A través de un Registro Inmediato de Empresas de la Secretaría de Economía federal, las compañías pueden evitar el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Nuevo León, esconder sus sociedades y su capital.
Lorenzo Vázquez, jefe de la Coordinación Jurídica del Instituto Catastral,
las empresas al inscribierse mediante el Registro Inmediato, no están
obligadas a presentar sus actas constitutivas ante Catastro
Al menos en Nuevo León, hay empresas secretas.
En plena proliferación de delincuencia organizada y de lavado de
dinero, el Estado y la Federación permiten que haya compañías que
oculten sus actas constitutivas.
Y es que ahora resulta que existen archivos, actas y libros, que no
están dentro del Instituto Catastral y Registral del Estado de Nuevo
León.
La excusa es que existen compañías que se registran bajo el Registro
Inmediato de Empresas (RIE), procedimiento a cargo de la Secretaría de
Economía federal.
El RIE se presentó como la modalidad para agilizar la inscripción de
nuevas sociedades mercantiles en el Registro Público de la Propiedad y
del Comercio local.
Además de los trámites que se realizan en las ventanillas del
Registro, los notarios pueden realizar trámites de inscripción por
internet ante las principales oficinas del país.
El plazo de respuesta para las solicitudes presentadas en línea es de un máximo dos días hábiles.
El trámite es así: con el Registro Inmediato el responsable de la
oficina del Registro Público las inscribe, firma electrónicamente y
envía la boleta de inscripción al fedatario por internet, todo esto de
forma inmediata y en línea, luego de la presentación de una solicitud.
Todo este trámite de Registro Inmediato en línea aparenta un gran avance, una desburocratización de la inscripción de empresas.
Sin embargo, en realidad hay un grave conflicto.
Porque en el Instituto Catastral y Registral de Nuevo León admiten
que al registrarse bajo este procedimiento, las empresas pueden evitar
hacer públicas sus actas constitutivas.
Un laaaargo periplo... y nada
Y para ejemplo un botón: Reporte Indigo solicitó desde el 28 de mayo el acta constitutiva de una empresa.
Pero el personal del Instituto Catastral respondió que sería
imposible, porque estaba caído el sistema FEDANET, como lo dio a conocer
una circular de la Secretaría de Economía fedderal y lo publicó Reporte
Indigo el 2 de Junio.
Y una semana después, ya restablecido el sistema, se volvió a negar
el documento alegando que el archivo se sube al sistema de manera
electrónica, pero dicho expediente estaba dañado.
Posteriormente se intentó conseguir el archivo en la Notaría Pública
5, donde fue expedido y también en el Archivo General de Notarías.
Pero otra vez hubo negativas.
Luego se interpuso una nueva solicitud de información ante el
Instituto Catastral y Registral de Nuevo León, con el seguimiento de la
Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado.
Ni con la intervención de la Comisión de Transparencia fue entregada el acta constitutiva de la empresa
Y es que, según lo explica Lorenzo Vázquez, quien es jefe del
departamento de Coordinación Jurídica del Instituto, las empresas al
registrarse mediante el Registro Inmediato, no están obligadas a
presentar ante el Instituto Catastral y Registral su acta constitutiva,
porque la Secretaría de Economía federal da fe al notario público.
Es decir, al inscribirse bajo el Registro Inmediato, no hay manera de
que el Registro Público de la Propiedad tenga archivadas las actas
constitutivas de las compañías.
El notario público se “brinca” al Registro Público de la Propiedad y
del Comercio, y no se le obliga a anexar los documentos de las empresas,
porque nunca pasa por ahí, pues todo es vía internet.
Así es como hay empresa secretas que ocultan sus actas constitutivas y sus sociedades en Nuevo León.
Para colmo, el Registro Inmediato tampoco se registra vía FEDANET, el cuál le corresponde al Instituto Catastral.
Esto implica que en Nuevo León, y quizás en todo México, hay empresas
secretas de las cuales no se puede obtener información porque los
notarios públicos tampoco dan acceso a las actas, solamente le dan
información a los socios de esas compañías.
El ciudadano no puede acceder a la información pública, que hasta el
propio Registro Público de la Propiedad y del Comercio ignora.
Es una clara violación a la ley, al derecho a la información y la transparencia en Nuevo León.
¿Qué dice la ley?
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Nuevo León
Artículo 39.- Los sujetos obligados deberán preservar los documentos
en archivos administrativos organizados y actualizados de conformidad
con las disposiciones de este capítulo y demás disposiciones aplicables.
Artículo 40.- En el manejo de los documentos, los sujetos obligados
deberán observar los principios de disponibilidad, eficiencia,
localización expedita, integridad y conservación.
Artículo 108.- Toda persona por sí, o por medio de representante
legal, podrá presentar una solicitud de acceso a la información. En
ningún caso la entrega de la información estará condicionada a que se
motive o justifique la causa de la solicitud, ni se requerirá que el
solicitante demuestre interés alguno. Cuando para el acceso, obtención,
trámite o examen de información pública, de datos personales, su
cancelación, oposición o rectificación, existan procedimientos
especiales establecidos en ordenamientos normativos diversos a la
presente Ley, el solicitante se regirá por dichos procedimientos.
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