En 2010, 16
agentes de la PGJE fueron detenidos por fuerzas federales, acusados de sostener
vínculos con el Cártel Arellano Félix. En libertad luego de que un juez
dictaminó la indebida detención, estos ex funcionarios encabezan un litigio contra la titular de la
Procuraduría bajacaliforniana, por haberlos removido de manera ilegal. Millones
de pesos a favor de los ex policías están en juego
Ex
ministeriales contra procuradora
Rodeados de
patrullas y militares encapuchados, el mediodía del 29 de julio de 2010, 62
agentes de la Policía Municipal y Ministerial del Estado, en su mayoría atados
de las manos con cinchos, fueron presentados en la base de la Fuerza Aérea en
Tijuana como colaboradores del Cártel Arellano Félix.
Los agentes
policiacos habían sido detenidos un par
de horas antes en los distintos espacios de las corporaciones, para ello los
habían citado y desarmado con pretexto de una capacitación. A otros, militares
los habían detenido en sus domicilios. En todos pesaba una orden de aprehensión
girada por un juez federal.
En aquel entonces,
el procurador Rommel Moreno Manjarrez declaró que sostenía una colaboración
cercana con la extinta Subprocuraduría de Investigación Especializada en
Delincuencia Organizada (SIEDO) para entregar a diferentes agentes, incluso
cercanos a su persona.
Al tiempo, el
impacto mediático menguó, y sus abogados documentaron que la SIEDO incurrió en
irregularidades en la consignación de los 62 agentes, que muchos de los
expedientes se sostenían tan solo por un testigo protegido y había
irregularidades en la solicitud de aprehensión.
Un juez los dejó en
libertad a todos porque detectó que la misma averiguación previa ante el
Juzgado Primero de Distrito en Procesos Penales en Nayarit que le negó las
órdenes de aprehensión en febrero de 2010, fue usada para buscar que el Juez
Segundo de Distrito en materia penal en Matamoros se las otorgara (solo
cambiaron algunos números de la averiguación previa).
Las órdenes de
aprehensión fueron liberadas por el delito de “delincuencia organizada” el 15
de abril de 2010, y ejecutadas meses después por miembros del Ejército
Mexicano.
A la fecha -todos
libres- ningún policía ha sido reinstalado, y gran parte de ese grupo ha
presentado una denuncia-queja en Contraloría del Estado para que se ejerza
alguna responsabilidad administrativa o penal contra los integrantes de la
Comisión de Carrera Policial de la Procuraduría General de Justicia del Estado
(PGJE), encargada de su remoción y encabezada por Perla Ibarra del Socorro
Ibarra Leyva, la procuradora en turno.
Los entonces
acusados, ahora denuncian que su remoción de la corporación se basó en el
término constitucional que devengó en el auto de formal prisión. El mismo fue
declarado ilegal, y por lo tanto subsecuente. Por ello, consideran que la
comisión sancionadora de la PGJE actuó fuera de Ley.
Y es que los
abogados de los policías cesados señalan las reiteradas violaciones a los
derechos de los ex agentes que, de ganar una nueva apelación, deberán recibir
del Gobierno del Estado sueldos caídos e
indemnizaciones por montos millonarios.
“Por mí o mis
clientes no hay inconveniente, que se alargue más el proceso, el problema es
que cada día, cada mes que pasa, se tendrán que pagar los sueldos y las
prestaciones de Ley, costo que terminará siendo pagado con los impuestos de
todos”, alega Santiago Meza, abogado de algunos ministeriales.
Los detenidos fueron
prisioneros en Veracruz, pero su proceso penal fue llevado desde Matamoros. A
los ocho días de su detención, el juez de Matamoros le pide al Juez Primero de
Distrito en Veracruz hacer la declaración preparatoria, el auto de término
constitucional. Y así, el juez en Veracruz dicta auto de formal prisión el 8 de
agosto de 2010 para algunos, y para otros
que solicitaron aplicación del término, el 11 del mismo mes.
Dictada la formal
prisión, comienza el proceso jurídico y, casi simultáneamente, un proceso
administrativo en Baja California, para su baja definitiva de la corporación
ministerial.
