Buscan que se licite la elaboración de láminas; dice Liparoli que desconoce el amparo concedido por el Poder Judicial de la Federación
Gabriela Soto
CULIACÁN.- El
Juzgado Cuarto de Distrito del Poder Judicial de la Federación ordenó al
Gobierno estatal detener la compra y recepción de placas vehiculares a la
empresa Cangnan Riwong, derivado del juicio interpuesto por adjudicar, sin
licitación pública, un contrato millonario al proveedor mencionado.
Xóchitl Escobedo
Sandoval, socia del despacho Pérez de Acha e Ibarra de Ruedas, y parte
litigante de Waldale de México, confirmó la suspensión provisional de la
ejecución del contrato a favor de Cangnan Riwong Craft Logo Co. Limite, emitido
el miércoles.
"Con la
suspensión provisional que otorgó el Juez de Distrito, el contrato se queda
paralizado, es decir, no puede surtir sus efectos hasta, en tanto, no hay una
resolución definitiva del juicio", dijo vía telefónica, desde la Ciudad de
México.
"El Juez lo que
hace al otorgar la suspensión (del contrato) es mantener viva la materia del
juicio, es decir, que no se siga surtiendo efectos el contrato que celebró el
Estado de Sinaloa, y por otra parte, va a analizar el fondo del asunto".
Jesús Antonio
Marcial Liparoli, Subsecretario General de Gobierno, dijo desconocer dicho
amparo.
"Nosotros
continuamos entregando las placas vehiculares.
Porque, como te
acabo de comentar, no tenemos conocimiento de nada, en ese sentido, sería la
parte jurídica la que nos tendría que notificar", se deslindó.
La obtención de
dicho recurso legal es estrátegica: paralizar la recepción de placas
vehiculares, y ante la demanda
de láminas en la
Dirección de Vialidad y Transportes, convocar a una licitación pública para
cubrir el nuevo desabasto, reveló.
"¿Qué es lo que
tendría qué hacer el Gobierno? Tan sencillo como convocar a una licitación
pública. Para que, ahora sí, entren empresas que estén legitimadas para
celebrar este tipo de contratos. Y, entonces sí, que la empresa que gane el
concurso que se dedique a la elaboración de las placas", explicó Escobedo
Sandoval.
Waldale de México,
el proveedor de láminas vehiculares en los últimos 12 años en Sinaloa, demandó
a la Secretaría
General de Gobierno
y a la de Administración y Finanzas, por adjudicar directamente un contrato a
Cangnan Riwong por 331.5 millones de pesos para la fabricación de un millón 500
mil juegos de placas, el 14 de marzo, según el expediente 226/2013.
Además, el Gobierno
estatal otorgó otro contrato por 52 millones 200 mil pesos a Accesos
Holográficos por crear la misma cantidad de calcomanías, sin embargo, ésta no
fue demandada.
"Aparece en el
contrato que la empresa mexicana (Accesos Holográficos) tiene una patente, sin
embargo, legalmente, conforme a la Ley, esa no es ninguna justificación, porque
hay empresas mexicanas que cumplen con el mismo requisito para poder entrar la
elaboración de placas", dijo.
La defensora
mencionó que ayer se celebró una audiencia para determinar si procede la
suspensión definitiva de dicho contrato, o no.
LA LEY DICE...
CAPÍTULO 111 DE LA
LEY DE AMPARO
Artículo 262.
Se impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de cincuenta a
quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para
desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, al servidor público
que con el
carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión:
III. No
obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, independientemente de
cualquier otro delito en que incurra.
(NOROESTE/ Gabriela
Soto/ 07-06-2013)
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