México,
DF. La respuesta que la Asamblea General Politécnica presentará mañana a la
Secretaría de Gobernación puntualiza la forma en que deberán instrumentarse
algunas de las propuestas gubernamentales para dar solución al pliego petitorio
estudiantil y dar solución al conflicto que desde hace más de una semana
mantiene en paro a las escuelas del Instituto Politécnico Nacional (IPN).
Sin
embargo, hay algunos puntos de la respuesta estudiantil que son de puntual
rechazo a las propuestas hechas por la SG: rechazan la posibilidad de que se
“imponga” a un director general interino y exigen que el sustituto de
Yoloxóchitl Bustamante sea electo por los alumnos, docentes y trabajadores mediante
voto directo.
También
señalan que de acuerdo con la Ley Orgánica del IPN la Secretaría de Educación
Pública (SEP) no tiene facultades para cancelar el reglamento interno y los
planes de estudio aprobados por la Dirección General del instituto.
Asimismo,
convocan a un Congreso Nacional Politécnico, con carácter resolutivo y
refundacional “para hacer efectivo el proceso de democratización”.
A CONTINUACIÓN, EL TEXTO ÍNTEGRO DEL
DOCUMENTO:
LUEGO DE SESIONAR DURANTE TRES DÍAS LA
ASAMBLEA GENERAL POLITÉCNICA HA LLEGADO A LAS SIGUIENTES RESOLUCIONES.
Punto
1. La SEP no puede cancelar la aplicación del Reglamento Interno del IPN,
aprobado el 24 de septiembre de 2014, toda vez que no tiene vigencia, pues no
fue publicado en la Gaceta Oficial del IPN para su difusión y entrada en vigor,
por lo que se exige la cancelación definitiva de su publicación ahora y en lo
posterior.
Se
demanda para asentar las nuevas bases normativas del IPN, se proceda a la
participación y deliberación directa en el marco de un proceso democrático de
la comunidad politécnica, el cuál consistirá en un Congreso Nacional
Politécnico, que no sea permanente, y tenga un carácter resolutivo y
refuncional, atendiendo a los objetivos plasmados en el artículo 1 de la ley
orgánica:
"
El IPN es la institución educativa del Estado, creada para consolidar, a través
de la educación, la independencia Económica, Científica y Tecnológica, Cultural
y Politica para alcanzar el progreso social de la nacion, de acuerdo con los
obnjetivos historicos de la revolucion mexicana, contenidos en la constitución política
de los estados unidos mexicanos"
Lo
anterior con fundamento en el artículo 34 de la Ley Organica del IPN que a
letra dice "las asociaciones de alumnos se organizaran en la forma que los
mismos determinen y seran independientes a las autoridades del instituto"
Para
finalizar este punto declaramos que desconocemos cualquier Reglamento interno
emitido por el Consejo General Consultivo hasta la conformación del Congreso
Nacional Politécnico.
Punto
2. La SEP no está facultada para cancelar los planes y Programas de estudios
del IPN, debido a que en el articulo 14, fraccion V de la Ley Orgánica del IPN,
se establece que son facultades y obligaciones del Director General:
"Autorizar los planes y programas académicos del Instituto, que hayan
sidfo previamente acordados por el Consejo General Consultivo".
Considerando
que algunos de los planes de estudio del nivel medio superior ya se encuentran
vigentes, los alumnos concluirán el semestre 2015-1 con el plan de estudios
vigente, al término de dicho periodo se abrogará el plan de estudios en
comento, y a partir del semestre 2015-I I con el plan de estudios vigente, se
retomarán los planes de estudio anteriores a las modificaciones; con base en el
artículo 17 del Reglamento General de Estudios, se llevarán a cabo la
revalidación de materias y se implementará un alineamiento académico, es decir,
cursar las unidades de aprensizaje que no estaban contenidas en los planes de
estudio 2014, entendiendo que la normatividad para modificar los planes de
estudio en lo posterior, se establecerá en el Congreso Nacional Politécnico.
Solicitamos
que no se incorpore a las unidades académicas del nivel medio superior del IPN
dentro del Sistema Nacional de Bachillerato y la Reforma Integral de la
Educación Media Superior, pues consideramos que disminuyen el nivel académico
de sus egresados.
En
cuanto al nivel superior exigimos la abrogación o suspensión definitiva de los
planes y programas de estudio, según lo determinen los alumnos y profesores de
cada unidad académica.
Rechazamos
la salida lateral como profesionales asociados en el modelo de educación
superior, ya vigente en unidades
académicas de nuestro instituto.
Punto
3 y 6: Considerando que una de nuestras peticiones fue la democratización de
los procesos de elección, con base en la fracción II del artículo 13 de la Ley
Orgánica del IPN, desconocemos a cualquier director interino que nos sea
impuesto, por lo tanto demandamos una elección inmediata, mediante un voto universal, libre, secreto, y
directo del alumnos, personal docente, personal no docente y personal directivo.
Para
hacer efectivo el proceso de democratización, exigimos el reconocimiento de una
comisión organizadora – integrada por personas designadas por la Asamblea
General Politécnica y por autoridades del IPN – para la celebración del Consejo
Nacional Politécnico.
Punto
4 – La función de vigilancia deberá recaer en un órgano interno dependiente del
sector administrativo del IPN, con la única facultad de salvaguardar la
integridad y garantizar la seguridad de la comunidad politécnica y patrimonio
institucional. Sin que sus labores perjudiquen el ejercicio pleno de los
derechos humanos a la libre expresión de las ideas, a la asociación y
manifestación, consagrados en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y
Políticos, los artículos 6 y 7 de la Carta Magna, la Ley de Los y las Jóvenes
del DF y el artículo 34 de la Ley Orgánica del IPN.
