Lagunas legales y la omisión de las autoridades
permite a los concesionarios de transporte público evadir el pago inmediato de
los daños causados a terceros aun cuando su responsabilidad quede acreditada.
La cobertura se difiere por años mediante juicios legales, demandas que ocupan
la tercera parte de los casos por accidente procesados en los juzgados penales
de Tijuana. Víctimas de accidentes de transportistas no pueden costear su
rehabilitación. Abogada sugiere cambiar el Código Penal en el capítulo de Daños
y Lesiones
La unidad de transporte no
detuvo la marcha. Arrastró a Rosa Minelva por varios metros y en el trayecto a
la joven se le fragmentó la cadera, se le destrozó el pie izquierdo y sufrió
múltiples fracturas en ambas piernas.
Ocupado como iba en el
teléfono celular, Nicodemo Cigarroa de La Rosa, el conductor, no reparó en la
señal de alto colocada en la esquina de la avenida de Las Rosas y calle del
Arbusto en la colonia Urbi Villa del Álamo. Tampoco aminoró la velocidad a
pesar que ahí está una escuela primaria, eran las 12:30 horas, hora de salida
de clases, y condujo sin precaución.
Nicodemo tardó en atender a
los gritos de transeúntes y pasajeros, quienes lo obligaron a frenar el camión
marcado con el número 202 de la empresa de Autotransportes Urbanos y Suburbanos
Libres de Tijuana, Baja California, S.A. de C.V., mejor conocida como Altisa.
De acuerdo a la víctima,
testigos y apuntes en el parte informativo, ella cruzaba la vialidad por la
zona de seguridad peatonal cuando el chofer intentó dar vuelta a la unidad sin
cederle el paso. Impactó a Minelva, cuyo pantalón se enganchó en un birlo de la
llanta delantera derecha del camión, por lo que fue arrastrad debajo del
vehículo cuatro metros adelante del golpe.
La joven de 31 años laboraba
en una maquiladora, cuenta con seguro social y ahí fue atendida tras el
accidente.
Por su estado físico, luego
del alta en el hospital, requirió de una cama de hospital que con ayuda del
Ayuntamiento de Tijuana, pagó durante tres meses; también ha ocupado silla de
ruedas, andadera, adecuar un baño en el primer piso de su casa, gastos que ha
tenido que desembolsar ella. Sus movimientos son limitados y ocupa de una
ambulancia para poder trasladarse a las consultas médicas, pero sin recursos,
renta un taxi.
En el IMSS le dijeron hace
una semana que ya no le pagarán la incapacidad que le cubría la mitad de su
sueldo como obrera, y deberá iniciar un procedimiento de indemnización que, si
bien le va, se resolverá en seis meses.
Minelva requiere de terapia
de rehabilitación cuyo costo los especialistas estiman en 7 mil 500 dólares.
Para reparar la cadera y pueda caminar sin ayuda requiere de una prótesis de
fémur que el Seguro Social no le cubre, de no hacérsele esa intervención
quirúrgica, podría llegar incluso a perder la pierna por la falta de
circulación y por el deterioro que le causa el no recibir terapia de
recuperación.
“Fue el 4 de junio de 2014
cuando ocurrió el accidente que cambió mi vida”, precisa la joven mujer, y a
casi 11 meses, ni chofer ni empresa se han hecho responsables de los gastos
médicos y de rehabilitación de la víctima. Ninguna autoridad los ha obligado a
ello, mientras su caso está a la espera de que sea consignado por las
autoridades de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE).
NO PAGAR DAÑOS, LA CONSIGNA
Durante 2014 en Tijuana se
registraron 12 mil 052 accidentes automovilísticos, en el 15 por ciento de
ellos, es decir en mil 822 hechos de tránsito, estuvieron involucrados
vehículos del servicio público de transporte.
En lo que va del 2015, se han
contabilizado 3 mil 539 accidentes, 14 por ciento de ellos, 498, con la
participación de unidades del servicio público –camiones de pasajeros,
personal, o taxis-.
“La reparación de un daño
causado por una unidad de transporte público tarda a veces hasta más que un
homicidio, porque los abogados chicanean los asuntos”, expuso un juez de los
juzgados penales de Tijuana, quien pidió omitir su nombre ante los recientes
cambios del Tribunal y la veda electoral.
De acuerdo a las
estadísticas, estos procesos se alargan de tres a cuatro años, aun cuando de
inicio quede establecida la responsabilidad del conductor y, por ende, de la empresa
propietaria de la unidad de transporte; demora que causa el desistimiento de
una cuarta parte de los quejosos.
