Isaín Mandujano/ Proceso
TUXTLA GUTIÉRREZ,
Chis. (apro).- Una joven estudiante de 18 años fue encontrada muerta en esta
ciudad, con lo que suman ya 26 mujeres asesinadas en la entidad en lo que va
del año, de los que al menos 20 casos son considerados como feminicidios, de
acuerdo con organismos no gubernamentales.
Violeta Margarita
Cancino González, de poco más de 18 años, fue encontrada muerta en un camino de
terracería en el sur poniente de la capital del estado, cerca del Club
Campestre.
Según elementos
policiacos y peritos que dieron fe del hallazgo, la joven mujer fue encobijada
y al parecer el cuerpo preservado en hielo antes de ser arrojado en ese sitio.
Originaria de Nueva
Independencia, municipio de Ángel Albino Corzo, la joven estudiaba en la
capital del estado en un Centro de Bachillerato Tecnológico e Industrial
(Cbtis).
Sus amigos y
familiares la buscaban desde el pasado fin de semana, pero fue hasta el
mediodía del lunes que su cuerpo fue hallado.
Los asesinatos de
mujeres en la entidad han aumentado respecto del año pasado, de acuerdo con
Martha Figueroa, del Colectivo de Mujeres de San Cristóbal de las Casas, quien
ayer participó en una reunión nacional sobre los feminicidios en México.
La activista destacó
que de enero a la fecha se documentaron 26 muertes violentas de mujeres, y que
una veintena de estos casos pueden ser calificados como feminicidios.
Martha Figueroa
señaló que desde marzo pasado solicitaron audiencia con el procurador Raciel
López Salazar para tratar este tema, pero en tres ocasiones el funcionario ha
cancelado el encuentro.
La activista se
mostró preocupada por este último caso y es que consideró que hasta ahora el
Estado no ha puesto en marcha políticas públicas que ayuden a disminuir,
erradicar y castigar la violencia en contra de las mujeres y así evitar que
culminen en feminicidios.
De acuerdo con el
artículo 164 del Código Penal, comete el delito de feminicidio quien por
razones de género prive de la vida a una mujer. La sanción es de 25 a 60 años de
cárcel.
La ley considera
feminicidio cuando existe o haya existido entre el activo y la víctima una
relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, conyugal, concubinato,
noviazgo, o cualquier otra relación, exista o haya existido, entre el activo y
la víctima, una relación laboral, docente o cualquiera que implique
subordinación o superioridad.
También se considera
feminicidio si la victima presenta signos de violencia sexual de cualquier
tipo, que a la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones, previas o
posteriores a la privación de la vida.
Asimismo, existan
datos o antecedentes que establezcan que se han cometido amenazas, acoso,
violencia o lesiones de cualquier tipo del sujeto activo en contra de la
víctima.
Además, que la víctima
haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de
la vida. Un agravante más es si el cuerpo de la víctima fue arrojado a la vía
pública.
(PROCESO/ Isaín Mandujano/16 de abril de 2013)
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