- Deberán aclarar donde está
La
Paz, B.C.S.- Las denuncias presentadas por los Síndicos Municipales de
Loreto y Comondu, relativo al delito de peculado cometido por las
pasadas administraciones Municipales, corresponden a recursos federales
del Ramo 33 y 20 respectivamente, por lo que existe la probable comisión
de un delito del orden federal y no del orden común, toda vez que al no
haber destinado los recursos federales a los programas etiquetados en
específicos, pudo causarse un agravio a la Hacienda Publica Federal, así
lo resolvió la Agente del Fuero Común investigador Especializada en
Delitos cometidos por Servidores Públicos.
La Representante Social advirtió en el curso de las investigaciones, que las denuncias presentadas por el delito de Peculado, correspondían a recurso del orden federal de los programas denominados “RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS”, “HABITAT”, FISM (Fondo para la Infraestructura Social Municipal), FAIS (Fondo de aportaciones para la Infraestructura Social) entre otros y no son etiquetados como subsidios.
La Representante Social advirtió en el curso de las investigaciones, que las denuncias presentadas por el delito de Peculado, correspondían a recurso del orden federal de los programas denominados “RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS”, “HABITAT”, FISM (Fondo para la Infraestructura Social Municipal), FAIS (Fondo de aportaciones para la Infraestructura Social) entre otros y no son etiquetados como subsidios.
Al analizar cada una de las averiguaciones previas de manera
individual, se estableció que cada uno de los programas de beneficio
social corresponde a recursos del Ramo 33 y Ramo 20 respectivamente de
Carácter Federal los cuales se rigen bajo sus propias reglas de
operación.
Ante tal hecho y atendiendo lo dispuesto en el diario oficial de la
Federación de fecha 29 de diciembre del 2009 en el punto referente al
seguimiento, control y auditoria específicamente en el subpuntos 7.2
mismo que a la letra dice:
“ Considerando que los recursos federales de
este programa no constituye subsidios dirigidos a las entidades
federativas o a sus municipios y que no pierden su carácter federal al
ser aplicados por los mismos, su ejercicio esta sujeto a la legislación
federal, así mismo en su punto 4.4.2 menciona que los Recursos NO
DEVENGADOS por los ejecutores deberán de reintegrar a la Tesorería de la
Federación (TESOFE), o los recursos que no hubiesen destinado a los
fines autorizados.
Por lo anterior la Representación Social determino que la omisión
realizada por las pasadas administraciones municipales de Loreto y
Comondu en no reintegrar los recursos a la Tesorería de la Federación,
puede causar agravio a la Hacienda Publica Federal, de acuerdo al
artículo 85 de la ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria.
Por esa razón la Agente del Ministerio Publico del Fuero Común
Investigadora Especializada en delitos cometidos por Servidores Públicos
advirtió la probable comisión de un delito del ORDEN FEDERAL, y declaro
la INCOMPETENCIA POR RAZON DEL FUERO de las averiguaciones previas a
favor del Agente del Ministerio Publico de la Federación a efecto de que
continúe con las investigaciones hasta sus ultimas consecuencias.
Toda vez que el Articulo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de
la Federación establece que: Los jueces federales penales conocerán: I)
De los delitos del orden federal y e) Aquellos en que la Federación sea
sujeto pasivo (o parte afectada)
Actualmente la Agente del Ministerio Público Especializado en delitos
cometidos por servidores públicos resolvió 7 averiguaciones previas en
vía de incompetencia a favor del Agente del Ministerio Publico de la
Federación por considerar que existen elementos para determinar la
probable comisión de un delito del orden Federal, en las constancias
que integran las denuncias presentadas por los Síndicos Municipales de
Loreto y Comondu.
Actualmente quedan en investigación 9 averiguaciones previas, mismas
que en los próximos días serán resueltas en términos de ley, pudiendo
también ser remitidas a la PGR, al advertirse la probable comisión de
delito del orden federal.
Colectivo Pericú cita parte oficial de PROCURADURÍA DE JUSTICIA.
(Colectivo Pericú/ mayo 9, 2013)
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