Aunque
la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que regula a las instituciones de
crédito, advirtió a las autoridades fiscales que el empresario Amado Yáñez,
igual que varios directivos de Oceanografía y otros de Banamex actuaron con
dolo en el fraude a este banco, la PGR optó por imputarle un delito menos
grave. Según informes recabados por Proceso, Yáñez recibe protección
gubernamental a fin de que venda la naviera en condiciones ventajosas a empresarios
ligados al Grupo Atlacomulco.
MÉXICO,
D.F. (Proceso).- Amado Yáñez Osuna, accionista principal de Oceanografía, y
otros directivos de la empresa “conocieron, consintieron, implementaron y /o
ejecutaron la conducta dolosa encaminada a proporcionar datos falsos sobre la
veracidad e idoneidad de las estimaciones de la obra y la relación de derechos
de crédito por cobrar” a Banamex.
Esa
declaración consta en la “opinión de delito” sobre el caso Oceanografía que
emitió la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), que preside Jaime
González Aguadé, ante la Procuraduría Fiscal de la Federación. El documento,
del que Proceso tiene copia, está fechado el 29 de abril pasado y no se le ha
dado a conocer ni siquiera a la comisión investigadora del caso Oceanografía en
el Senado de la República.
La
CNBV, el organismo regulador de las instituciones financieras, concluye ahí que
Banamex sufrió un “quebranto patrimonial” por 455 millones de pesos que “se
encuentra inmerso en el registro contable del daño patrimonial por 5 mil 234
millones de pesos, esto a sabiendas de que con dicha falsedad (de los
directivos de Oceanografía) se generaría, como efecto ocurrió, el quebranto
patrimonial en cita para adecuarse a la hipótesis típica prevista y sancionada
en el artículo 112, fracción I de la Ley de Instituciones de Crédito”.
En
efecto, ese punto de la ley prevé sanciones a las personas que proporcionen
datos falsos sobre el monto de activos o pasivos para obtener un crédito, si a
consecuencia de ello el banco sufre quebranto o perjuicio patrimonial.
Además,
según el artículo 194, fracción VII, del Código Federal de Procedimientos
Penales, ese delito es considerado grave cuando el monto del quebranto supere
“350 mil días de salario mínimo, en cuyo caso la pena será de ocho a 15 años de
prisión y una multa de 250 mil a 350 mil días de salario mínimo”.
A
pesar de esta contundente “opinión del delito” elaborada por José Alfredo
Solórzano Zavala, director general de Delitos y Sanciones de la CNBV, el 29 de
abril pasado el titular de la Procuraduría General de la República (PGR), Jesús
Murillo Karam, consignó a Amado Yáñez por un delito menos grave que el previsto
en la fracción I del artículo 112 de la Ley de Instituciones de Crédito,
alegando que “es difícil hablar de un fraude a Banamex” porque hubo
“consentimiento del banco”.
(Fragmento
del reportaje que se publica en la revista Proceso 1977, ya en circulación)
(PROCESO
/ JENARO VILLAMIL/ 20 DE SEPTIEMBRE DE 2014)
No hay comentarios:
Publicar un comentario