La empresa Comercializadora
Devolviendo Confianza (CDC), que cobró 223.4 millones de pesos por servicios
“fantasmas” a la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), fue absuelta por el
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, que ordenó concluir el
congelamiento de una cuenta bancaria para que sus propietarios puedan disponer
de esos recursos, lo que antes había sido dictaminado por un juez de distrito.
Según la Auditoría Superior
de la Federación (ASF), dicha compañía fue la beneficiaria final de los 223.4
mdp pagados por la Sedesol Federal para la “difusión de programas sociales”,
pero sin haber prestado el servicio.
La Sedesol pagó a Radio y
Televisión de Hidalgo (RTH) en 2014 y 2015, y la Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) hizo lo propio con el Sistema
Quintanarroense de Comunicación Social (SQCS), en 2015, para supuestos
servicios de difusión de programas sociales. CDC fue receptora “en tercer
orden” del dinero público: ya que ambas dependencias estatales contrataron a
otros proveedores que canalizaron los 223.4 mdp a la empresa.
En el oficio 11/F/B335/2016,
la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) había incluido a CDC en su lista de personas bloqueadas
desde el 11 de febrero de 2016, por sospechas de que lava dinero, por lo que le
fue congelada la única cuenta de la empresa que se detectó en el sistema
financiero.
La UIF ordenó a los bancos
“suspender de forma inmediata la realización de cualquier acto, operación o
servicio con CDC, imposibilitando la apertura de nuevas cuentas, la cancelación
de las vigentes, o disponer de los recursos que éstas contengan”.
Según el diario Reforma, que
informó del hecho, el pasado 27 de marzo, el Tribunal Federal antes citado,
concedió a la empresa una suspensión definitiva que le permite acceder a su
cuenta, al revocar la negativa dictada en noviembre por un juez de Distrito.
“La sociedad no se ve
afectada por la concesión de la suspensión definitiva a CDC, en razón de que el
Estado, a través de las autoridades competentes para investigar infracciones
penales, puede perseguir el delito previsto en el artículo 400 del Código Penal
Federal [lavado de dinero]”, afirmó el tribunal.
El pasado 15 de marzo, la
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) también declaró inconstitucional
la facultad para congelar cuentas bancarias sin orden judicial de la
Procuraduría General de la República (PGR).
Ayer se difundió que la
Secretaría de la Función Pública (SFP) perdonó irregularidades cometidas entre
2013 y 2014 durante la gestión de Rosario Robles Berlanga al frente de la
Sedesol Federal, ya que el Órgano Interno de Control (OIC) en la dependencia le
dio carpetazo a 69 quejas que habían sido presentadas por la ASF.
Los expedientes derivaron de
15 auditorías practicadas por la Auditoría Superior de la Federación, entre
ellas las relacionadas con la llamada “Estafa Maestra”, con la cual se
triangularon a empresas “fantasma”, alrededor de 2 mil 224 millones de pesos,
sólo de Sedesol.
En respuesta a una solicitud
formulada vía la Ley de Transparencia por el diario Reforma, la SFP alegó que
los expedientes fueron cerrados “por falta de elementos para sancionar”.
Asimismo, las carpetas “fueron desechadas” en el Área de Quejas del OIC de la
Sedesol, es decir, ni siquiera fueron turnadas al Área de Responsabilidades,
encargada de instruir los expedientes de responsabilidad administrativa, señaló
el rotativo.
(SEMANARIO ZETA/ DESTACADOS / CARLOS ÁLVAREZ /MARTES,
3 ABRIL, 2018 09:02 AM)
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