miércoles, 25 de diciembre de 2013

ESPECIAL: LA CHINA Y GISELA, VÍCTIMAS DEL PODER



Política y tortura, la constante…
 
La denuncia hecha llegar el domingo 6 de octubre a Dossier Político establece una serie de supuestas irregularidades cometidas por agentes de la Policía Estatal Investigadora, Base Operativa Guaymas, así como en el actuar del agente del Ministerio Público que durante el arraigo negó el ingreso y entrevista al abogado defensor de la joven madre, Lic. José María Hernández Aguirre...

Guaymas, Sonora (DP).- Después de la “cacería de brujas” que se gestó al inicio de la administración estatal y que se recrudeció al final del 2012, dos casos cimbraron la conciencia colectiva en Sonora y trascendió a las esferas del Gobierno de la República y a espacios informativos internacionales:

La muerte de “La China” y la tortura a Gisela Peraza, la empleada doméstica del gobernador de Sonora, Guillermo Padrés Elías, casos donde la constante son la política y la tortura que lleva a ambas mujeres a convertirse en dos víctimas del poder en Sonora.

CASO GISELA PERAZA

El caso de Gisela Peraza Villa se convirtió en un asunto político y por eso fue trasladada a Huatabampo, dijeron el 6 de junio del 2011 a Dossier Político Eloísa Villa Luna, y Delma Peraza Villa, madre y hermana de Gisela, respectivamente.

“Un comandante del Cereso de Hermosillo, me dijo que se hizo un caso político y por eso la habían trasladado para Huatabampo el domingo.

"Nos mandaron a la Dirección General de los Ceresos para que habláramos con un licenciado  Walterio, un hombre que nunca nos quiso recibir; luego fuimos a Huatabampo y ahí no nos dejaron que viéramos a Gisela, para nosotros ella está secuestrada porque lo que están haciendo no está bien”, manifestó Delma

Manifestó que su hermana tiene derecho a hacer una llamada telefónica, de tener un abogado, de que se le visite y todos estos derechos los están violando, recalcó.

Por su parte, la señora Eloísa mostró a Dossier Político las fotos que, dice, son las pruebas que tienen de que Gisela sí fue golpeada.

"Fueron tomadas cuando mi hija se encontraba arraigada, las tomaron con un celular que logramos meter al lugar en que la tenían y fueron tomadas en el interior del baño", dijo la angustiada madre.

“A mi hija la envolvieron en con una cobija para que no se le notaran los golpes por eso es que únicamente se le ven en los pies y un poco de la pierna, pero además el Primer Visitador Aldo Saracco le tomo unas fotos y el vio a mi hija golpeada”, expuso.

“EN NINGÚN MOMENTO LA VI GOLPEADA NI TENGO FOTOS DE ELLA”: SARACCO

Ante los señalamientos directos por parte de los familiares de Gisela Peraza Villa, Dossier Político buscó al Primer Visitador de la CEDH, Aldo Saracco Morales para cuestionarlo al respecto.

“Cuando ella vino a interponer la queja el 18 de marzo, nos manifestó que los hechos sucedieron el 13 de marzo y en ese momento  yo no le vi ninguna lesión, no tenía muestras del ahorcamiento que ella dice que ocurrió, no me mostró ninguna lesión y yo no tengo fotografías de ella, el médico de aquí (de la CEDH) Carlos Félix Durazo  y  Diana Gastélum, la vieron el 18 de abril y le aplicaron el protocolo de Estambul, que es con el que se establece si la víctima sufrió algún tipo de tortura y en ese momento ella no mostró evidencias de haber sido torturada”, externó el funcionario.

Saracco Morales, hizo hincapié en las fechas ya que, señaló, es la primera situación que no concuerda con lo que señala Gisela.

"Ella  se presentó el 18 de marzo a interponer la queja de unos hechos que ocurrieron el 13 de marzo, o sea cinco días después, pero dos semanas antes de que se le decretara el arraigo que fue el 5 de abril", dijo.

Después de que Gisela presentó la queja en la CEDH  el gobernador Guillermo Padres y su esposa Iveth Dagnino de Padrés interpusieron la denuncia correspondiente, la Procuraduría General de Justicia en el Estado realiza las investigaciones y días después la detuvieron para arraigarla.

