martes, 24 de diciembre de 2013

“LA CHINA” NO SE SUICIDÓ... ¿Y ENTONCES, QUIÉN LA MATÓ?


Concluye la CNDH... ¡ y otra recomendación al Gobierno del Estado !… 

"... el personal pericial médico de esta comisión nacional, una vez practicada la exhumación del cadáver de la víctima, llegó a la conclusión de que la causa que le ocasionó la muerte, fue asfixia mecánica, derivada de obstrucción de vías respiratorias superiores, en individuo que presentó infiltrado (lesión) a nivel del cartílago cricoides por traumatismo o compresión directa, lesión a nivel de cuello que indica que el deceso no fue producido de manera autoinfligida"
 
Ciudad de México.- El presidente de la CNDH, Raúl Plascencia Villanueva, emitió la Recomendación 73/2013, dirigida al Gobierno de Sonora, por violaciones a los derechos humanos a la legalidad, a la seguridad jurídica, a la debida procuración de justicia, al derecho a la verdad, al honor y a la imagen, en agravio de una mujer arraigada en instalaciones de la Policía Estatal Investigadora en Guaymas, Sonora.

Mediante un comunicado, el organismo expone que de la investigación realizada por esta comisión nacional, se evidenció la práctica de diligencias de manera negligente, así como la indebida preservación de indicios y omisiones de cuidado en la investigación de los hechos por parte del agente del Ministerio Público, personal pericial de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Sonora, y elementos de la Policía Estatal Investigadora en Guaymas, Sonora.

De acuerdo con los antecedentes del caso, la referida víctima fue detenida el 28 de septiembre de 2013 en cumplimento a una orden de investigación girada por el encargado de la Agencia Investigadora del Ministerio Público del Sector I, en Guaymas, Sonora, por su supuesta participación en los presuntos delitos, cometidos en agravio de una persona y, trasladada a las instalaciones citadas.

El 5 de octubre de 2013, personal de la Policía Estatal Investigadora encontró en su celda a la agraviada, sin vida, circunstancia que hicieron del conocimiento del agente del Ministerio Público de esa localidad, quien inició la averiguación previa respectiva, por el delito de probable suicidio-homicidio y lo que resulte, la cual se encuentra en archivo, en virtud de que el 24 del mismo mes, se dictó acuerdo de no ejercicio de la acción penal, al considerar que se había acreditado que la víctima falleció a consecuencia de circunstancias propias de su voluntad y no atribuibles a terceras personas.

No obstante, de las diligencias de campo practicadas por personal pericial de esta comisión nacional y del análisis de las constancias ministeriales y periciales que obran en la averiguación previa relacionadas con el deceso de la víctima, particularmente la inspección ocular y fe ministerial del cuerpo de la agraviada y del lugar de hechos, así como del dictamen de criminalística de campo, se contó con evidencias que acreditan transgresiones a los derechos humanos a la legalidad, a la seguridad jurídica, a la debida procuración de justicia, al derecho a la verdad y al honor, en agravio de la persona fallecida.

Lo anterior, toda vez que, el 5 de noviembre de 2013, peritos de este organismo nacional realizaron inspección ocular en el lugar en que la agraviada permaneció arraigada, en las instalaciones de la base operativa de la Policía Estatal Investigadora en Guaymas, Sonora, de cuyas diligencias y análisis de las constancias ministeriales y periciales que obran en la averiguación previa, se advirtió que la autoridad ministerial y sus auxiliares omitieron acordonar, para su protección y preservación, la zona donde fue encontrada sin vida la víctima para la preservación y seguridad de los indicios, entre otros aspectos.

Irregularidades que, en opinión de peritos de este organismo nacional, genera que no se cuente con los elementos técnicos científicos que permitan establecer que la causa de muerte de la persona derivó de maniobras observadas en personas que se han privado se voluntariamente de la vida.

Sobre este aspecto, peritos de esta Comisión determinaron que personal pericial de la PGJ del Estado, emitieron un juicio de valor que no les correspondía, al señalar que la causa de muerte de la víctima fue “asfixia por ahorcamiento”, conclusión que únicamente podía dictaminar el médico forense.

Por otra parte, el personal pericial médico de esta comisión nacional, una vez practicada la exhumación del cadáver de la víctima, llegó a la conclusión de que la causa que le ocasionó la muerte, fue asfixia mecánica, derivada de obstrucción de vías respiratorias superiores, en individuo que presentó infiltrado (lesión) a nivel del cartílago cricoides por traumatismo o compresión directa, lesión a nivel de cuello que indica que el deceso no fue producido de manera autoinfligida.