Punto
5. Demandamos que las pensiones vitalicias que se otorgan actualmente a los
exdirectores generales se suspendan a partir del 1 de enero de 2015, con la
correspondiente emisión de los ordenamientos jurídicos por parte de las
autoridades competentes (SEP, SHCP, Secretaría de Administración del IPN)
además de que la gestión de dichos recursos deberá ser transparente y
democrática para destinarlos al otorgamiento de becas, mejoras en la
infraestructura y demás rubros que la comunidad politécnica estime
convenientes.
Punto
7 – Hacemos responsable al titular del Poder Ejecutivo Federal por cualquier
daño físico, psicológico, académico, moral, o de cualquier otra índole que
atente contra la integridad personal de los miembros de la comunidad
politécnica, y de otras instituciones educativas y no educativas que hayan dado
muestra de apoyo y solidaridad al movimiento del IPN.
Exigimos
se garantice con mecanismos concretos e interlocución directa con las
autoridades competentes, como la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de
Salud Pública, la Procuraduría General de la República, el Gobierno del
Distrito Federal, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, la
Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal y organismos no gubernamentales de derechos humanos, así como
el Abogado General del IPN, que no habrá ninguna represalia, coerción o
intimidación para ninguno de los miembros de la comunidad politécnica.
En
el mismo tenor, las autoridades del IPN deben garantizar que no habrá medidas
de coerción o intimidación a nivel administrativo y académico para toda la
comunidad politécnica.
Dichas garantías deberán presentarse firmadas por
todas las autoridades antes mencionadas y ser publicadas en el Diario Oficial
de la Federación en un número extraordinario de la Gaceta Politécnica y en
periódicos de circulación nacional.
Punto
8. Exigimos que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio
2015 se establezca el incremento del 8% del Producto Interno Bruto al
presupuesto de educación pública, así como el incremento al 2% del PIB para
investigación en ciencia y tecnología. En ambos rubros deberá contemplarse el
aumento de los recursos para el IPN.
Punto
9. Con la finalidad de impedir cualquier injerencia que trasgreda los derechos
a la educación pública, tecnológica, científica y de calidad, establecidos en
el artículo 3 de la Carta Magna, que implique el uso y ocupación de las
instalaciones de las dependencias politécnicas , órganos de apoyo y organismos
auxiliares (artículo 2 del Reglamento Orgánico del IPN). Exigimos la
publicación en los medios oficiales del IPN (sitios electrónicos y Gaceta
Oficial) de cada uno de los convenios, acuerdos y cualquier otro tipo de
contratos, del que sea parte dicho instituto actualmente y de los que se
establezcan en lo posterior con el sector público, privado y empresas
trasnacionales. Lo anterior, respaldados en el derecho de acceso a la
información de la comunidad politécnica.
En
virtud de la respuesta del punto nueve del Gobierno Federal a nuestro pliego
petitorio que dice “no se permitirá ninguna injerencia ajena al interés
superior del Instituto Politécnico Nacional”, pedimos la abrogación del decreto
por el cual se fundó el Tecnológico Nacional de México ya que entra en
conflicto y contradicción con el artículo 3 de la Ley Orgánica del IPN y el
artículo 2 del Decreto presidencial del
23 de julio de 2014 sobre las facultades jurídicas del instituto Tecnológico, y
en el entendido legal, cronológico y de vigencia se contrapone al interés
superior del IPN, el cual es regir la educación técnica y tecnológica del país.
Punto
10. Este movimiento se declara apartidista y democrático, asimismo exige
sancionar las prácticas porriles que inhiben la participación de la comunidad
politécnica, las cuales difieren de los métodos históricos utilizados por los
estudiantes, en la defensa de la educación pública y el incremento de la
calidad de la enseñanza, concretados actualmente en la reivindicación de los 9
puntos de este pliego petitorio.
EN EL MISMO SENTIDO SE ACORDÓ:
Que
se emita antes del miércoles 15 de octubre del presente año, por parte de la
Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Educación Pública, la Dirección
General del IPN y autoridades competentes una circular, donde se giren
instrucciones a todas las dependencias vinculadas con el IPN a dar prórroga a
todos los trámites y actividades académicas que se estén viendo afectadas por
la dinámica del movimiento de la comunidad politécnica. Dicho compromiso deberá
estar firmado por cada dependencia comprometiéndose a acatarla.
En
el mismo sentido, exigimos la recalendarización del ciclo escolar lectivo con
base en la misma cantidad de días en que se han suspendido labores dentro del
IPN.
Decidir
cualquier cuestión referida a la autonomía del IPN corresponde a la comunidad
politécnica en su conjunto, así como la definición de los términos y
condiciones sobre la misma, a través de los mecanismos democráticos que la
comunidad considere adecuados.
Esperamos
la respuesta por escrito, debidamente fundada y motivada, del Gobierno Federal
y las autoridades competentes. Teniendo como plazo el martes 14 de octubre del
presente año.
Asamblea General Politécnica
Escuela Nacional de Ciencias Biológicas
México, Distrito Federal a 8 de octubre de 2014
Ccp.
Secretaría de Educación Pública
Ccp.
Dirección General del Instituto Politécnico Nacional
Ccp.
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Ccp.
Presidencia de la República
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