En este sentido el funcionario de la Comisión quiso dejar en claro que en caso de que se llegue a acreditar que efectivamente hubo algún tipo de tortura sería por parte de elementos de la Policía Estatal Investigadora.

“En forma mediática han tratado de desvirtuar la participación del gobernador Guillermo Padrés y su esposa y ellos en ningún momento participan, no son autoridades que estén involucradas en el caso, ellos lo único que hicieron fue denunciar el hecho ante las autoridades y en este caso la responsable sería la Procuraduría General de Justicia del Estado o sus elementos de la Policía Estatal Investigadora”, recalcó

Sin embargo apuntó que no se trata de especular, en cuanto a si hubo tortura o no por parte de los agentes, debe haber una evidencia y el artículo 43 es muy claro y lo restringe a probar lo que se dice

“Muchas veces este tipo de cuestiones se dan en lo oscurito, es decir la tortura se pueden practicar y no dejar lesiones es por eso que nosotros nos apoyamos en el Protocolo de Estambul, de esto se desprende que no estamos favoreciendo al gobierno o a la procuraduría, sino que es un organismo completamente ajeno  el que realiza los estudios de este protocolo, en este caso la Comisión Nacional de Derechos Humanos, ya que son ellos los que tienen la estructura para hacerlo y en el caso de Gisela, reitero, no se acreditó que tuviera las condiciones de una persona que fue torturada” apuntó.

Explicó que el Protocolo de Estambul consta de tres etapas, una es la investigación jurídica, otra la cuestión médica y la tercera son los estudios psiquiátricos.

"Se trata de un programa hecho por la Organización de las Naciones Unidad y adoptado por México", explicó.

“Con esto quiero decir que no se trata de lo que diga Aldo Saracco, ni la Comisión Estatal de Derechos Humanos, que finalmente es sólo una tercera parte de todo lo que representa el Protocolo, uno como autoridad tiene que respetar la legislación y a suplencia de la ley local están los tratados internacionales. Repito, no es Aldo Saracco el que lo está diciendo. Yo no lo decido. Es el protocolo en su conjunto, el que no acreditó que Gisela fue torturada”, externó.

Al preguntarle al Primer Visitador de la Comisión Estatal de Derechos Humanos acerca de las fotografías que presentó la madre de la afectada indicó que en ellas se ve que trae los pies golpeados pero todavía se tiene que acreditar que éstas lesiones fueron hechas como consecuencia de una tortura.

Al hablar del estado actual del caso, indicó que se abrirá el abanico de la investigación para ver la situación que se está dando en el Cereso de Huatabampo y se va a comisionar a la Visitadora Adjunta para que investigue la incomunicación que existe y el por qué fue trasladada a ese lugar.

“La CEDH no se ha cerrado a la familia ni se encuentran en estado de indefensión”, finalizó.

Pero el 11 de noviembre, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), emitió la Recomendación 54/2013, dirigida al Gobierno del Estado de Sonora por el caso de Gisela Peraza, la trabajadora doméstica que fue acusada de robo en la Casa de Gobierno y que fue torturada por agentes de la PEI y cabe resaltar por el mismo hecho un agente de la Policía Estatal Investigadora también fue detenido y torturado.

Mediante un comunicado emitido por la CNDH se informó que “la mujer que laboraba como ama de llaves en la Casa de Gobierno de Sonora sufrió tortura, detención y retención arbitraria, por parte de elementos de ese gobierno y de la Policía Estatal Investigadora.

El organismo asegura que Gisela Peraza “fue acusada de haber robado una maleta con dinero, razón por la cual elementos de la Policía Estatal Investigadora la esposaron y trasladaron a sus instalaciones, donde fue interrogada, golpeada, insultada y se le colocó una bolsa de plástico en la cabeza para asfixiarla”.

Asimismo, que fue liberada el 18 de marzo del presente año y posteriormente el 5 de abril fuera detenida nuevamente; se indicó que durante la segunda detención, elementos de esa corporación policiaca.

“La llevaron a sus instalaciones donde la golpearon, le vendaron la cara, la enrollaron en una cobija, le amarraron las manos, la patearon y echaron agua en la cara para ahogarla, mientras la interrogaban sobre el dinero robado; cabe resaltar por el mismo hecho un agente de la Policía Estatal Investigadora también fue detenido y torturado”, policía sobrino del secretario de Seguridad Pública del Estado de Sonora, Ernesto Munro Palacio.

