Dicha operación consiste en un esquema de evasión fiscal de
compra-venta de facturas simuladas y que es utilizada por más de 300
empresas y 12 mil contribuyentes.
México.- Más de 300 empresas en México facturan millonarias operaciones
inexistentes, mediante un sofisticado esquema de evasión fiscal,
conocido como “Operación carrusel”, reveló el Servicio de Administración
Tributaria (SAT).
El administrador general de Auditoría Fiscal
Federal del SAT, José Genaro Ernesto Luna Vargas, informó que al 31 de
diciembre de 2013 se tenían identificadas a 316 empresas “facturadoras”
de operaciones simuladas y a unos 12 mil contribuyentes que utilizan
este tipo de esquema.
“Hemos descubierto que el monto de todas
esas operaciones es de 105 mil millones de pesos”, añadió al precisar
que esta cantidad es acumulada durante cinco años, de 2008 a 2012.
Explicó
que estos 12 mil contribuyentes utilizan este esquemas para disminuir
la base gravable del Impuesto sobre la Renta (ISR) y para acreditar el
Impuesto al Valor Agregado (IVA) de esas facturas lo que, en su caso,
puede ser motivo de una devolución, añadió.
Informó que el impacto
fiscal de este esquema de evasión, utilizado por empresas formales en
muchos casos creadas con prestanombres, es de 30 mil millones de pesos
por concepto de ISR y alrededor de 16 mil millones de pesos por IVA,
también de 2008 a 2012.
Estas cifras, agregó, ponen en contexto la
magnitud de este problema de la compra-venta de facturas y la
proliferación de las operaciones simuladas en perjuicio de erario, que
ha venido desarrollándose a lo largo del tiempo y haciéndose cada vez
más sofisticado.
Para combatir este tipo de esquemas agresivos de
evasión fiscal, expuso, la autoridad lleva a cabo una fiscalización
integral de las operaciones, lo que incluye la publicación de un listado
de contribuyentes que emitieron comprobantes fiscales que simulan
operaciones inexistentes.
Recordó que como parte de la reforma
hacendaria, a partir de este año se dotó al SAT de la facultad de
publicar las llamadas “listas negras” de emisores de comprobantes
fiscales cuando se presume que las facturas amparan operaciones
inexistentes.
El funcionario del SAT explicó que el esquema
llamado “Operación carrusel”, consiste en que más de dos empresas
constituidas formalmente se ponen de acuerdo para diseñar este esquema
de evasión, a través de la simulación de operaciones inexistentes.
Por
un lado, una empresa emisora de comprobantes fiscales, factura una
supuesta enajenación de mercancías, bienes o servicios y, por otro, la
empresa beneficiaria del esquema, supuestamente compra el servicio o
recibe los bienes.
Si bien la factura cumple con todos los
requisitos legales, detrás de ella hay una operación inexistente o
simulada, pues la empresa que facturó no cuenta con activos, personal,
infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o
producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales
comprobantes.
Por ejemplo, una empresa compra seis millones de
tabiques, pero cuando la autoridad va al domicilio fiscal de la empresa
que facturó, lo que encuentra es una casa habitación en ruinas, sin
bodegas o transporte para movilizar la supuesta mercancía que vendió.
El
SAT ha encontrado hasta 56 niveles detrás de una “facturadora” pues
para dispersar la operación, se pone de acuerdo con otra empresa para
simular una operación y ésta, a su vez, transmite el pago de la
contraprestación a otra empresa, ésta hace lo mismo con otra y, así,
hasta formar una enorme “telaraña” de complicidades.
“Le llamamos
“Operación carrusel” porque va de una empresa otra, hasta que al final
la última empresa regresa el recurso a la primera empresa o alguno de
sus socios”, añadió Luna Vargas.
Precisó que detrás de toda esta
red siempre hay una comisión que se paga entre estas empresas que se
ponen de acuerdo para llevar a cabo este esquema de defraudación, la
cual oscila entre 6.0 y 10 por ciento.
Además, en el diseño de
este tipo de esquema están involucrados despachos de contadores o
asesores fiscales, algunos de los cuales ya han sido “exhibidos” en las
listas que publica el SAT en su página electrónica y en el Diario
Oficial de la Federación (DOF).
El incentivo de las empresas que
utilizan este tipo de evasión para lograr beneficios fiscales indebidos
es disminuir la base gravable del ISR o tener un IVA acreditable que
puede ser, en su caso, motivo de una devolución de impuestos.
El
SAT también ha detectado que este esquema es utilizado por empresas que
internan mercancía al país de manera ilegal, y con estas operaciones de
compra-venta de facturas, supuestamente formalizan o comprueban la
estancia legal de la mercancía.
Para perseguir el perjuicio fiscal
y combatir este esquema, el SAT lleva a cabo una fiscalización integral
de las empresas beneficiadas y las que se prestan para realizarlo, a
través de identificar las operaciones vía los comprobantes fiscales y
los flujos de dinero.
“Entramos por la empresa que deduce las
operaciones o que obtiene el beneficio, y con la cadena de empresas
mediante las cuales realizan todas estas operaciones”, abundó el
Administrador General de Auditoría Fiscal Federal del SAT.