El Segundo Tribunal
Unitario del Décimo Noveno Circuito concede el amparo directo (61/2010) en
junio de 2012, sobre todo por las anomalías en el proceso.
Así los ex policías
obtienen su libertad, además de lograr que se declare “insubsistente dicha
resolución de término constitucional (el auto de formal presión), por ser
notoriamente ilegal e inconstitucional”, describe el documento.
En un promedio de
siete días después de quedar libres, los ex ministeriales fueron notificados de
su remoción definitiva de la Procuraduría de Justicia.
DE REMOVIDOS A SUSPENDIDOS
De los 16
ministeriales removidos, siete siguieron el mismo camino para defenderse: José
Francisco Valencia López, Víctor Manuel Peraza Bravo, Juan Francisco Monterroso
Quintero, Edgar Aguilar Morales, Rubén Escobar Sifuentes, Carlos Alberto
Cabrales Ortiz y Francisco Rodríguez Pacheco. Ellos son representados por los
abogados Juan Manuel Santiago Meza, Narmin Cruz Gómez y Kenny Sánchez
Rebolledo.
Los siete
presentaron en el Pleno del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del
Estado un recurso de revisión de su suspensión definitiva, alegando que nunca
fueron notificados y que jamás se les permitió su derecho a una audiencia.
El tribunal concedió
y ordenó a la Comisión de Carrera Policía de la PGJE reponer el procedimiento
administrativo. En ese momento, los agentes cambiaron su estatus de removidos a
suspendidos y, a partir de julio de 2014, la comisión notificó y citó a los
elementos.
POR SEGUNDA OCASIÓN
Una vez reiniciado
el proceso para su baja definitiva de la corporación, a todos los ex agentes se
les imputó la falta de dos requisitos de permanencia establecidos en la Ley de
Seguridad Pública del Estado, “ser de notoria buena conducta” y por “estar en
ejercicio de sus derechos políticos”.
Ambos señalamientos
-se puede leer en los expedientes de los procesos administrativos de
responsabilidad- fueron iniciados en base al “término constitucional (la formal
prisión) del 8 (otros el 11) de agosto del 2010 por el Juez Primero de Distrito
del Estado de Veracruz”.
Cada ministerial
había sido señalado por un testigo protegido de actos específicos, como haber recibido
un arma de células del crimen organizado, estar involucrados con carros
robados, entre otras imputaciones.
De hecho, para
probar la falta administrativa de los elementos, la Comisión de Carrera
Policial y Régimen Disciplinario de la PGJE presentó los documentos del
expediente penal iniciado en 2010.
Los ministeriales se
defendieron presentando justamente el amparo (con fecha del 15 de mayo por el
Magistrado del Segundo Tribunal Unitario del Décimo Noveno Circuito) que los
dejó en libertad, y “la inconstitucionalidad y la invalidez de todo lo actuado
respecto al suscrito en el proceso penal... incluyendo el auto de término
constitucional y el mandamiento judicial donde se resuelve librar orden de
aprehensión”.
Para la Comisión
presidida por la titular de la PGJE, la defensa presentada por los elementos no
modificó la intención de removerlos. Luego de su defensa, únicamente retiraron
la falta de haber perdido los derechos políticos.
Las quejas
interpuestas contra los integrantes de la Comisión en la Contraloría del Estado
refieren: “Es totalmente ilógico que ambos requisitos de permanencia fueran
atribuidos con apoyo en el mismo auto de término constitucional”, y uno de
ellos fue retirado del expediente, “puesto que ambos tienen el mismo origen”,
concluye.
Uno de los ex agente
expuso en entrevista: “Nos están removiendo por el auto de término que ya se
declaró insubsistente, porque presentamos la sentencia de amparo y se le dio la
documental publica, donde se dice que el auto de término es inconstitucional,
es ilegal, por lo que, de lo que se me está acusando, yo te estoy demostrando
con esta prueba que ya no es eficaz”.