La CNDH expone que una vez concluida está investigación, confirmó que con su conducta, los servidores públicos mencionados violaron el derecho a la legalidad, seguridad jurídica y derecho a la libertad personal de las víctimas.

“El Gobierno de Sonora debe proceder a la reparación del daño ocasionado a las víctimas y se les brinde la atención médica y psicológica necesaria, con el fin de que se restablezcan su salud física y emocional”, aduce la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Finalmente el organismo demandó al Gobierno del Estado capacitar a servidores públicos adscritos al Poder Ejecutivo del Estado y de la Policía Estatal Investigadora, para que toda actuación se practique con apego a la legalidad y respeto a los derechos humanos, y se abstengan de realizar detenciones arbitrarias, retenciones ilegales y actos consistentes en tortura física, mental o de cualquier otro tipo.

CASO “LA CHINA”

A unas horas de la muerte de “La China”, Dossier Político publicó que la familia de la señora María Jesús Llamas Coronado quien según la PEI se suicidó durante su arraigo luego de que se acusara de secuestrar al líder del PAN, Omar Núñez Caravantes, denunció una serie de presuntas irregularidades, por lo que exigieron una exhaustiva investigación a fin de esclarecer su muerte.

La denuncia hecha llegar el domingo 6 de octubre a Dossier Político establece una serie de supuestas irregularidades cometidas por agentes de la Policía Estatal Investigadora, Base Operativa Guaymas, así como en el actuar del agente del Ministerio Público que durante el arraigo negó el ingreso y entrevista al abogado defensor de la joven madre, Lic. José María Hernández Aguirre.

En el documento se expone que la familia de María de Jesús Llamas Coronado “La China” y su abogado defensor  Lic. José María Hernández, demandan una profunda investigación sobre el hecho, donde se destacan los siguientes elementos:

a).- Que se determine cuál fue la causa real de su muerte.

b).- La intervención de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, debido a los abusos de autoridad cometidos en su perjuicio por el agente del Ministerio Público del sector adscrito a Guaymas, Sonora (lugar donde se realizaron los hechos).

c).- La violación de sus Derechos Humanos dentro de la averiguación previa No. 306/2013, al detectar un indebido arraigo en su persona y el coacusador, así como también por negar el Ministerio Público al abogado defensor el acceso al expediente de la averiguación previa y a las actuaciones en ella contenías.

d).- Se denuncia que no obstante haber asignado María de Jesús Llamas Coronado un abogado defensor particular, se le tomó declaración con el Defensor de Oficio, siempre en horas de la madrugada, según se quejaba María de Jesús Llamas Coronado las tres veces que pudo el abogado defensor, con muchas dificultades  entrevistarse con ella, en las celdas de las instalaciones de la Policía Estatal Investigadora.

e).- Se denuncia las violaciones a las garantías de defensa sufrida por María de Jesús Llamas Coronado, por parte del Ministerio Público del sector y del personal de la Procuraduría  de Justicia del Estado, enviado desde Hermosillo a integrar la averiguación,  a la que no se le ha permitido al abogado defensor Lic. José María Hernández Aguirre, el tener acceso para su conocimiento y revisión a la que tiene derecho.

f).- El sábado 05 de octubre, nuevamente se le negó al abogado defensor el acceso al expediente de la averiguación previa, violando el derecho constitucional, violando el amparo concedido en el juicio 37/2013, otorgado el día viernes 04 de octubre (un día anterior al “suicidio” de María de Jesús Llamas).

g).- El abogado defensor Lic. José María Hernández, tuvo que recurrir a un juicio de amparo, ante la negativa del Agente del Ministerio Público de permitirle la lectura del expediente que contiene la averiguación previa y negarle el derecho de estar presente en las diligencias que se practicaron, sobre todo en las que intervino su cliente María de Jesús Llamas Coronado. Hoy fallecida.

h).- El abogado defensor declara que al acudir el día viernes 04 de octubre en compañía del actuario, a notificar el amparo para su ratificación, pudo constatar que María de Jesús Llamas Coronado NO MOSTRABA EN LO MÁS MÍNIMO SÍNTOMAS ALGUNO DE PRETENDER SUICIDARSE. AL CONTRARIO QUERÍA SOLUCIONAR SU PROBLEMA PARA ESTAR CON SUS PEQUEÑOS HIJOS.

i).- Destaca el abogado defensor que por voz de María de Jesús Llamas Coronado se enteró que el Ministerio Público la obligaba a involucrar al secretario del Presidente Municipal de Guaymas, como partícipe en los hechos, además de que a la hoy fallecida NO SE LE PERMITIÓ LEER LO QUE FIRMÓ, destacando además el hecho de que esas actuaciones se practicaron por la madrugada en diferentes días anteriores a su muerte.