En la opinión técnica médica, perito de esta comisión nacional precisó que no encontró indicios objetivos que fundamenten y sustenten que la causa especifica de la muerte haya sido consecuencia de asfixia por ahorcamiento.

Lo anterior, lejos de contribuir al esclarecimiento de las circunstancias en que la persona perdió la vida, denota falta de diligencia, para que la investigación contara con los elementos necesarios y suficientes para establecer con exactitud cómo ocurrieron los hechos y, en consecuencia, una seria limitación al derecho a conocer la verdad que merece ser reparado a los familiares de la víctima.

Se considera necesario que la Procuraduría de Sonora aclare enfáticamente que no existen elementos suficientes que permitan establecer, en forma fehaciente, que la agraviada se suicidó, pues al haber difundido el titular de la Procuraduría ante la opinión pública esa circunstancia, se atentó contra la imagen y el honor de la víctima y, consecuentemente, sus familiares fueron re victimizados por parte de las autoridades.

En consecuencia, la comisión nacional recomienda al Gobierno del Estado de Sonora, se proceda a la reparación del daño ocasionado a los familiares de la víctima y se les brinde la atención médica y psicológica necesaria, durante el tiempo que sea necesario; se capacite al personal médico y pericial de la Procuraduría del Estado en el manejo, integración, perfeccionamiento legal, resguardo de evidencias y constancias, para el adecuado uso y preservación de los indicios, que permitan determinar las averiguaciones previas con prontitud e inmediatez y, se colabore ampliamente en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos y queja que este organismo nacional formule, respectivamente, ante la Procuraduría del Estado y su Visitaduría General, en contra de los servidores públicos involucrados.

El pasado 8 de octubre, el alcalde de Guaymas, Otto Claussen, dio la cara el martes al menos en un desplegado pagado a El Imparcial donde acusa al Gobierno del Estado del fabricar “linchamientos sociales” recurriendo a la perversa práctica de crear una cortina de humo para ocultar la verdad y aprovechar para golpear públicamente a personas que militan en partidos opuestos al PAN Gobierno.

“Ahora le tocó a ciudadanos del Guaymas sufrir los abusos de la Autoridades del estado con el caso del secuestro del dirigente del PAN, Omar Núñez Caravantes, para ser usado con fines políticos torciendo la Ley para fabricar culpables y luego promover linchamientos mediáticos”, acusó el alcalde de Guaymas.

Amplió que “en este caso, que desde un principio quedó claramente establecido quiénes participaron y el objetivo del delito, ahora se recurre a la perversa práctica de crear cortinas de humo para ocultar la verdad y aprovechar para golpear públicamente a personas que militan en partidos opuestos al partido en el Gobierno”.

Entre otras apreciaciones del munícipe expresa las prácticas que lleva a cabo la PGJE para obtener información de personas inculpadas –tortura- en algún delito que “todos saben cómo obtiene la Procuraduría de Justicia las declaraciones y cómo distorsiona las investigaciones y actuaciones ministeriales”.

Y lanzó severa acusación a la PGJE: “De ahí que nadie cree la versión del suicidio en una celda de arraigo… María de Jesús Llamas poco antes de morir promovió un amparo por la incomunicación de que era víctima, además de la tortura de que fue objeto y por la forma en que impedían su defensa legal”.

Expuso que la familia de “La China” merece conocer la verdad en el conflicto entre panistas de la comunidad que derivó en la trágica muerte de la líder social, “todos quieren saber por qué la señora María Jesús Llamas atentó contra su vida y porqué la Procuraduría se apresura a dar carpetazo al presunto suicidio sin agotar con un mínimo rigor científico la investigación”.

Claussen Iberry critica “porqué le negaron defensa legal a la señora… pido y exijo la aclaración total de los hechos con la intervención de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, especialmente para que nos envíe un Visitador Especial para que esclarezca lo sucedido a la señora, ¡ya basta de fabricar culpables, ya basta de politizar la justicia!”.

Un día antes del supuesto suicidio, cuando María de Jesús Llamas Coronado solicitó al abogado que ampliara su declaración, “cuando me entrevisté con ella le dije en el sentido que iba la denuncia y ella me dijo que siempre que la sacaban a declarar lo hacía de madrugada y la hacían firmar sin que revisara nada”.

