- Reforma al código penal del estado
- Serán contempladas sólo sanciones civiles
- Modernizar leyes acorde a tiempos actuales
La
Paz, B.C.S.- El Congreso del Estado propuso la derogación de varios
artículos del Código Penal del Estado que considera como delictivas la
calumnia y la difamación, cuando en el contexto nacional e internacional
“la protección al honor y la reputación, deben estar garantizados
solamente a través de sanciones civiles y jamás por la vía penal”,
expresó el Diputado Jesús Salvador Verdugo quien presentó la iniciativa
al pleno la que busca derogar los artículos 338, 339, 340, 341, 342, y
adicionar un párrafo tercero al Artículo 1822 del Código Civil del
Estado.
El Diputado Verdugo Ojeda recordó en la tribuna del Congreso del
Estado que existe un antecedente en el entorno nacional de la
despenalización, “convirtiéndose en forma automática en una conquista
irreversible de la sociedad”.
Indicó que diversas organizaciones a nivel
internacional han conminado a los países a que adapten sus leyes a esta
realidad, llamado al que nuestro país acudió hasta 2007, y en este
contexto en varias entidades federativas se han dado las modificaciones
legales, de las que Baja California Sur estaba ausente.
Señaló que con estas propuestas se busca garantizar la libre profesión del periodismo en particular y que no se sancione cuando se emitan opiniones desfavorable de la crítica literaria, artística, histórica, científica o profesional”.
Señaló que con estas propuestas se busca garantizar la libre profesión del periodismo en particular y que no se sancione cuando se emitan opiniones desfavorable de la crítica literaria, artística, histórica, científica o profesional”.
El Diputado representante del XV Distrito
electoral añadió que con estas propuestas de modificación Baja
California Sur queda en posición de avanzada en esta materia en entorno
nacional, ya que actualizaría los acuerdos y convenios de los que México
es parte, “generando una opinión favorable sobre todo en los medios de
comunicación”.
Precisó que la iniciativa propuesta de ninguna manera perjudica a los
ciudadanos, pues en el Código Civil ya se garantiza la posibilidad de
que se repare el daño moral ocasionado cuando se ataque el honor de las
personas, “pero nunca, privando de la libertad a quien lo realiza, pues
debemos estar claros que su responsabilidad cae en los aspectos morales
de la persona, y por ello se homologa el criterio y se mantiene la
posibilidad de contar con una legislación específica que es la vía
civil”.
La adición al Código Civil dice: “En ningún caso se considerarán
ofensas al honor las opiniones desfavorables de la crítica literaria,
artística, histórica, científica o profesional. Tampoco se consideran
ofensivas las opiniones desfavorables realizada en cumplimiento de un
deber o ejerciendo un derecho cuando el modo de proceder o la falta de
reserva no tenga un propósito ofensivo”.
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