En octubre, el líder del PAN Guaymas, Omar Núñez Caravantes, desmintió enfáticamente al procurador Carlos Navarro Sugich quien aseguró que la víctima de secuestro político había pasado horas en un motel del puesto con “La China” y reiteró que solamente le dio un raite a su casa.

Núñez Caravantes dijo en entrevista radial que él nunca estuvo en ese lugar, pues sólo atendió una gestión de obras de pavimentación y posteriormente llevó a María de Jesús Llamas Coronado a su casa, a la colonia Petrolera, pero jamás como lo afirma Carlos Navarro Sugich.

El pasado domingo 6 de octubre, en conferencia de prensa, el procurador de Sonora dijo que en los próximos días la Procuraduría General de Justicia del Estado consignará ante un Juez del Ramo Penal a seis personas señaladas como probables responsables de la privación ilegal de la libertad de Omar Núñez Cervantes, dirigente municipal del Partido Acción Nacional.

Señaló que las personas que se encuentran en calidad de arraigadas y que próximamente será consignadas son: Francisco Javier López Lucero, de 42 años de edad, ex dirigente municipal del PAN en Guaymas; Ernesto Guadalupe Trillas Lemus, de 33 años de edad, Agente de la Policía Municipal de Guaymas; Francisco Javier Oceguera Sánchez, de 25 años de edad; Sergio Francisco Milanes Grijalva, de 49 años de edad; y José Rafael Covarrubias Johnson, de 22 años.

En el caso se encuentra también involucrado y será consignado José Eduardo Gaxiola Márquez, quien es secretario particular del Presidente Municipal de Guaymas, y el cual no ha sido posible localizarlo. Además de María de Jesús Llamas Coronado, de 34 años de edad, quien el día de ayer lamentablemente se privó de la vida en el lugar donde se encontraba en calidad de arraigada.

Navarro Sugich manifestó que estas personas planearon y ejecutaron tomarle fotografías comprometedoras al ofendido Omar Núñez Caravantes, a efecto de obtener de él dinero y la promesa de ya no golpear políticamente al Ayuntamiento de Guaymas. Para ello los señores Francisco Javier López Lucero y Oceguera Sánchez solicitaron el apoyo a Eduardo Gaxiola Marquez, secretario particular del Alcalde de Guaymas.

El señor Gaxiola Márquez aceptó ayudarles y ordenó que se le facilitara a estas personas al agente de la Policía Municipal Ernesto Guadalupe Trillas Lemus; dicha orden fue ejecutada por conducto de la subdirectora de la Policía Municipal quien le giró la instrucción al agente Trillas Lemus de que asistiera a las personas indiciadas en esta averiguación.

El Procurador General de Justicia dijo que la contraprestación que iba a recibir el Ayuntamiento por esto, es que no se le golpeara políticamente por parte del dirigente municipal del PAN en Guaymas.

El día 26 de septiembre, narró Navarro Sugich, se reunió la señora María de Jesús Llamas Coronado y el señor Omar Núñez, quienes estuvieron deambulando por el Puerto, la idea era tomarle fotografías comprometedoras, pero no lograron su objetivo; por lo que después se dirigieron al motel Las Playitas, donde se internaron y una vez que estaban en el interior del hotel María de Jesús le habló al resto de los inculpados, quienes intentaron meterse al hotel para tomar fotos comprometedoras, pero los empleados de dicho lugar no se lo permitieron.

Los empleados del hotel identifican y señalan a los inculpados como las personas que acudieron a tomar las fotografías.

Después de salir del hotel, agregó Navarro Sugich, Omar Núñez llevó a Llamas Coronado a su casa y al ir llegando fue cuando lo privaron de la libertad, lo metieron a la casa de María de Jesús, donde los desnudaron y les tomaron fotografías. Quienes participaron directamente en este operativo fueron Oceguera Sánchez, Llamas Coronado, Sergio Francisco Milanes Grijalva y Covarrubias Johnson, los cuales además robaron sus pertenencias a la víctima.

