México.- La Cuenta Pública de
2014 enviada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a la Cámara
de Diputados informa que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
enfrenta más de 149 mil juicios laborales, fiscales, civiles, de amparos
directos e indirectos en materia fiscal y administrativa, averiguaciones
previas y procesos penales.
El documento señala que al 31
de diciembre pasado los procesos pendientes de resolución se integraban con 120
mil 196 juicios laborales; 156 fiscales, promovidos por el instituto; 15 mil
461 juicios fiscales y contenciosos administrativos, en los que el IMSS es
demandado; mil 77 juicios civiles; 4 mil 876 amparos directos e indirectos en
materia fiscal y administrativa, así como 7 mil 720, averiguaciones previas y
procesos penales.
Entre los juicios civiles se
encuentra el ordinario civil con expediente 138/2010, “promovido por algunos de
los padres de los menores afectados en el siniestro (incendio) ocurrido el 5 de
junio de 2009 en la Guardería ABC SC contra la Secretaría de Hacienda del
Gobierno de Sonora y otros, en el que se demanda el pago de la cantidad de 16
millones de pesos por reparación de daños de orden patrimonial y 550 millones
de pesos por concepto de reparación del daño moral.
El IMSS fue llamado a juicio
en su carácter de tercero. Al 31 de diciembre de 2014, el juicio continúa en el
periodo de emplazamiento de los codemandados, en virtud de que la parte actora
no ha dado impulso procesal al mismo.
De los 120 mil 196 juicios
laborales, 24 implican un importe superior a 10 millones de pesos, sumando 549
millones de pesos.
El resto de casos son 120 mil
172 cuyo importe es inferior a 10 millones de pesos; en total sumaron al 31 de
diciembre 22 mil 380 millones de pesos.
Del total de juicios, se
estima que un porcentaje de ellos serán favorables al instituto; sin embargo,
al tratarse de asuntos de carácter litigioso no se puede asegurar su resultado,
apunta la Cuenta Pública.
En materia laboral, el
instituto como organismo público descentralizado, tiene carácter de patrón y
por tal motivo enfrenta demandas laborales de sus trabajadores. Asimismo, como
administrador del servicio público denominado Seguro Social, tiene otras
promovidas por asegurados que reclaman el otorgamiento de las prestaciones
establecidas en el Ley del Seguro Social.
Así, las cantidades a que
ascienden las prestaciones reclamadas en los juicios laborales no son
susceptibles de cuantificarse con exactitud, en razón de que diversos factores
que intervienen en ellos.
Es decir, las prestaciones
reclamadas por los actores en un número considerable de casos son improcedentes
o se plantean de manera excesiva.
En los juicios favorables al
instituto tampoco existe obligación de pago. Y en los casos en que se emite un
laudo desfavorable a los intereses del instituto, la autoridad es la que señala
las bases sobre las cuales deberán pagarse las prestaciones procedentes, las
que pueden ser distintas de los señalado por los actores o por el instituto.
(ZOCALO/ LA JORNADA/ 10/05/2015 - 11:48 AM)
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