

URGEN REFORMAS

Para la abogada Rosa Inés Oceguera, se debería regular el Código Penal en el capítulo de daños y lesiones, para que tratándose de unidades de transporte público en las cuales se acredite la responsabilidad desde el parte informativo, se haga efectiva la póliza de cobertura amplia, en lugar de procesar al chofer.

Es la no aplicación real de un seguro de cobertura amplia donde se da la principal omisión, tanto por las concesionarias como por parte de la autoridad de transporte, aun cuando el Reglamento de Transporte público para el Municipio de Tijuana en su artículo 98, obliga al contrato de una póliza de cobertura amplia de seguro contra daños, tanto a pasajeros, como a terceros, precisa la litigante.

Esta situación evitaría la carga de trabajo en los juzgados, con costo al erario, y repararía en menor tiempo el daño a las víctimas.

También debería de obligarse a la autoridad municipal, responsable de verificar la operatividad de ese servicio, los estándares de cobertura de las compañías de seguro.

En forma adicional, las reformas tendrían que incluir el generar antecedentes penales por delitos dolosos, al menos en el caso de los choferes del transporte público, porque en las cartas de no antecedentes penales, la Secretaría de Seguridad Pública del Estado no toma en cuenta los delitos dolosos, por lo que no se genera ningún antecedente negativo para ellos, quienes pueden seguir operando mientras no se dé una sentencia.

OTRO CASO

La unidad de Guillermo Ayala fue impactada por un camión de la Línea de Transportes Urbanos y Suburbanos de Baja California, S.A., identificados como Verde y Crema, el 10 de septiembre de 2013, él y su esposa resultaron lesionados.

La sentencia del Juez Noveno de lo penal le fue favorable en junio de 2014, pero la concesionaria se amparó para no cubrir los daños de la unidad y las lesiones de las víctimas por parecerle “excesivos”.

Además de la reparación de la unidad, tanto la empresa como el chofer, en forma mancomunada, han sido sentenciados a pagar alrededor de 4 mil dólares por gastos médicos y rehabilitación de los afectados.

Asesorados por la empresa Asesores Automovilísticos de Baja California S.C. que les otorga consulta legal, se niegan a cubrir los daños. Esta sociedad civil le ofrece la cobertura de las pólizas de seguro, mismas que expide un tercero, HDI Seguros, triangulación que la autoridad de Tránsito y Transporte les permite.

Así, los mismos asesores legales de Verde y Crema, son a la vez sus ajustadores de seguros y los encargados de alargar los procesos para no otorgar la cobertura de un seguro amplio.

“SÍ CUMPLIMOS”: TRANSPORTISTAS

“Somos de las empresas que menos problemas tenemos, porque contamos con buena cobertura de seguro”, asentó Gabriel Lemus, representante de la empresa de transporte Verde y Crema.

Cuando existen daños a terceros y no se cubre, es porque lo que pide el afectado rebasa los límites, entonces se va a las instancias correspondientes y se alargan los casos, explicó.

“El caso de Guillermo Sánchez no se ha pagado porque hace falta la resolución de un juez, si la hubiera y no la acatáramos estaríamos en un problema grave”, anotó aparentemente ignorando la resolución emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Baja California, emitida el 3 de julio de 2014.

Al preguntarse si existe una consigna para alargar los litigios respondió, “Si existe una consigna es algo que desconozco, sí nos preocupa la situación por lo alargado del proceso, pero los del seguro (Asesores de Baja California) informan que no hay manera de llegar a un arreglo con ellos (los afectados), pues no quieren ceder a su petición (de la aseguradora), en Verde y Crema es el único caso sin conclusión”.

Anotó que la empresa aseguradora que los atiende también da cobertura al 40 por ciento del sector transporte de Tijuana, tanto masivo como de taxis.

POCAS QUEJAS POR NO PAGO DE SEGURO

“Los desconozco”, dijo José Luis Hernández Silerio, director de Vialidad y Transporte del municipio de Tijuana, sobre los casos pendientes de daños a terceros causados por el servicio público.

No obstante, justificó el hecho de que se van a un proceso legal y no se resuelve en lo inmediato con el pago de un seguro, “porque se tiene que pedir un contra-peritaje, en caso del que el acusado no acepte la culpa”.

Cuestionado sobre qué autoridad tendría que supervisar el cumplimiento el pago de las pólizas de seguros, indicó: “Nosotros tenemos el filtro por las quejas que recibimos, pero ahorita no tenemos gran cantidad de quejas por este rubro y las que hemos recibido las hemos resuelto, hay algunas que están en el juzgado, pero el seguro dice que no tiene la culpa su cliente”.

En Tijuana, un promedio de 10 mil unidades de transporte público circulando a diario, de las cuales 7 mil 449 taxis en su diferentes modalidades –ruta, sitio y libres–, 3 mil 552 son de transporte masivo; adicional, circulan mil 400 unidades de transporte de personal.

De acuerdo a las estadísticas, en la ciudad se suscita una media de 50 accidentes automovilísticos diarios de todo tipo, principalmente de daños materiales leves, por lo que los hechos en los que intervienen unidades públicas son mínimas, consideró el funcionario.

De los requisitos para que un servicio público opere son:

Obtener una concesión del Ayuntamiento, dar de alta la unidad en la Dirección de Transporte Público Municipal, que la unidad cuente con un seguro de cobertura amplia, licencia vigente del chofer y revisión mecánica del transporte, lo cual se debe hacer dos veces al año. Adicional a la póliza, el concesionario debe presentar el recibo de pago.

— ¿Cuál es la razón de pedir una póliza de seguro de cobertura amplia?, se le cuestionó.

“La razón para es porque lo marca el reglamento, la finalidad es la seguridad de los usuarios, privilegiamos al usuario”, expuso.

PROPONEN DEROGAR LEY DE TRANSPORTE POR OBSOLETA

“Sí hace falta una revisión puntual del marco jurídico, para dar plena garantía a la reparación del daño”, asentó René Mendívil Acosta, diputado integrante de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales del Congreso de Baja California.

Recordó que hace un año presentó una iniciativa para abrogar la ley de transporte público.

Y sustituirla por la Ley General del Transporte, quitando la connotación de transporte público, toda vez que “toda unidad debe ser sujeta a un proceso de revisión de parte de la autoridad”.

La propuesta va en el sentido de que los gobiernos municipales garanticen que toda unidad de transporte, cualquiera que sea su modalidad, se encuentre en condiciones de prestar un servicio en forma segura, con condiciones mecánicas aceptables, con la cobertura de seguros que se requieren para atender los daños a terceros, dijo.

Por ejemplo, expuso, en la ley actual el transporte agrícola o las unidades que transportan gas, no son sujetos a un servicio de reparación o revisión mecánica para garantizar las condiciones más elementales de seguridad, indefiniciones que en caso de accidentes no se puede garantizar la reparación de daño total a las víctimas.

Por ello urgió se dictamine la iniciativa, la cual se encuentra en comisión, a la vez que instó a quienes llevan casos particulares relacionados con el transporte a plantear propuestas para enriquecerla y evitar injusticias, como el caso de Rosa Minelva o Guillermo Ayala.


(SEMANARIO ZETA/ REPORTAJEZ/ Isabel Mercado Juárez /   04 de Mayo del 2015 a las 13:00:00)

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