Excélsior
México, D.F.- Las
expresiones homófobas y el discurso consistente en inferir que la
homosexualidad no es una opción sexual válida sino una condición de
inferioridad constituyen manifestaciones discriminatorias, que no están
protegidas por el principio de libertad de expresión consagrado en la Constitución.
Así lo determinó la
Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver el
amparo directo en revisión 2806/2012, donde se aprobó por mayoría el proyecto
presentado por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
En este caso, el
órgano del máximo tribunal del país resolvió este asunto, donde se analizó, por
primera vez en la jurisprudencia mexicana, el problema entre la libertad de
expresión y las manifestaciones discriminatorias, específicamente las
expresiones homófobas.
Al resolver el
referido amparo directo en revisión, la sala analizó la fuerte influencia del
lenguaje en la percepción que las personas tienen de la realidad, pudiendo
provocar prejuicios que se arraigan en la sociedad mediante expresiones que
predisponen la marginación de ciertos individuos o grupos.
Además la Primera
Sala también estudió el papel de los discursos dominantes y los estereotipos,
por lo que señaló que el lenguaje que se utiliza para ofender o descalificar a
ciertos grupos adquiere la calificativa de discriminatorio.
De esta forma,
refirió que las manifestaciones homófobas son una categoría de discursos del
odio, los cuales se identifican por provocar o fomentar el rechazo hacia un
grupo social y mediante las expresiones de menosprecio e insulto que contienen
genera sentimientos sociales de hostilidad contra personas o grupos.
Por ello, la Primera
Sala determinó que las expresiones empleadas en el caso concreto del estudio,
consistentes en las palabras “maricones” y “puñal”, fueron ofensivas.
Ello porque si bien
se trata de expresiones fuertemente arraigadas en el lenguaje de la sociedad
mexicana lo cierto es que no pueden convalidar violaciones a derechos
fundamentales.
Además dichas
expresiones fueron impertinentes, pues su empleo no era necesario para la
finalidad de la disputa que se estaba llevando a cabo relativa a la crítica
mutua entre dos periodistas de la ciudad de Puebla.
(ZOCALO/Excélsior/ 06/03/2013 - 09:56
PM)
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