En promedio los juzgados
reciben entre 60 y 70 casos por mes, de los cuales un 20 por ciento
corresponden a accidentes por lesiones, y una tercera parte han sido
propiciados por el servicio de transporte público.
Para el juez penalista, la
ley les impide ir más allá y obligar a una pronta reparación del daño a las
víctimas. “Se ponen muchos candados en el Código Penal en su artículo 37, por ejemplo,
establece que la reparación del daño se hará efectiva una vez iniciado el
proceso, lo cual no puede hacerse efectivo si antes no se localiza al procesado
para que esté presente en las audiencias”. De acuerdo a la Ley, tampoco se
puede obligar al chofer a comparecer.
Después del percance, con el
pago de una fianza si el accidente no fue con consecuencias fatales, el chofer
queda liberado, al igual que la unidad, por lo que localizarlo es misión casi
imposible, generalmente dan más de un domicilio.
Si bien es cierto tienen que
depositar una póliza para garantizar los daños, ésta es mínima y no cubre todo,
por lo que se inicia un proceso legal en el que se procesa al chofer y no a la
empresa concesionaria de la unidad, cuyos abogados intervienen solo para
demorar los juicios con contra-peritajes, apelaciones y hasta amparos cuando la
sentencia les es desfavorable.
Cuando no les queda otro
recurso legal, tratan de obstaculizar el juicio fiscal para hacer efectiva la
póliza, con el objetivo de que prescriba el término de 180 días que tienen para
cubrir su monto y así ganar más tiempo con otro proceso.
Al final, cuando ya tienen
que pagar, se apegan a la Ley y optan por dar el pago en parcialidades al
afectado.
URGEN REFORMAS
Para la abogada Rosa Inés
Oceguera, se debería regular el Código Penal en el capítulo de daños y
lesiones, para que tratándose de unidades de transporte público en las cuales
se acredite la responsabilidad desde el parte informativo, se haga efectiva la póliza
de cobertura amplia, en lugar de procesar al chofer.
Es la no aplicación real de
un seguro de cobertura amplia donde se da la principal omisión, tanto por las
concesionarias como por parte de la autoridad de transporte, aun cuando el
Reglamento de Transporte público para el Municipio de Tijuana en su artículo
98, obliga al contrato de una póliza de cobertura amplia de seguro contra
daños, tanto a pasajeros, como a terceros, precisa la litigante.
Esta situación evitaría la
carga de trabajo en los juzgados, con costo al erario, y repararía en menor
tiempo el daño a las víctimas.
También debería de obligarse
a la autoridad municipal, responsable de verificar la operatividad de ese
servicio, los estándares de cobertura de las compañías de seguro.
En forma adicional, las
reformas tendrían que incluir el generar antecedentes penales por delitos
dolosos, al menos en el caso de los choferes del transporte público, porque en
las cartas de no antecedentes penales, la Secretaría de Seguridad Pública del
Estado no toma en cuenta los delitos dolosos, por lo que no se genera ningún
antecedente negativo para ellos, quienes pueden seguir operando mientras no se
dé una sentencia.
OTRO CASO
La unidad de Guillermo Ayala
fue impactada por un camión de la Línea de Transportes Urbanos y Suburbanos de
Baja California, S.A., identificados como Verde y Crema, el 10 de septiembre de
2013, él y su esposa resultaron lesionados.
La sentencia del Juez Noveno
de lo penal le fue favorable en junio de 2014, pero la concesionaria se amparó
para no cubrir los daños de la unidad y las lesiones de las víctimas por
parecerle “excesivos”.
Además de la reparación de la
unidad, tanto la empresa como el chofer, en forma mancomunada, han sido
sentenciados a pagar alrededor de 4 mil dólares por gastos médicos y
rehabilitación de los afectados.
Asesorados por la empresa
Asesores Automovilísticos de Baja California S.C. que les otorga consulta
legal, se niegan a cubrir los daños. Esta sociedad civil le ofrece la cobertura
de las pólizas de seguro, mismas que expide un tercero, HDI Seguros,
triangulación que la autoridad de Tránsito y Transporte les permite.
Así, los mismos asesores
legales de Verde y Crema, son a la vez sus ajustadores de seguros y los
encargados de alargar los procesos para no otorgar la cobertura de un seguro
amplio.
“SÍ CUMPLIMOS”: TRANSPORTISTAS
“Somos de las empresas que
menos problemas tenemos, porque contamos con buena cobertura de seguro”, asentó
Gabriel Lemus, representante de la empresa de transporte Verde y Crema.
Cuando existen daños a
terceros y no se cubre, es porque lo que pide el afectado rebasa los límites,
entonces se va a las instancias correspondientes y se alargan los casos,
explicó.
