Manejaron anuncios espectaculares a favor de precandidatos panistas durante el Proceso Electoral Federal 2011-2012 y serán sancionados como personas morales
Una persona física sólo puede ser sancionada hasta con 500 días de salario mínimo y las personas morales con 100 mil días.
Esta es la información que aparece en NOTICIAS ADN del Cana Judicial, órgano de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó
que las personas físicas con actividad empresarial que cometan delitos
electorales deben ser sancionadas como personas morales.
Por ello ordenó al Instituto Nacional Electoral emitir una nueva
sentencia con ésta consideración, contra Feliciano Guirado Moreno, por
su aportación en especie, a través de la colocación de 18 anuncios
espectaculares a favor de un precandidato a senador en el Estado de
Sonora.
Los
magistrados de la Sala Superior advirtieron que una persona física sólo
puede ser sancionada hasta con 500 días de salario mínimo y las
personas morales con 100 mil días. “No estamos frente a una
persona física clásica, tradicional, sino estamos frente a un empresario
que por su propia inversión o el pago que recibió para hacer esta
publicitación en los medios de comunicación mencionados, pues asciende a
más de 100 mil pesos y la multa que él pretende como persona no puede
ser más de 30 mil pesos”, dijo Manuel González Oropeza, Magistrado TEPJF.
“Pero si está en autos acreditado que tenemos a una persona
física y que así está reconocido de manera puntual en el proyecto, que
es propietario de un medio impreso, en todos los casos un medio impreso,
por ejemplo, el darle vista a Nuevo Sonora y está acreditado que esta
persona física es propietaria también de semanarios y hay un
reconocimiento que tiene actividades empresariales o permítanme ponerlo
así, “actividades comerciales”, en esta lógica creo que la
interpretación que favorece a la protección de los principios
constitucionales en materia electoral de frente a salvaguardar la
equidad en la contienda”, apuntó Constancio Carrazco Daza, Magistrado TEPJF.
“Habría menos trabajo para los juzgadores, pero mientras
mayor claridad en la ley menos grado de discreción o de discrecionalidad
al tomar una decisión administrativa y que, precisamente, es lo que
estamos haciendo los juzgadores al interpretar la norma”, María del Carmen Alanís, Magistrada TEPJF.
En un caso similar, se ratificó la sentencia del INE de sancionar a
Juan Carmelo Borbón alegría por la aportación en especie a través de
anuncios espectaculares a favor de la precandidata del PAN a diputada
federal en el proceso 2011-2012.
En el expediente de este asunto se asienta que el incumplimiento que
se atribuye a los sujetos denunciados consistió en una aportación en
especie a favor de los CC. Francisco de Paula Búrquez Valenzuela,
Florencio Díaz Armenta y Alejandra López Noriega (quienes fueran
precandidatos del Partido Acción Nacional al Senado de la Republica, y a
la Diputación Federal por el 03 Distrito Electoral Federal en el estado
de Sonora, respectivamente, durante el Proceso Electoral Federal
2011-2012)
¿Habrá próximas sanciones a otras publicaciones?
En el mismo se indica que “resulta atinente precisar que se cuentan
con los elementos suficientes para afirmar el actuar de la persona moral
G. Negocios La revista, S.A. de C.V., así como los CC. Feliciano
Guirado Moreno y Juan Carmelo Borbón Alegría, estuvieron
intencionalmente encaminados a infringir la normativa comicial, al haber
realizado la publicación irregular, así como el haber ordenado y
difundido la misma.
“Por tanto esta autoridad colige que el
actuar de los sujetos denunciados fue en detrimento de la equidad que
debe prevalecer en toda contienda electoral y a propiciar que los
partidos políticos, como instrumentos de acceso al poder público, estén
sujetos a intereses privados alejados del bienestar general, como lo son
los intereses particulares de las empresas mexicanas de carácter
mercantil. Además, resulta atinente precisar que la conducta sancionable
se verificó en el desarrollo de la etapa de precampaña del Proceso
Electoral Federal 2011-2012.”
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