De 7 a 9
cierre, de 9 a 10 paso libre y así sucesivamente durante el miércoles…
A partir de
las 7 de la mañana se bloqueó la carretera por 2 horas hasta las 9 horas y de
esta a las 10 horas estará abierto al tráfico; después, hasta las 12 horas
cerrado y de las 12 a la una de la tarde abierto y así sucesivamente hasta las
4 de la tarde cuando los integrantes de la Tribu Yaqui que mantienen el bloqueo
y los del Movimiento Ciudadano por el Agua (MCA) determinen si continúan,
suspenden o arrecian la resistencia civil en el Sur…
Jesús Ortega
Vícam, Sonora (DP).-
Los bloqueos intermitentes continúan pese a la resolución emitida por la
Suprema Corte de Justicia (SCJN) misma que ha causado confusión por el manejo
mediático que le han dado las partes en conflicto a través de los medios de
comunicación afines a cada lado de la problemática en Sonora.
A partir de las 7 de
la mañana se bloqueó la carretera por 2 horas hasta las 9 horas y de esta a las
10 horas estará abierto al tráfico; después, hasta las 12 horas cerrado y de
las 12 a la una de la tarde abierto y así sucesivamente hasta las 4 de la tarde
cuando los integrantes de la Tribu Yaqui que mantienen el bloqueo y los del
Movimiento Ciudadano por el Agua (MCA) determinen si continúan, suspenden o
arrecian la resistencia civil en el Sur.
El martes, Tomás
Rojo afirmó que “vamos a ver qué nos dicen los abogados al respecto, estamos en
espera de que el Juzgado Décimo notifique a las partes… el jueves se va a
analizar si nos mantenemos igual o aumentamos la presión, no creo que nos
vayamos”, reveló el vocero de la Tribu Yaqui en Vícam.
Ante el desconcierto
que ha generado el fallo para los integrantes de la Tribu Yaqui que mantienen
los bloqueos, buscarán asesoría legal para determinar en asamblea las próximas
acciones de resistencia civil o si suspenderán el paro carretero en Vícam, reveló
Tomás Rojo.
La Suprema Corte de
Justicia de la Nación ordenó “mantener las cosas en el estado que se
encontraban al momento de decidir respecto de la suspensión el siete de mayo
del 2013, en cuanto a la no interrupción del suministro de agua que se conduce
por el Acueducto Independencia de donde se sigue que el Municipio de Cajeme
pretende fundar sus solicitud de revocación”.
De tal forma que la
SCJN declaró improcedente la controversia constitucional presentada por el
Ayuntamiento de Cajeme en su carácter de “tercer interesado”; sin embargo, no
representa la Sentencia Definitiva en tanto no se resuelvan los otros juicios
de amparo promovidos por los integrantes de la Tribu Yaqui y del “No al
Novillo”; la revocación de la suspensión promovida por el alcalde Rogelio Díaz
Brown, se aceptó con base al Artículo 17 constitucional que establece que
“hasta en tanto no se dicte sentencia definitiva, el ministro instructor podrá
modificar o revocar el auto de suspensión por él mismo dictado, siempre que
ocurra un hecho superviniente que lo fundamente”.
(DOSSIER
POLÍTICO/ Jesús Ortega / 2013-07-03)
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