El Juzgado Primero Penal concedió el amparo de la justicia federal contra los actos de detención arbitraria, incomunicación y posibles lesiones a “La China”, resolución que fue entregada a la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), reveló el abogado José María Hernández quien aseguró que la joven mujer que supuestamente se suicidó estaba lista para ampliar su declaración.

 “No soy perito, no puedo decir si se suicidó o no sin embargo vi unas fotografías y un video que muestran moretones en el rostro, manos y las espinillas su celda está a menos de dos metros de la secretaria y otra inconsistencia es que el televisor no sufrió daños, aun cuando el cable que conectaba el servicio de cablevisión, lo jaló”, reveló el defensor de la víctima.

Dossier Político documentó que la familia de la señora María Jesús Llamas Coronado quien según la PEI se suicidó durante su arraigo luego de que se acusara de secuestrar al líder del PAN, Omar Núñez Caravantes, denunció una serie de presuntas irregularidades.

La denuncia hecha llegar a Dossier Político establece una serie de supuestas irregularidades cometidas por agentes de la Policía Estatal Investigadora Base Operativa Guaymas, así como en el actuar del agente del Ministerio Público que durante el arraigo negó el ingreso y entrevista al abogado defensor de la joven madre, Lic. José María Hernández.

LAS DUDAS

En el documento se expone que la familia de María de Jesús Llamas Coronado “La China” y su abogado defensor  Lic. José María Hernández, demandan una profunda investigación sobre el hecho, donde se destacan los siguientes elementos:

a).- Que se determine cuál fue la causa real de su muerte.

b).- La intervención de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, debido a los abusos de autoridad cometidos en su perjuicio por el agente del Ministerio Público del sector adscrito a Guaymas, Sonora (lugar donde se realizaron los hechos).

c).- La violación de sus Derechos Humanos dentro de la averiguación previa No. 306/2013, al detectar un indebido arraigo en su persona y el coacusador, así como también por negar el Ministerio Público al abogado defensor el acceso al expediente de la averiguación previa y a las actuaciones en ella contenías.

d).- Se denuncia que no obstante haber asignado María de Jesús Llamas Coronado un abogado defensor particular, se le tomó declaración con el Defensor de Oficio, siempre en horas de la madrugada, según se quejaba María de Jesús Llamas Coronado las tres veces que pudo el abogado defensor, con muchas dificultades  entrevistarse con ella, en las celdas de las instalaciones de la Policía Estatal Investigadora.

e).- Se denuncia las violaciones a las garantías de defensa sufrida por María de Jesús Llamas Coronado, por parte del Ministerio Público del sector y del personal de la Procuraduría  de Justicia del Estado, enviado desde Hermosillo a integrar la averiguación,  a la que no se le ha permitido al abogado defensor Lic. José María Hernández Aguirre, el tener acceso para su conocimiento y revisión a la que tiene derecho.

f).- El sábado 05 de octubre, nuevamente se le negó al abogado defensor el acceso al expediente de la averiguación previa, violando el derecho constitucional, violando el amparo concedido en el juicio 37/2013, otorgado el día viernes 04 de octubre (un día anterior al “suicidio” de María de Jesús Llamas).

g).- El abogado defensor Lic. José María Hernández, tuvo que recurrir a un juicio de amparo, ante la negativa del Agente del Ministerio Público de permitirle la lectura del expediente que contiene la averiguación previa y negarle el derecho de estar presente en las diligencias que se practicaron, sobre todo en las que intervino su cliente María de Jesús Llamas Coronado. Hoy fallecida.

h).- El abogado defensor declara que al acudir el día viernes 04 de octubre en compañía del actuario, a notificar el amparo para su ratificación, pudo constatar que María de Jesús Llamas Coronado NO MOSTRABA EN LO MÁS MÍNIMO SÍNTOMAS ALGUNO DE PRETENDER SUICIDARSE. AL CONTRARIO QUERÍA SOLUCIONAR SU PROBLEMA PARA ESTAR CON SUS PEQUEÑOS HIJOS.

i).- Destaca el abogado defensor que por voz de María de Jesús Llamas Coronado se enteró que el Ministerio Público la obligaba a involucrar al secretario del Presidente Municipal de Guaymas, como partícipe en los hechos, además de que a la hoy fallecida NO SE LE PERMITIÓ LEER LO QUE FIRMÓ, destacando además el hecho de que esas actuaciones se practicaron por la madrugada en diferentes días anteriores a su muerte.

En la víspera, Dossier Político publicó que el dirigente del Comité Municipal del PAN en Guaymas, que el 26 de septiembre fue privado ilegalmente de su libertad, señaló al alcalde de Guaymas, Otto Claussen Iberry, como culpable de las agresiones y de la privación ilegal en hacia su persona por las críticas hacia  su  administración.

