El Juez Tercero de Distrito en materia
administrativa, otorgó una suspensión provisional a Joaquín Archivaldo Guzmán
Loera, alias “El Chapo”, misma que impide su eventual extradición a Estados
Unidos, luego de que Adrián Rivera López, Juez Tercero de Distrito en procesos
penales federales con sede en la Ciudad de México, opinó que sí procede su
entrega a una Corte de distrito de California, porque las autoridades
estadounidenses cumplieron con todos los requisitos para reclamarlo.
El Consejo de la Judicatura
Federal (CJF) confirmó este lunes que el juez federal opinó que procede
extraditar a Estados Unidos a “El Chapo” Guzmán por acusaciones que enfrenta en
una Corte de ese país.
Rivera López emitió la
opinión jurídica en favor de entregar al capo únicamente por el cargo de
asociación delictuosa para importar y poseer con la intención de distribuir
cocaína.
El expediente corresponde a
una orden de captura librada desde 1996 contra Guzmán Loera por la Corte
Federal del Distrito Sur de California en San Diego, por decenas de cargos de
narcotráfico, misma que fue tramitada ante México en extradición hasta febrero
de 2001.
Sin embargo, el Juez Tercero
de Distrito en materia administrativa, otorgó al líder del Cártel de Sinaloa,
la medida cautelar, luego de que fuera trasladado entre la noche del pasado
viernes y la madrugada del sábado, al Centro Federal de Readaptación Social
(CEFERESO) número 9 de Ciudad Juárez, Chihuahua, debido a las obras de
electrificación que se realizan en el penal de máxima seguridad de El
Altiplano, en el Estado de México.
La suspensión provisional
otorgada al líder del Cártel de Sinaloa es parte del procedimiento y se concede
a todos aquellos que solicitan el amparo de la justicia por lo cual dicha
suspensión de la eventual extradición a Estados Unidos no es definitiva.
La Secretaría de Relaciones
Exteriores (SRE) afirmó que analizarán la solicitud formulada en el término de
20 días hábiles.
A través de un comunicado, la
dependencia Federal aclaró que, siendo la instancia encargada de conceder o
rehusar la extradición, no analizará la culpabilidad o inocencia de delitos
imputados en otro país al capo mexicano.
La SER señaló que “únicamente
se verificará que se cumplan los requisitos del Tratado Bilateral aplicable
para la procedencia o no de la petición de conformidad con nuestro marco
jurídico constitucional, con respeto a los derechos humanos y en seguimiento a
los principios de política exterior”.
De acuerdo con el
Subprocurador de Asuntos Jurídicos e Internacionales de la Procuraduría General
de la República (PGR), José Alberto Rodríguez Calderón, a pesar de la opinión
jurídica del juez tercero, es la Cancillería la dependencia encargada de
definir qué delincuente es extraditado.
“El trámite ante el juzgado
federal termina con una opinión jurídica que emite directamente la Cancillería,
donde determina si es procedente o no la extradición. Importante resaltarlo, la
extradición quien la autoriza o no, es la Secretaría de Relaciones Exteriores,
no lo hace ni el juez federal, ni tampoco la Procuraduría General de la
República”, afirmó el funcionario, para después asegurar que todo el trámite
lleva aproximadamente un año.
(SEMANARIO ZETA/ REDACCION/ LUNES, 9
MAYO, 2016 06:45 PM)
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