Navarro señaló que muy pronto estarán ejerciendo acción penal en contra de Francisco Javier López Lucero, Ernesto Guadalupe Trillas Lemus, Francisco Oceguera Sánchez, Sergio Francisco Milanes Grijalva y José Rafael Covarrubias Johnson por el delito de extorsión, con el cual podrían alcanzar una penalidad de tres a diez años de prisión y de 20 a 300 días de multa.

Y en el caso de Trillas Lemus se vuelve extorsión agravada por ser elemento de la Policía Municipal, con la cual podría alcanzar una sanción de cuatro a seis meses a 15 años de prisión, de 20 a 300 días multa, destitución o inhabilitación en su caso de hasta diez años para desempeñar un cargo público.

Así mismo, se les consignará por los delitos de privación ilegal de la libertad agravada, con lo que podrían alcanzar una penalidad de cuatro a 12 años de prisión y de 25 a 300 días multa; de robo con violencia en las personas, ejecutado de noche, por dos más personas y utilizando arma de fuego, con lo que podrían alcanzar una sanción de tres a doce años de prisión; y de agravante de pandillerismo, con lo que se aumenta la penalidad de todos los delitos cometidos en una mitad más.

El procurador señaló que a José Eduardo Gaxiola Márquez, secretario particular del Alcalde, se le consignará por los delitos de abuso de autoridad y chantaje, por el primero de ellos podría alcanzar una sanción de uno a ocho años de prisión, de 20 a 250 días multa y destitución, en su caso, e inhabilitación de uno a cinco años para desempeñar un empleo , cargo o comisión públicos; y por el segundo de los delitos la sanción puede ser seis meses a diez años de prisión y de diez a 300 días multa.

“Aún no ha sido posible localizar a Gaxiola Márquez, contra quien ya se giró una orden de presentación, lo hemos citado y hemos además tratado, por la vía diplomática, a que acuda a la agencia del Ministerio Público sin éxito”, manifestó Navarro Sugich.
Finalmente, el Procurador del Estado lamentó la muerte de María de Jesús Llamas Coronado, quien el día de ayer se privó de la vida en el lugar en el que estaba cumpliendo la medida de arraigo mientras estaba siendo investigada sobre éstos hechos.

Después de la recomendación emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Brenda Figueroa Coronado, hermana de María Jesús Llamas “La China”, aseguró que no busca venganza y sí justicia “así como mi hermana estaba dispuesta a pagar por lo que hizo, así que paguen por lo que ellos (culpables) hicieron”.

Brenda aseveró que desde un principio dudaron de que “La China” haya determinado privarse de la vida pues ella tenía muchas ganas de vivir, ahora sólo falta que las autoridades castiguen con todo el peso de la ley a los responsables de su muerte pues la CNDH determinó que su muerte fue provocada y no auto-infligida.

La hermana de “La China” anunció que analizará el contenido de la recomendación emitida el pasado domingo junto a su abogado para determinar las acciones legales que siguen, pues el caso no debe quedar impune.

Dossier Político documentó que los familiares y el representante legal de la víctima señalan que “existieron violaciones de sus Derechos Humanos dentro de la averiguación previa No. 306/2013, al detectar un indebido arraigo en su persona y el coacusador, así como también por negar el Ministerio Público al abogado defensor el acceso al expediente de la averiguación previa y a las actuaciones en ella contenidas”.

El alcalde de Guaymas viajó a la Ciudad de México para solicitar la intervención de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) por una serie de inconsistencias e irregularidades en la muerte de “La China”, pues nadie cree el supuesto suicidio de la joven madre dentro de la celda en la Base Operativa de la PEI-Guaymas, a fin de esclarecer los trágicos hechos.

Lanzó severa acusación a la PGJE mediante un desplegado, “de ahí que nadie cree la versión del suicidio en una celda de arraigo… María de Jesús Llamas poco antes de morir promovió un amparo por la incomunicación de que era víctima, además de la tortura de que fue objeto y por la forma en que impedían su defensa legal”.

“Ahora le tocó a ciudadanos del Guaymas sufrir los abusos de la Autoridades del Estado con el caso del secuestro del dirigente del PAN, Omar Núñez Caravantes, para ser usado con fines políticos torciendo la Ley para fabricar culpables y luego promover linchamientos mediáticos”, acusó el alcalde de Guaymas.

