“La Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN), que presume ser garante de los derechos humanos y las garantías
constitucionales de los ciudadanos no toma en cuenta los tan sobados derechos
fundamentales del niño”, denuncia Abigail Colio Pérez, madre del infante
adoptado por Edgardo Burgos Marentes.
Irónicamente, el juez Jesús
Rodolfo Cristerna Iribe esgrimió el “interés superior del niño” sustentado en
los diversos artículos de la Constitución General de la República, la
Convención sobre los Derechos del niño, y Ley para la Protección de los Derechos
de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sinaloa, para emitir el veredicto
que pone en la “guillotina” la cabeza de la madre biológica.
La resolución emitida ordena
que “tanto las autoridades administrativas involucradas, principalmente la
Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia (hoy Procuraduría
de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado), dependiente del
Sistema de Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de la Entidad, como la
Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), tomen de inmediato las
medidas legales necesarias para regularizar la situación jurídica del menor”.
Colio Pérez afirma que la
resolución del Juez la entrega a los mismos “verdugos” que le quitaron a su
hijo, pues cancela sus derechos humanos, de audiencia, defensa, seguridad jurídica y a la justicia
pronta y expedita.
Para justificar “ilegalmente”
el despojo de su hijo Óskar Alexander Colio Pérez, la maquinaria de la justicia
municipal, estatal y federal acusó a la madre biológica, Abigail Colio Pérez,
de haber aceptado consumir droga sintética conocida como cristal durante su
embarazo y después del nacimiento del menor.
“Qué lamentable resulta que
usted afirme hechos que no le constan, solo por favorecer a los señores Edgardo
Burgos Marentes y Claudia Minerva Ontiveros Torres”, reprocha la damnificada,
al Juez Décimo de Distrito.
La imputada, responde a esta
resolución en su recurso de revisión del 29 de febrero de 2016, contra la resolución del Juez Décimo de
Distrito emitida el 4 de febrero del año en curso, donde el magistrado afirma
que la quejosa aceptó que consumió drogas, específicamente la conocida como
cristal.
“Que la madre biológica y
ahora quejosa Laura Abigail Colio Pérez, incluso durante el periodo de embarazo
del menor… aceptó que consumió drogas, específicamente la conocida como
cristal, lo que continuó haciendo con posteridad al nacimiento”, afirma el juez
Jesús Rodolfo Cristerna Iribe.
En febrero de 2015, Colio
Pérez salió libre del Centro de Ejecución de las Consecuencias Jurídicas del
Delito (Cecjude), después de estar presa desde el 25 de enero de 2013, imputada
por el supuesto delito de robo calificado.
La exreclusa denunció
entonces que las autoridades municipales y estatales habían violado el debido
proceso, pues el 25 de enero de 2013 había sido detenida con lujo de
prepotencia, sin previa audiencia de ninguna especie, y a escasos tres meses de
su detención fue sentenciada sin derecho a disfrutar de libertad bajo caución,
para que no reclamara la devolución del niño.
Aquel febrero de 2015, al
salir del módulo femenil del penal de Mazatlán, Abigail dijo a Ríodoce: “me
siento mal, pero si me hubieran devuelto a mi hijo, créame que hubiera
preferido quedarme los años que hubieran sido, con tal de recuperarlo”.
La afectada agregó que libre
lucharía hasta las últimas consecuencias para rescatar a su hijo de las manos
de la pareja de los “adoptantes
ilegales”, formada por Edgardo Burgos
Marentes y su cónyuge Claudia Minerva Ontiveros Torres.
“Porque a mí me dolió parirlo
y a Burgos Marentes no le dolió; yo lo batallé y mi niño no es un objeto para
que él pueda quedarse con mi hijo como si fuera cualquier cosa”, argumentó
Colio Pérez.
Después de salir de la
cárcel, Abigail Colio Pérez, en aras del tan cacareado “superior interés del
menor y de la familia”, clamó al Ministerio Público que decretara como medida
provisional la entrega inmediata de su hijo “a fin de evitar que se le siga
dañando sicológicamente, al permanecer al lado de quien no tiene ningún derecho
a su guardia y custodia”.
Como las autoridades
estatales y municipales la ignoraban, Abigail Colio Pérez había interpuesto el
juicio de garantías 759/2014 ante la justicia federal con la esperanza de que
ésta actuara en su caso con “ética y rectitud”.
Pero la sentencia del 4 de
febrero de 2016 la hizo tomar conciencia de que el “interés superior del niño”
no operó para regresar a su hijo a su lado.
“Ahora resulta que su
sentencia considera como punto favorable para los señores Edgardo Burgos
Marentes y Claudia Minerva Ontiveros Torres, por lo que la reconocida por
usted, ‘guardia provisional’ de más de tres años, es jurídicamente ilegal,
tanto en su origen, como en su duración”, enfatiza.
“Por lo tanto, es
injustificable, y más aun cuando se mantiene prácticamente secuestrado a mi
menor hijo, ahora por tiempo indefinido a raíz de la sentencia y todavía se
refiere usted hacernos el ‘gran favor de suplir totalmente mi queja´ y
concederme el amparo y protección de la justicia federal”, critica.
CRONOLOGÍA DEL ABUSO
-Enero de 2013. Abigail Colio
Pérez, es detenida y recluida en el
penal de Mazatlán acusada de presunto delito de robo calificado. La
imputada alega que las autoridades estatales y municipales la encerraron para
quitarle a su hijo.
-Febrero de 2015. Colio Pérez
sale libre y como lo hacía desde 2013, clama al Ministerio Público, que le
entreguen a su hijo, pero la representación social no la ve ni la oye.
-Un año antes, la agraviada
interpuso ante la justicia federal el juicio de garantías 759/20014, para recuperar a su hijo de las
manos de Edgardo Burgos Marentes.
-Febrero de 2016. El Juez
Décimo de Distrito dicta sentencia a favor de Burgos Marentes. Y Abigail Colio
Pérez reprocha al juez federal de violar los derechos fundamentales de su hijo
Óscar Alexander Colio Pérez.
(RIODOCE/ Cayetano Osuna / Fotografía:
Mario Rivera en 27 marzo, 2016)
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