Agencia /
Reforma
Ciudad de
México (8 agosto 2013).- El Comisionado
para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México, Jaime Martínez Veloz,
consideró como un precedente relevante la decisión de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN) de ordenar que se consulte a los comunidades que
pueden ser afectadas con una obra pública, como es el caso del pueblo Yaqui en
Sonora.
Esta resolución se
dio a propósito de la obra del Acueducto Independencia, que surte de agua a la
ciudad de Hermosillo, y que ha sido impugnada por la comunidad del pueblo yaqui
que se siente afectada.
"El día de ayer
de nueva cuenta la Suprema Corte de Justicia le acaba de dar la razón a la
tribu yaqui en cuanto a que no fue consultada en el proceso de la construcción
del acueducto que va a suministrar o le suministra agua a la ciudad de
Hermosillo", expuso el funcionario.
"Esto sienta un
referente muy importante porque hoy en todos los casos en donde los pueblos
indígenas se vean involucrados en proyectos de todo tipo, forzosamente tendrán
que ser consultados en su lengua y mediante un procedimiento que tendrá que ser
construido junto con ellos".
En entrevista con
REFORMA, el titular de la Comisión dependiente de la Secretaría de Gobernación
destacó la relevancia de que se hagan consultas a las comunidades afectadas o
potencialmente afectadas por una obra o un proyecto.
"Es decir, no
será la autoridad la que de forma unilateral, imponga las condiciones de una
consulta", añadió.
Los criterios, el
método, tendrán que construirse junto con cada uno de los pueblos", apuntó
el Comisionado.
Consideró que una
consulta de este tipo se convierte en un instrumento de apoyo para el
desarrollo de los pueblos indígenas en el País.
A partir de este
precedente, señaló, todas las dependencias federales, estatales y municipales,
así como las organizaciones empresariales que tengan pretensiones de impulsar
algún proyecto en zonas indígenas, tendrán que plegarse a una disposición de
esta naturaleza que implica consulta previa.
La decisión de ayer
de la Corte sobre el acueducto en la zona yaqui no implicó la suspensión
inmediata de la operación del mismo, pero dejó abierta la puerta para que la
Semarnat pueda ordenarla en cualquier momento.
"Aunque el
efecto del amparo no es que de inmediato se suspenda la operación del Acueducto
Independencia, la autoridad responsable (Semarnat) deberá hacerlo en cualquier
momento, aún cuando no esté concluido el procedimiento de consulta, en caso de
que advierta que dicha operación llegue a causar un daño irreparable a la comunidad
yaqui", explicaron los ministros a propósito de la resolución.
La decisión de la
Primera Sala de ese órgano jurisdiccional fue tomada por cuatro votos contra
uno; el Ministro José Ramón Cossío fue el único que consideró que la operación
del acueducto debía detenerse de inmediato, en tanto se realiza la consulta, y
tomara la Semarnat la decisión definitiva.
(DOSSIER
POLÍTICO/ Reforma /2013-08-08)
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