CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El
Poder Judicial de la Federación validó la tortura contra las sobrevivientes de
la masacre de Tlatlaya, Estado de México, para emitir el auto de libertad por falta
de pruebas para procesar a tres soldados acusados de homicidio de ocho de los
22 civiles, alertó Araceli Olivos Portugal, abogada del Centro de Derechos
Humanos Agustín Pro Juárez (Centro Prodh).
A unos días de que se diera a
conocer la sentencia a la apelación del auto de formal prisión emitida por el
Sexto Tribunal Unitario del Segundo Distrito, Olivos Portugal consideró
“escandalosa” la resolución, debido a que el magistrado ponente dio “valoración
preponderante a las primeras declaraciones de las sobrevivientes, que la
Comisión Nacional de los Derechos Humanos ya había determinado en su
recomendación (51/2014) que fueron obtenidas bajo tortura”.
El Centro Prodh representa a
Clara Gómez, una de las tres sobrevivientes de la masacre de Tlatlaya, ocurrida
el 30 de junio de 2014, quienes después de los hechos fueron detenidas y
procesadas por portación de armas de fuego y obligadas a aceptar que formaban
parte de un grupo del crimen organizado.
Clara, madre de una de las
víctimas mortales, fue liberada, pero las otras dos agraviadas permanecieron en
prisión algunos meses hasta que el caso Tlatlaya fue evidenciado por la agencia
AP y la revista Esquire, en septiembre de ese año, y la CNDH declarara que las
mujeres habían sido torturadas y la escena del crimen alterada por el personal
militar.
En su recomendación, la CNDH
también advirtió que de los 22 civiles caídos, entre 12 y 15 habrían sido
ejecutados arbitrariamente, sin embargo, entre ellos no estaba la hija de
Clara.
Olivos Portugal destacó que
la resolución del Tribunal Unitario dejó libres bajo reserva a los militares
Fernando Quintero, Roberto Acevedo y Leobardo Hernández, quienes fueron
consignados por la PGR como “presuntos responsables de homicidio con el
agravante de ventaja, encubrimiento en la modalidad alterar la escena de los hechos
y los vestigios, así como abuso de autoridad y ejercicio indebido, ahora se les
absuelve de todos los ilícitos, eso es muy grave”.
El tema de debate se centró
en que en “las primeras declaraciones de las sobrevivientes, que la CNDH dijo
que fueron obtenidas bajo tortura y tratos crueles, hablan de un momento de
disparos; con la intervención de la PGR en octubre de ese mismo año declaran
que hubo dos momentos, uno de intercambio, donde hubo muertes por fuego
cruzado, y el segundo en el que entran los militares a la bodega y, una vez que
ya se han rendido los civiles, es cuando los militares los ejecutan”.
El magistrado ponente,
insistió Olivos Portugal, dio un trato “benévolo a los militares”, a quienes
les da mayor valor probatorio a sus pruebas de descargo, alegando
contradicciones en las declaraciones de las testigos en la segunda declaración,
ya sin coacción.
“En realidad las
inconsistencias son mínimas, pero las tres terminan por coincidir en que hubo
dos momentos de disparos, pero el juez no toma en cuenta la forma en que ellas
rindieron su primera declaración, que fue bajo tortura”, apuntó.
En cuanto a las declaraciones
de los militares, agregó, el trato es totalmente distinto. “Ante la PGR admiten
que hubo dos momentos, pero después se retractan alegando que el Ministerio
Público los obligó a declarar esa situación, y el magistrado da valor a esa
retractación, lo que dice es coincidente con la primera declaración de las
sobrevivientes”.
Peor aún, apuntó, el juez
admite que hubo homicidio simple, “y dice que alguien los mató, pero no abunda
por qué no fueron los militares o quiénes fueron los autores si ellos no
fueron, lo cual es muy grave”.
Tras recordar que Clara
Gómez, su representada, no fue reconocida como víctima en el juicio, Olivos Portugal
advirtió que el caso está ahora tanto en la cancha de la PGR, que “tiene la
obligación de sustentar con más elementos su acusación”, como por la CNDH y la
Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV).
“Las familias de las ocho
víctimas consideradas por la PGR pueden interponer un amparo contra la
sentencia, por lo que la CEAV tiene la oportunidad de asesorarlos de manera
adecuada para interponer el recurso, y la misma CNDH tendría que defender su
recomendación, de la misma manera apoyando a las víctimas, orientándolas para
perfeccionar el amparo”, resaltó la abogada del Centro Prodh.
(PROCESO/ GLORIA LETICIA DÍAZ /16 MAYO,
2016)
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