Amplió que “en este caso, que desde un principio quedó claramente establecido quiénes participaron y el objetivo del delito, ahora se recurre a la perversa práctica de crear cortinas de humo para ocultar la verdad y aprovechar para golpear públicamente a personas que militan en partidos opuestos al partido en el Gobierno”.

Entre otras apreciaciones del munícipe expresa las prácticas que lleva a cabo la PGJE para obtener información de personas inculpadas –tortura- en algún delito que “todos saben cómo obtiene la Procuraduría de Justicia las declaraciones y cómo distorsiona las investigaciones y actuaciones ministeriales”.

Expuso que la familia de “La China” merece conocer la verdad en el conflicto entre panistas de la comunidad que derivó en la trágica muerte de la líder social, “todos quieren saber por qué la señora María Jesús Llamas atentó contra su vida y porqué la Procuraduría se apresura a dar carpetazo al presunto suicidio sin agotar con un mínimo rigor científico la investigación”.

Claussen Iberry critica “porqué le negaron defensa legal a la señora… pido y exijo la aclaración total de los hechos con la intervención de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, especialmente para que nos envíe un Visitador Especial para que esclarezca lo sucedido a la señora, ¡ya basta de fabricar culpables, ya basta de politizar la justicia!”.

Para el alcalde las bandas al interior del PAN son las responsables del caso Guaymas donde Manuel Villegas, director administrativo de la Secretaría de Gobierno, es el jefe de una de ellas y Omar Núñez Caravantes, además acusó a la PGJE de involucrar a terceros en un pleito entre panistas.

El presidente municipal sostuvo que “todos sabemos que es un lucha de poder al interior del PAN, entre el actual dirigente y un grupo de funcionarios estatales con aspiraciones a cargos populares, se ha dicho que el jefe de una de las bandas es Manuel Villegas, actual colaborador del Gobierno del Estado y la otra la encabezada por Omar Núñez, las cuales se han enfrascado en esta lucha de poder”.

Criticó que se quiera involucrar a su secretario particular, Eduardo Gaxiola Márquez, en este hecho, “es una cortina de humo, tratando de fabricar culpables”, quien no se ha presentado ante las autoridades para declarar debido a que nadie le garantiza seguridad, “¿cómo se puede acercar, cómo se puede presentar, si en la casa del procurador, en la Agencia del Ministerio Público y la PEI, murió una mujer de forma muy rara?”, cuestionó.

En la víspera, Dossier Político publicó que el dirigente del Comité Municipal del PAN en Guaymas, que el 26 de septiembre fue privado ilegalmente de su libertad, señaló al alcalde de Guaymas, Otto Claussen Iberry, como culpable de las agresiones y de la privación ilegal en hacia su persona por las críticas hacia su administración.

En conferencia, Omar Núñez Caravantes dirigente municipal porteño, acompañado de Juan Valencia Durazo recordó que desde el 2012 recibía mensajes por varias personas que lo amenazaban, además de un tiempo a la fecha sufría de persecución policíaca.

El dirigente agraviado pidió al presidente municipal Otto Claussen Iberri que dé la cara, que asista a declarar su secretario particular, Eduardo Gaxiola, –actualmente desaparecido-; y esperó que la autoridad competente averigüe a fondo y consigne a los culpables. 

Núñez Caravantes quien se mostró extrañado de las agresiones hacia su persona porque asegura que no bebe, no fuma, tampoco usa drogas, e insistió que el Gobierno Municipal de Otto Claussen está metido en las agresiones, porque su –secretario- particular no actuó solo.

Sostuvo  que como dirigente municipal porteño ha reconocido las acciones que ha hecho bien el alcalde, como las que ha hecho mal y que nunca se ha metido en asuntos personales, como tampoco hubo dolo; sólo fueron declaraciones del desorden jurídico y administrativo de lo que pasa en Guaymas.

En el caso del panista Francisco López Lucero implicado en la privación ilegal de su persona nunca tuvo alguna diferencia, y sobre la relación que mantenía con María Jesús Llamas Coronado “La China” confesa en la participación de la detención ilegal y hoy occisa, reconoció que en una sola ocasión asistió al Comité Municipal a hacer gestiones y no quiso abundar más en el tema.