VINCULADOS CON EL NARCOTRÁFICO
Según consta en el
expediente redactado por Comisión Policial de la Procuraduría, los ex agentes
“fueron personas que de manera conjunta, determinaron formar parte de una
organización criminal, en forma permanente o reiterada, cuya finalidad era
cometer alguna conducta ilícita y así formar parte de una organización de
delincuencia, siendo el caso de la denominada ‘Cártel de Tijuana o Cártel de
los hermanos Arellano Félix’”.
En el mismo
documento se acusa a los ministeriales de “acompañar a sicarios de dicha
agrupación criminal, a realizar operáticos y levantones, además de informar de
la existencia de tienditas de droga para que con otros miembros de la
organización se hicieran cargo de cobrar las cuotas, así como quitar unidades
policiacas del área de donde fueran a realizar alguna ejecución o secuestro, y
reportar la presencia de operativos”.
El ex ministerial
Francisco Valencia López explica que las acusaciones que le hace la PGJE, ni
siquiera estaban contenidas en las declaraciones del testigo protegido: “Se me
imputan cosas que no tienen que ver conmigo y que ni siquiera se me acusó en la
averiguación previa, no sé de dónde sacaron eso, pues en el expediente
(administrativo) no hay otra prueba del auto de término constitucional (la
formal prisión en 2010), y eso ya probamos que está sin validez”.
ZETA se comunicó con
la Visitaduría de la PGJE, encargada de las investigaciones y sanciones a
policías ministeriales. Mediante un texto justificaron: “Para la Comisión de
Carrera Policial en el ámbito administrativo, la materia del procedimiento es
independiente del resultado del proceso en vía judicial, debido a que se trata
de dos procesos de distinta naturaleza”.
Prosigue la
explicación oficial:
“En tal sentido, el
resultado de este procedimiento administrativo no se encuentra necesariamente
vinculado al primero”.
PROCURADORA, DENUNCIADA
Los ex agentes saben
que después de la sentencia de la Comisión Policial será imposible su
reinstalación. Así lo establece el Artículo 123, apartado B, fracción 13 de la
misma Constitución, cuando se refiere a los derechos laborales donde se dice
que “los militares, marinos y miembros de los cuerpos de seguridad pública se
regirán pos sus propias leyes”.
La Ley General del
Sistema Nacional Seguridad Pública establece que los policías “podrán ser separados de su
cargo si no cumplen con los requisitos de las leyes vigentes”.
En el Artículo 74 de
la misma Ley, se instruye que “cualquiera que sea el juicio o medio de defensa
para combatir la separación”, no procederá la reinstalación o restitución, “en
su caso, solo procederá la indemnización”.
Luego enfatiza:
“Aunque se declare ilegal la remoción de los agentes de seguridad pública, no
podrán reinstalarse”.
El ex agente
Rodríguez Pacheco admite: “La determinación ya está, no habrá reinstalación,
tendremos que combatirlo ante las instancias correspondientes”.
Por lo pronto, los
abogados apelaron ante el Tribunal Administrado de lo Contencioso e
interpusieron en búsqueda de que se declare ilegal la remoción y entren las
indemnizaciones, que sumarían entre 2.5 y 4 millones de pesos por cada agente,
aunado a sueldos caídos e indemnización de 90 días de sueldo, entre otras
prestaciones.
Además, se
interpusieron denuncias-quejas el 24 de octubre contra Perla del Socorro Ibarra
Leyva y los miembros de la Comisión de Carrera Policial en Contraloría del
Estado.
“Las decisiones que
se están tomando en la Comisión de la PGJE son políticas no apegadas a
derecho”, concluye el abogado defensor.
En las copias de las
actas en Contraloría, se pide citar a los miembros de dicha Comisión (Felipe de
Jesús Pineda Flores, José Alfredo Martínez Andrade, Óscar González Vásquez
Aragón y Adriana Vidal Quintero) para que rindan declaración y se dé vista al
Agente del Ministerio Público por “la probable comisión del delito de abuso de
autoridad y ejercicio indebido de la profesión y lo que resulte”.
(SEMANARIO
ZETA/ Isaí Lara Bermúdez/ 20 de Noviembre del 2014 a las 15:00:00)
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