En conferencia, Omar Núñez Caravantes dirigente municipal porteño, acompañado de Juan Valencia Durazo recordó que desde el 2012 recibía mensajes por varias personas que lo amenazaban, además de un tiempo a la fecha sufría de persecución policíaca.

El dirigente agraviado pidió al presidente municipal Otto Claussen Iberri que dé la cara, que asista a declarar su secretario particular, Eduardo Gaxiola, –actualmente desaparecido-; y esperó que la autoridad competente averigüe a fondo y consigne a los culpables. 

Núñez Caravantes quien se mostró extrañado de las agresiones hacia su persona porque asegura que no bebe, no fuma, tampoco usa drogas, e insistió que el Gobierno Municipal de Otto Claussen está metido en las agresiones, porque su –secretario- particular no actuó solo.

Sostuvo  que como dirigente municipal porteño ha reconocido las acciones que ha hecho bien el alcalde, como las que ha hecho mal y que nunca se ha metido en asuntos personales, como tampoco hubo dolo; sólo fueron declaraciones del desorden jurídico y administrativo de lo que pasa en Guaymas.

En el caso del panista Francisco López Lucero implicado en la privación ilegal de su persona nunca tuvo alguna diferencia, y sobre la relación que mantenía con María Jesús Llamas Coronado “La China” confesa en la participación de la detención ilegal y hoy occisa, reconoció que en una sola ocasión asistió al Comité Municipal a hacer gestiones y no quiso abundar más en el tema.

A río revuelto, ahora los Regidores del PAN Guaymas exigen al alcalde Otto Claussen Iberry aclare si autorizó u ordenó el secuestro del líder panista Omar Núñez Caravantes y si ordenó el “operativo” de la Policía Municipal para perpetrar el llamado “secuestro político” que desembocó en la trágica muerte de “La China”.

“De manera respetuosa pero convincente, te pedimos aclares cuál es tu participación y el de tu Gobierno en el secuestro, extorsión y otros delitos cometidos en contra de nuestro compañero y dirigente municipal, Omar Núñez Cavarantes”, exponen los panistas en un desplegado que circula en el puerto.

El documento señala que “como es ya sabido por todos en Guaymas, es tu secretario particular, Eduardo Gaxiola, quien utilizó recursos públicos (Policía Municipal) para perpetrar este delito con el objetivo de acallar las críticas y señalamientos que Omar Núñez Caravantes venía haciendo a tu desempeño como Presidente Municipal… para ello, se valió lamentablemente de un compañero panista y de otras personas que de igual manera tendrán que rendirle cuentas a la justicia”.

Por eso, Otto, de manera respetuosa te pedimos respondas:

1.- ¿Estabas enterado de las acciones cometidas en contra de Omar Núñez Caravantes?

2.- ¿Autorizaste u ordenaste a tu secretario particular, Eduardo Gaxiola, que usara a la Policía Municipal para perpetrar el secuestro?

3.- ¿Estás protegiendo a Eduardo Gaxiola para que no enfrente la justicia?

4.- ¿Temes que Eduardo Gaxiola diga quién ordenó todo este “operativo” en contra de Omar Núñez Caravantes?

Otto, por el bien de los guaymenses es necesario que aclares todos estos puntos:

Atentamente: Luis Felipe Valenzuela, coordinador de Regidores del PAN Guaymas. 

Apenas el 19 de septiembre pasado Omar Núñez “le cantó el tiro” al alcalde Otto Claussen Iberri, al exhibir presuntos desvíos de recursos públicos y el “basurero” en el que se ha convertido la ciudad por la falta de recolección de residuos sólidos por una severa deuda heredada con PASA.

En el desplegado que por la mañana el procurador Carlos Navarro Sugich calificó de “súper atípico”, Eduardo Gaxiola precisa que “sobre eso ninguna autoridad estatal explica nada, al contrario, lanzan cortinas de humo para desviar la atención y tapar las irregularidades, yo pregunto, ¿tengo alguna garantía de que mis derechos humanos y constitucionales serán respetados?

¿Todo lo que ocurre indica que será respetada mi integridad física y mi libertad?”, concluye en el desplegado de El Vigía el hoy llamado prófugo de la justicia y quien según la PGJE, es el autor intelectual del llamado “secuestro político” en Guaymas, Sonora.

(DOSSIER POLITICO/ Redacción /2013-12-22)

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