El pasado domingo DP documentó que el presidente de la CNDH, Raúl Plascencia Villanueva, emitió la Recomendación 73/2013, dirigida al Gobierno de Sonora, por violaciones a los derechos humanos a la legalidad, a la seguridad jurídica, a la debida procuración de justicia, al derecho a la verdad, al honor y a la imagen, en agravio de una mujer arraigada en instalaciones de la Policía Estatal Investigadora en Guaymas, Sonora.

Mediante un comunicado, el organismo expone que de la investigación realizada por esta comisión nacional, se evidenció la práctica de diligencias de manera negligente, así como la indebida preservación de indicios y omisiones de cuidado en la investigación de los hechos por parte del agente del Ministerio Público, personal pericial de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Sonora, y elementos de la Policía Estatal Investigadora en Guaymas, Sonora.

De acuerdo con los antecedentes del caso, la referida víctima fue detenida el 28 de septiembre de 2013 en cumplimento a una orden de investigación girada por el encargado de la Agencia Investigadora del Ministerio Público del Sector I, en Guaymas, Sonora, por su supuesta participación en los presuntos delitos, cometidos en agravio de una persona y, trasladada a las instalaciones citadas.

El 5 de octubre de 2013, personal de la Policía Estatal Investigadora encontró en su celda a la agraviada, sin vida, circunstancia que hicieron del conocimiento del agente del Ministerio Público de esa localidad, quien inició la averiguación previa respectiva, por el delito de probable suicidio-homicidio y lo que resulte, la cual se encuentra en archivo, en virtud de que el 24 del mismo mes, se dictó acuerdo de no ejercicio de la acción penal, al considerar que se había acreditado que la víctima falleció a consecuencia de circunstancias propias de su voluntad y no atribuibles a terceras personas.

No obstante, de las diligencias de campo practicadas por personal pericial de esta comisión nacional y del análisis de las constancias ministeriales y periciales que obran en la averiguación previa relacionadas con el deceso de la víctima, particularmente la inspección ocular y fe ministerial del cuerpo de la agraviada y del lugar de hechos, así como del dictamen de criminalística de campo, se contó con evidencias que acreditan transgresiones a los derechos humanos a la legalidad, a la seguridad jurídica, a la debida procuración de justicia, al derecho a la verdad y al honor, en agravio de la persona fallecida.

Lo anterior, toda vez que, el 5 de noviembre de 2013, peritos de este organismo nacional realizaron inspección ocular en el lugar en que la agraviada permaneció arraigada, en las instalaciones de la base operativa de la Policía Estatal Investigadora en Guaymas, Sonora, de cuyas diligencias y análisis de las constancias ministeriales y periciales que obran en la averiguación previa, se advirtió que la autoridad ministerial y sus auxiliares omitieron acordonar, para su protección y preservación, la zona donde fue encontrada sin vida la víctima para la preservación y seguridad de los indicios, entre otros aspectos.

Irregularidades que, en opinión de peritos de este organismo nacional, genera que no se cuente con los elementos técnicos científicos que permitan establecer que la causa de muerte de la persona derivó de maniobras observadas en personas que se han privado se voluntariamente de la vida

Sobre este aspecto, peritos de esta Comisión determinaron que personal pericial de la PGJ del Estado, emitieron un juicio de valor que no les correspondía, al señalar que la causa de muerte de la víctima fue “asfixia por ahorcamiento”, conclusión que únicamente podía dictaminar el médico forense.

Por otra parte, el personal pericial médico de esta comisión nacional, una vez practicada la exhumación del cadáver de la víctima, llegó a la conclusión de que la causa que le ocasionó la muerte, fue asfixia mecánica, derivada de obstrucción de vías respiratorias superiores, en individuo que presentó infiltrado (lesión) a nivel del cartílago cricoides por traumatismo o compresión directa, lesión a nivel de cuello que indica que el deceso no fue producido de manera autoinfligida.

En la opinión técnica médica, perito de esta comisión nacional precisó que no encontró indicios objetivos que fundamenten y sustenten que la causa especifica de la muerte haya sido consecuencia de asfixia por ahorcamiento.

Lo anterior, lejos de contribuir al esclarecimiento de las circunstancias en que la persona perdió la vida, denota falta de diligencia, para que la investigación contara con los elementos necesarios y suficientes para establecer con exactitud cómo ocurrieron los hechos y, en consecuencia, una seria limitación al derecho a conocer la verdad que merece ser reparado a los familiares de la víctima.

