miércoles, 27 de agosto de 2014

DERRAME EN 21 DÍAS DA VUELTA AL MUNDO


Río Sonora, traducido en 25 idiomas y 45 países…

Los principales medios de comunicación internacionales como impresos y televisoras, abrieron sus espacios a la contingencia ocurrida el pasado 6 de agosto, hecho que a todas luces representa una negligencia más del Grupo México que a 7 años y 6 meses hace recordar la tragedia de Pasta de Conchos, en el Estado de Coahuila…
    
Hermosillo, Sonora (DP).- El tema del derrame de más de 40 mil metros cúbicos de ácidos, sulfatos y tóxicos de l represo “El Álamo” de la mina de Buenavista del Cobre, recorrió 45 países y fue traducido en 25 idiomas en el Mundo, hoy a tres semanas del desastre ecológico en el Río Sonora.

Los principales medios de comunicación internacionales como impresos y televisoras, abrieron sus espacios a la contingencia ocurrida el pasado 6 de agosto, hecho que a todas luces representa una negligencia más del Grupo México que a 7 años y 6 meses hace recordar la tragedia de Pasta de Conchos, en el Estado de Coahuila.

En la prensa de Estados Unidos, Alemania, Francia, Italia, Rusia, España, Chile, Perú, Brasil, Venezuela, Colombia, Bolivia, Cuba, Argentina, Canadá, Holanda, China. Japón, Corea, Noruega, Dinamarca, Arabia, Sudáfrica, Indonesia, Bélgica, Ecuador, Honduras, Suiza, entre otros, la negligencia de la compañía minera encontró eco.

Una nueva ilegalidad del Grupo México salió a la luz pública en la conferencia de prensa que ofreció el Coordinador Nacional de Protección Civil después de recorrer algunos municipios del Ríos de Sonora y es que no cuenta con permiso para la construcción del represo colapsado que provocó el derrame de ácido.

Luis Felipe Puente aseguró que la compañía minera Buenavista del Cobre es responsable de la contaminación ambiental y deberá limpiar “a mano”, si es posible, todo el tóxico vertido en la región que paralizó la actividad comercial y mantiene los pozos cerrados en 7 municipios.

La empresa tampoco cuenta con permisos para realizar construcciones en el Río Bacanuchi, menos aún en el Río Sonora, por lo que a la brevedad la Conagua y Profepa le han exigido limpieza total cuanto antes, así como pagar una multa de 2.4 millones y otra por 40 millones de pesos en la espera de pagar el daño a los particulares y ejidatarios de la zona.

“Una noticia que dio Conagua fue que ninguno de los pozos que están ahorita sin funcionar están contaminados, pero es parte del protocolo que los pozos que estén a 500 metros del caudal del río es para evitar afectaciones a las personas”, aseguró el coordinador nacional de Protección Civil.

Después de realizar un recorrido por el Río de Sonora, Luis Felipe Puente Espinosa informó en Hermosillo que se verificaron los pozos de la región y se trabaja en una reconexión de redes para que este martes en Ures se pueda tener agua potable sin riesgos para la población.

Calculó que será el viernes o fin de semana cuando se levante la contingencia a lo largo de los más de 250 kilómetros del Río Sonora hasta la presa “El Molinito”, por lo que se realizan inspecciones a todas las minas de la región, así como los pozos y cuencas de la zona.

Señaló que la Federación realiza esfuerzos para garantizar agua a los habitantes de los municipios de la región, entrega de despensas, con programas de empleo temporal y con programas productivos que permita mejorar la condición de vida de todos los habitantes de los municipios del Río Sonora.

En esta tarea, dijo Puente Espinoza, participan todas las dependencias federales quienes además están al pendiente de los resultados de los estudios químicos del agua que se está monitoreando de manera constante, informó el funcionario federal.

Sobre la contaminación en el agua de “El Molinito”, aseguró “la presa del Molinito tiene la capacidad en el caso de necesitarlo de surtir el agua en perfectas condiciones de salud para la población de Hermosillo, no tiene ningún problema”.

El Código Penal Federal referente a los delitos ambientales prevé sanciones económicas superiores a los 320 mil días de salario mínimo y prisión de hasta 9 años para los responsables del derrame de más de 40 mil metros cúbicos de tóxicos en el Río Sonora.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) destacó que además de las sanciones previstas en la ley, los sonorenses afectados por el derrame del represo que tampoco contaba con permisos para ser construido pueden demandar penalmente al Grupo México y exigir su indemnización por el daño ecológico y patrimonial.

Titulo Vigésimo Quinto

Delitos Contra el Ambiente y la Gestión Ambiental

Capítulo Primero

De las actividades tecnológicas y peligrosas

Artículo 414.- Se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa al que ilícitamente, o sin aplicar las medidas de prevención o seguridad, realice actividades de producción, almacenamiento, tráfico, importación o exportación, transporte, abandono, desecho, descarga, o realice cualquier otra actividad con sustancias consideradas peligrosas por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, radioactivas u otras análogas, lo ordene o autorice, que cause un daño a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas, a la calidad del agua, al suelo, al subsuelo o al ambiente.

La misma pena se aplicará a quien ilícitamente realice las conductas con las sustancias enunciadas en el párrafo anterior, o con sustancias agotadoras de la capa de ozono y cause un riesgo de daño a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas, a la calidad del agua o al ambiente.

En el caso de que las actividades a que se refieren los párrafos anteriores, se lleven a cabo en un área natural protegida, la pena de prisión se incrementará hasta en tres años y la pena económica hasta en mil días multa, a excepción de las actividades realizadas con sustancias agotadoras de la capa de ozono.

Cuando las conductas a las que se hace referencia en los párrafos primero y segundo de este artículo, se lleven a cabo en zonas urbanas con aceites gastados o sustancias agotadoras de la capa de ozono en cantidades que no excedan 200 litros, o con residuos considerados peligrosos por sus características biológico-infecciosas, se aplicará hasta la mitad de la pena prevista en este artículo, salvo que se trate de conductas repetidas con cantidades menores a las señaladas cuando superen dicha cantidad.



(DOSSIER POLITICO/César Fraijo / 2014-08-27)

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