El Pleno de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) determinó invalidar artículos de la Ley de los
estados de Sonora y Quintana Roo en el tema de trata de personas, por
considerar que es competencia únicamente de la federación y del Congreso de la
Unión.
Los ministros del alto
tribunal resolvieron que es procedente y fundada la presentación de inconstitucionalidad
6/2015 y su acumulada 7/2015, así como en la 48/2015.
Determinó la invalidez de los
artículos 3, 6, 7, 8, 11, 47, 48, 49, 50, 51 y 52 de la Ley en Materia de Trata
de Personas del Estado de Quintana Roo, que están contenidos en el decreto 252
publicado en 2014.
De esta forma, el pleno de la
SCJN resolvió acciones de inconstitucionalidad 6/2015 y su acumulada 7/2015,
promovidas por la Procuraduría General de la República y el presidente de la
Comisión Nacional de los Derechos Humanos, respectivamente.
Este demandaba la invalidez
de los artículos señalados de la Ley en Materia de Trata de Personas del Estado
de Quintana Roo, publicada en el Periódico Oficial de esa entidad el 23 de
diciembre de 2014, mediante decreto 252 por considerar que no son de su
competencia.
Ese fallo surtirá efectos una
vez que sea notificado el Congreso local.
Los ministros del alto
tribunal resolvieron además la acción de inconstitucionalidad 48/2015,
promovida por la Procuraduría General de la República (PGR), que demandó la
invalidez de los artículos 100, Párrafo Segundo del Código Penal para el estado
de Sonora.
Queda además invalidado el
artículo 109 de dicho código, en las porciones normativas de secuestro, trata
de personas y delincuencia organizada, publicados en el boletín oficial de
2015.
La invalidez por extensión es
porque en materia de delincuencia organizada no hay competencia alguna de las
entidades federativas.
En ambas resoluciones la
Suprema Corte pidió publicar las resoluciones en el Diario Oficial de la
Federación y en el periódico oficial ambas entidades federativas, así como en
el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
(DOSSIER POLÍTICO/ NOTIMEX/ 2016-05-20)
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