Se considera necesario que la Procuraduría de Sonora aclare enfáticamente que no existen elementos suficientes que permitan establecer, en forma fehaciente, que la agraviada se suicidó, pues al haber difundido el titular de la Procuraduría ante la opinión pública esa circunstancia, se atentó contra la imagen y el honor de la víctima y, consecuentemente, sus familiares fueron revictimizados por parte de las autoridades.

En consecuencia, la comisión nacional recomienda al Gobierno del Estado de Sonora, se proceda a la reparación del daño ocasionado a los familiares de la víctima y se les brinde la atención médica y psicológica necesaria, durante el tiempo que sea necesario.

Se capacite al personal médico y pericial de la Procuraduría del Estado en el manejo, integración, perfeccionamiento legal, resguardo de evidencias y constancias, para el adecuado uso y preservación de los indicios, que permitan determinar las averiguaciones previas con prontitud e inmediatez y se colabore ampliamente en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos y queja que este organismo nacional formule, respectivamente, ante la Procuraduría del Estado y su Visitaduría General, en contra de los servidores públicos involucrados.

Por su parte, la Comisión Estatal de Derechos Humanos anunció que observará el cabal cumplimiento de la Recomendación emitida por la CNDH en el caso de muerte de la ciudadana María de Jesús Llamas Coronado, de parte de la Procuraduría General de Justicia del Estado y de las autoridades correspondientes del Gobierno del Estado.

Mediante un comunicado, Raúl Ramírez Ramírez describió que desde el pasado 5 de octubre este Organismo tomó de manera oficiosa el caso de la joven mujer del Municipio de Guaymas quien perdiera la vida dentro de una celda de la Policía Estatal Investigadora (PEI) a fin de esclarecer las causas del deceso.

El Ombudsman precisó que desde ese día y hasta el 16 de octubre, la CEDH Sonora integró el Expediente de Queja CEDH/III/33/01/1421/2013 donde además de visitar las instalaciones de la PEI se allegó de la Averiguación Previa y los resultados de la autopsia realizada por la PGJE mismos que fueron analizados por el personal de esta Comisión y por el perito externo y Médico Forense, Manuel Bernal Durán.

Durante 11 días y después de realizar un análisis a los resultados de la autopsia practicada por peritos de la Procuraduría, el médico forense emitió un dictamen parcial sobre las causas de la muerte de María de Jesús Llamas Coronado mismo que fue remitido a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos el mismo día que se le solicitó la intervención en este lamentable acontecimiento.

Indicó que la CEDH Sonora no emitió resolución alguna sobre las causas de la muerte de María Jesús Llamas Coronado y menos aún, una Recomendación y fue el 28 de octubre cuando la CNDH informó a este Organismo que atrajo la investigación que derivó en la Recomendación referida emitida el domingo 22 de diciembre.

Ramírez Ramírez señaló que este Organismo solicitó a un familiar que contaba con poder notarial para representar en los trámites a la familia de la víctima, la autorización para exhumar el cuerpo de Llamas Coronado; sin embargo, no le fue concedida por lo que el 16 de octubre se envió la queja a la CNDH que inició con sus propias investigaciones.

Recordó que personal de la Comisión Estatal de Derechos Humanos realizó las indagatorias sobre las causas de la muerte de la ciudadana a quien la comunidad de Guaymas, conocía como “La China”, para posteriormente determinar si durante el proceso legal se cometió algún tipo de abuso de autoridad.

Previo a dar a conocer el resultado de la autopsia por parte del Médico Legista adscrito a esta Comisión, los Visitadores Generales se entrevistaron en privado con los familiares de la víctima con el fin de establecer comunicación personal y directa sobre el resultado de la misma, manifestando satisfacción con el estudio realizado por esta Comisión.

Sobre la Recomendación emitida el domingo por la CNDH, Raúl Ramírez Ramírez enfatizó que coadyuvará con el organismo nacional a fin de que las autoridades estatales cumplan a cabalidad con ella y se abran otras líneas de investigación para llegar al esclarecimiento de las causas de la lamentable muerte de María de Jesús Llamas Coronado.

(DOSSIER POLITICO/ Jesús Ortega / 2013-12-24)

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