Cuando
el SAT demuestra que en esta cadena hay una operación simulada, resta
los beneficios indebidos y liquida un crédito fiscal, pero si encuentra
un delito diferente al tema fiscal, por ejemplo, de lavado de dinero, lo
turna a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de
Hacienda, con la cual tiene un convenio de intercambio de información.
Señaló
que como parte de la revisión que hace el SAT de estas operaciones,
también fiscaliza a los socios que están detrás de estas empresas, pues
“en muchos de estos casos, hay que decirlo, son empresas creadas con
prestanombres”.
Comentó que como “prestanombres”, se utilizan a
personas dedicas a actividades diversas, como vigilantes o incluso a
amas de casa, quienes por desconocimiento o por algún salario, se ven
involucradas en este esquema de simulación.
No obstante, subrayó,
el desconocimiento de la norma no los exime de colocarse en el supuesto
de defraudación fiscal, delito para el cual el Código Fiscal de la
Federación (CFF) establece sanciones de prisión, que van de tres meses a
seis años.
Refirió entre los elementos que pueden indicar que una
empresa presuntamente está involucrada en una operación simulada es que
su domicilio fiscal es no localizado o que se ubican en pequeños
cuartitos de 2 x 2 metros, en los cuales operan una gran cantidad de
empresas.
“Hemos encontrado hasta 350 empresas en un domicilio muy
pequeño, pero que realmente son oficiales virtuales; son empresas que
manejan grandes cantidades de operaciones en domicilios existentes, pero
en zonas marginadas de las ciudades”, agregó.
Además, la
utilización de comprobantes fiscales digitales, obligatorio para todos
los contribuyentes a partir de este año, facilita la identificación
oportuna de estas operaciones, pues permiten analizar la información al
segundo o tercer día y detectar cuando los montos involucrados se salen
de promedio.
Destacó que hay una “fuerza fiscalizadora nacional”
conjunta entre el SAT y las entidades federativas para buscar estos
esquemas agresivos, y esta información va nutriendo de información al
nuevo instrumento creado por el Congreso de la Unión, como parte de la
reforma hacendaria que entró en vigor este año.
Recordó que con la
reforma hacendaria se adicionó el artículo 69-B al Código Fiscal de la
Federación en el que se establece, como excepción a la reserva fiscal,
que el SAT publicará los datos de las empresas que se presume facturan
operaciones inexistentes.
Con base en estas nuevas atribuciones y
facultades, el SAT publica en su página en Internet y el DOF las
notificaciones a los contribuyentes que presuntamente simulan
operaciones y emiten facturas apócrifas, los cuales tienen un plazo de
15 días para aclarar su situación y, en máximo cinco días, el SAT valora
las pruebas y emite una resolución.
Puntualizó que posterior a
esa fecha todavía hay un plazo de 30 días para que el resuelva y
publique una relación definitiva de quienes no hayan desvirtuado las
observaciones, considerando que simularon operaciones y emitieron
facturas sin efecto fiscal.
Informó que la notificación de la
primera lista definitiva podría publicarse durante la segunda semana de
junio de este año, y en la cual ya se podrá encuadrar a los
contribuyentes en el supuesto del delito de defraudación fiscal y
presentar la querella correspondiente a través de la Procuraduría Fiscal
de la Federación (PFF).
Mencionó que como parte de estas
acciones, conforme el SAT va encontrando empresas “facturadoras” de
operaciones simuladas, les va cancelando los certificados
correspondientes para efectos de que éstas ya no puedan emitir
comprobantes fiscales.
Apuntó que la publicación de estas listas,
mediante la cual se notifica a los contribuyentes que presuntamente
simulan operaciones y emiten facturas falsas, ya empieza a dar
resultados favorables, pues muchas de ellos ya se están autocorrigiendo y
han presentado declaraciones complementarias.
Señaló que durante
los primeros cuatro meses del año, las empresas que han obtenido
beneficios fiscales por la facturación de operaciones inexistentes ya
presentaron declaraciones complementarias y disminuyeron sus deducciones
en seis mil 700 millones de pesos.
Además, derivado de las
auditorías fiscales que el SAT a estas empresas por la utilización de
este agresivo esquema de evasión, entre otras acciones, se han logrado
correcciones (pagos) por 17 mil 500 millones de pesos, afirmó Luna
Vargas.
No obstante, acotó, la publicación de estas listas también
motivó que 58 causantes interpusieran quejas ante la Procuraduría de la
Defensa del Contribuyente (Prodecon) en contra de lo dispuesto en el
Artículo 69-B del CFF, argumentando que violaba sus derechos
fundamentales de audiencia, debido proceso y a la protección de datos
personales.
Al respecto, el ombudsman del contribuyente validó la
publicación de la lista de contribuyentes que presuntamente simulan
operaciones y emiten facturas falsas, y desestimó las quejas presentadas
por las que alegaban ese tipo de violaciones.
Ello, mencionó en
su momento la Prodecon, porque el propio Artículo 69-B establece el
procedimiento para que los contribuyentes notificados aclaren su
situación ante la autoridad fiscal y aporten las pruebas que considere
necesarias para ello.
Luna Vargas comentó que también se
interpusieron 222 juicios de amparo en contra de esta nueva atribución
del SAT para publicar los datos de empresas que se presume realizan
operaciones simuladas, de los cuales hasta ahora 134 resultaron a favor
de la autoridad fiscalizadora.
(MILENIO/ Notimex/
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