“El caso de Guillermo Sánchez
no se ha pagado porque hace falta la resolución de un juez, si la hubiera y no
la acatáramos estaríamos en un problema grave”, anotó aparentemente ignorando
la resolución emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Baja California,
emitida el 3 de julio de 2014.
Al preguntarse si existe una
consigna para alargar los litigios respondió, “Si existe una consigna es algo
que desconozco, sí nos preocupa la situación por lo alargado del proceso, pero
los del seguro (Asesores de Baja California) informan que no hay manera de
llegar a un arreglo con ellos (los afectados), pues no quieren ceder a su
petición (de la aseguradora), en Verde y Crema es el único caso sin
conclusión”.
Anotó que la empresa
aseguradora que los atiende también da cobertura al 40 por ciento del sector
transporte de Tijuana, tanto masivo como de taxis.
POCAS QUEJAS POR NO PAGO DE SEGURO
“Los desconozco”, dijo José
Luis Hernández Silerio, director de Vialidad y Transporte del municipio de
Tijuana, sobre los casos pendientes de daños a terceros causados por el
servicio público.
No obstante, justificó el
hecho de que se van a un proceso legal y no se resuelve en lo inmediato con el
pago de un seguro, “porque se tiene que pedir un contra-peritaje, en caso del
que el acusado no acepte la culpa”.
Cuestionado sobre qué
autoridad tendría que supervisar el cumplimiento el pago de las pólizas de
seguros, indicó: “Nosotros tenemos el filtro por las quejas que recibimos, pero
ahorita no tenemos gran cantidad de quejas por este rubro y las que hemos
recibido las hemos resuelto, hay algunas que están en el juzgado, pero el
seguro dice que no tiene la culpa su cliente”.
En Tijuana, un promedio de 10
mil unidades de transporte público circulando a diario, de las cuales 7 mil 449
taxis en su diferentes modalidades –ruta, sitio y libres–, 3 mil 552 son de
transporte masivo; adicional, circulan mil 400 unidades de transporte de
personal.
De acuerdo a las
estadísticas, en la ciudad se suscita una media de 50 accidentes
automovilísticos diarios de todo tipo, principalmente de daños materiales
leves, por lo que los hechos en los que intervienen unidades públicas son
mínimas, consideró el funcionario.
De los requisitos para que un
servicio público opere son:
Obtener una concesión del
Ayuntamiento, dar de alta la unidad en la Dirección de Transporte Público
Municipal, que la unidad cuente con un seguro de cobertura amplia, licencia
vigente del chofer y revisión mecánica del transporte, lo cual se debe hacer
dos veces al año. Adicional a la póliza, el concesionario debe presentar el
recibo de pago.
— ¿Cuál es la razón de pedir
una póliza de seguro de cobertura amplia?, se le cuestionó.
“La razón para es porque lo
marca el reglamento, la finalidad es la seguridad de los usuarios,
privilegiamos al usuario”, expuso.
PROPONEN DEROGAR LEY DE TRANSPORTE POR OBSOLETA
“Sí hace falta una revisión
puntual del marco jurídico, para dar plena garantía a la reparación del daño”,
asentó René Mendívil Acosta, diputado integrante de la Comisión de Gobernación,
Legislación y Puntos Constitucionales del Congreso de Baja California.
Recordó que hace un año
presentó una iniciativa para abrogar la ley de transporte público.
Y sustituirla por la Ley
General del Transporte, quitando la connotación de transporte público, toda vez
que “toda unidad debe ser sujeta a un proceso de revisión de parte de la
autoridad”.
La propuesta va en el sentido
de que los gobiernos municipales garanticen que toda unidad de transporte,
cualquiera que sea su modalidad, se encuentre en condiciones de prestar un
servicio en forma segura, con condiciones mecánicas aceptables, con la
cobertura de seguros que se requieren para atender los daños a terceros, dijo.
Por ejemplo, expuso, en la
ley actual el transporte agrícola o las unidades que transportan gas, no son
sujetos a un servicio de reparación o revisión mecánica para garantizar las
condiciones más elementales de seguridad, indefiniciones que en caso de
accidentes no se puede garantizar la reparación de daño total a las víctimas.
Por ello urgió se dictamine
la iniciativa, la cual se encuentra en comisión, a la vez que instó a quienes
llevan casos particulares relacionados con el transporte a plantear propuestas
para enriquecerla y evitar injusticias, como el caso de Rosa Minelva o
Guillermo Ayala.
(SEMANARIO ZETA/ REPORTAJEZ/ Isabel
Mercado Juárez / 04 de Mayo del 2015 a
las 13:00:00)
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