México, DF. El alto
mando del Ejército está preocupado por el impacto que han tenido las
resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que ordenaron a la procuraduría
militar y a los juzgados castrenses enviar al fuero civil los asuntos de
soldados acusados de cometer delitos en agravio de civiles, porque hay
‘‘indefiniciones’’ que afectan la disciplina, los derechos humanos y la
integridad de los elementos sujetos a proceso.
El director general
de Derechos Humanos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), general
brigadier José Carlos Beltrán, sostiene lo anterior y hace un llamado al Poder
Judicial a poner atención en la seguridad de los soldados encarcelados que
están sujetos a proceso penal, porque al menos dos oficiales ya fueron
asesinados en prisión, sin que les fuera dictada sentencia.
Precisa que, a
diferencia de la administración anterior, la Sedena ha implementado acciones
efectivas para disminuir las quejas y recomendaciones relacionadas con la
violación a derechos humanos, lo cual ya se tradujo en que a seis meses de que
el general de división Salvador Cienfuegos asumió coo secretario, las quejas y
recomendaciones de la Comisión Nacional de los derechos Humanos (CNDH) al
instituto armado se redujeron en 50 por ciento.
El general Beltrán
explica que el éxito se basa en ‘‘el aspecto operativo con acciones más pulcras
y con mejor uso de inteligencia, con información, coordinación y objetivos
precisos de actuación. También va implícito, añade, ‘‘que tenemos que informar
y sensibilizar en materia de derechos humanos a nuestras tropas a todos los
niveles, y eso se logra con una capacitación más eficaz’’.
En esta
administración ‘‘damos mayor atención a la víctima y no esperamos la
recomendación de la CNDH para tomar acciones; sabemos que hay una
responsabilidad y una nueva política; la nueva directiva es atender de
inmediato a esa víctima, prestarle el apoyo sicológico y médico y asumir
nuestra responsabilidad’’, subraya.
‘‘La atención médica
y el pago por indemnización lo hacemos con presupuesto propio, pero más que
darle una atención a la víctima, se trata de tomar acciones preventivas para no
incurrir en violaciones a derechos humanos con esta capacitación, y
sensibilizar a los mandos a través de pláticas, páneles y directivas del alto
mando para que las tropas ajusten sus operaciones estrictamente a derecho.
Matiza que si bien
las quejas las genera la actuación de la tropa, particularmente en apoyo a la
seguridad pública, lo cierto es que muchas veces los derechos humanos son
utilizados ‘‘como estrategia de defensa de algunas personas que son detenidas
en flagrancia’’.
Respecto de los
criterios establecidos a partir de la resolución de la CIDH y de la SCJN por el
caso Rosendo Radilla, en el sentido de que los militares que cometan
violaciones a los derechos humanos de civiles serán juzgados por la justicia
común, el general Beltrán llama la atención en el sentido de que los ministros
de la Corte dejaron lagunas jurídicas que aún no han sido resueltas y que
repercuten contra los derechos humanos de los propios militares y de sus
familias.
Pone de ejemplo el
caso de los militares que son procesados por un delito grave, y que pese a que
no han sido sentenciados son recluidos en penales federales, con el riesgo que
ello implica para su integridad física. Precisamente, cuando la Corte fijó
criterios en materia de fuero de guerra, el asunto relativo al lugar de
reclusión de militares acusados de delitos comunes no fue resuelto por los
ministros.
‘‘No se pide un
trato privilegiado, porque no se trata de tener canonjías especiales, pero los
militares tienen derechos humanos y se debe garantizar su integridad física,
porque no por el hecho de que estén enfrentando un proceso deben ser condenados
a la muerte por los propios internos. Sabemos las deficiencias del sistema
penitenciario, que no garantiza seguridad a personal militar, pero además, el
objeto del sistema penitenciario militar tiene por objeto que después de pugnar
una pena el militar se reinserte nuevamente a sus actividades’’.
–¿En qué casos?
–Aquellos en los que
la pena no sea la destitución del empleo. El proceso no es sentencia y todo
juicio es incierto, aunque la pena sea la destitución; quizás ese militar
procesado salga absuelto, no podemos prejuzgarlo.
‘‘Hay un principio
de inocencia, entonces es incierta su situación y por eso debe garantizarse su
seguridad y llevar a militares o ex militares a prisiones federales, pero ya
sentenciados.’’
(ZOCALO/ La
Jornada/ 09/07/2013 - 04:26 PM)
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