Con la reforma, las tarifas bajarán por condiciones de competencia, afirma la Secretaría de Energía
CIUDAD DE MÉXICO, 20 de julio.- Con 92 votos en
favor y 27 en contra, el Senado aprobó en lo general la Ley de la
Industria Eléctrica que endurece los castigos contra quienes roban
energía eléctrica mediante diablitos, la alteración de medidores o con la negativa a la verificación del consumo realizado.
Sanciona con multas de hasta 3.3 millones de pesos a quien impida la
medición y obliga a los usuarios a pagar el triple de la energía
eléctrica hurtada.
También serán castigados con severidad políticos y líderes
sindicales, entre otros, que den “charolazo” para obtener ventajas del
nuevo mercado libre de la industria, que permitirá importar y exportar
la energía y contará con una regulación de las tarifas y sanciones para
quienes las incumplan.
50 mil días de salario mínimo será la multa máxima a quien obstaculice el trabajo de los inspectores.
Con la nueva legislación votada ayer, el Senado ha aprobado dos de
cuatro dictámenes que componen la Reforma Energética, en la cual se
eliminó el derecho del Estado a expropiar los terrenos que necesite la
industria y creó un sistema de conciliación previo a la ocupación
temporal de tierras.
Ordena al gobierno federal establecer el sistema de subsidios
focalizados para los mexicanos en pobreza, tanto en zonas rurales como
urbanas.
La Ley de la Industria Eléctrica que aprobó el Senado será enviada hoy a la Cámara de Diputados para su votación.
La reforma eléctrica baja el switch al robo
El pleno del Senado aprobó ayer en lo general, con 92 votos a favor y
27 en contra, la reforma eléctrica que pone fin al robo de luz, ya sea
con los llamados diablitos, con la alteración de los medidores o
con la negativa a la verificación del consumo realizado, pues castiga
con multas de hasta 3.3 millones de pesos a quien impida la medición y
obliga a los usuarios a pagar el triple de la energía eléctrica hurtada.
Además, castiga con severidad a los políticos, líderes sindicales o
integrantes de los llamados poderes fácticos que den “charolazo” para
obtener ventajas del nuevo mercado libre de la industria eléctrica, que
permitirá importar y exportar energía eléctrica y contará con una
regulación de las tarifas y castigos para quienes no las cumplan.
De igual forma, después de 39 años de aplicación, la nueva Ley
eliminó el derecho del Estado a expropiar los terrenos que necesite la
industria eléctrica y creó un sistema de conciliación previo a la
decisión de ocupación temporal de tierras.
La Ley de la Industria Eléctrica que el Senado aprobó ayer, ordena al
gobierno federal establecer el sistema de apoyos focalizados para los
mexicanos en pobreza, tanto en zonas rurales como urbanas, disposición
que fue incluida en las comisiones unidas de Energía y Estudios
Legislativos Primera la semana pasada, tal como Excélsior lo informó.
Y ante la protesta del petista Marco Antonio Blásquez, el pleno
retiró la facultad que dejaba al Ejecutivo federal de decretar un
programa de subsidio focalizado, a su libre albedrío, independiente del
que están obligadas a diseñar las secretarías de Hacienda, Energía y
Desarrollo Social junto con la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y el
Coneval.
Ayer, durante el tercer día de sesiones del periodo extraordinario,
el pleno del Senado estableció reglas claras para evitar la prolongación
ilimitada del debate y eso permitió que la aprobación de las nuevas
leyes de la industria eléctrica y de la energía geotérmica se concretara
poco después de las 19:00 horas y el pleno entrara al debate en lo
particular de 143 reservas.
La nueva ley dispone que se sancionará con una multa hasta tres veces
el importe de la energía eléctrica consumida, a partir de la fecha en
que se cometió la infracción, a quien conecte sus redes particulares con
el Sistema Eléctrico Nacional o con otra red particular para su
alimentación, sin la debida autorización y contrato.
También “al usuario final que consuma energía eléctrica a través de
instalaciones que eviten, alteren o impidan el funcionamiento normal de
los instrumentos de medición, tasación, facturación o control del
suministro eléctrico; a las personas que permitan, fomenten, propicien o
toleren las actividades referidas; a quien consuma energía eléctrica
sin haber celebrado el contrato respectivo y a quien utilice energía
eléctrica en forma o cantidad que no esté autorizada por su contrato de
suministro”.
Se aplica una multa mínima de 10 mil veces el salario mínimo y máxima
de 50 mil días de salario mínimo, que implicará de 672 mil 900 a tres
millones 364 mil 500 pesos, a quien impida “las facilidades que se
requieran a los verificadores o inspectores autorizados” y a quien
consuma “energía eléctrica a través de instalaciones que alteren o
impidan el funcionamiento normal de los instrumentos de medición o
control del suministro eléctrico”.
Detalla que sin perjuicio de las disposiciones específicas en materia
de combate a la corrupción, las personas físicas y morales, nacionales o
extranjeras que participen en las contrataciones en materia de
electricidad serán sancionadas cuando “hagan uso de su influencia o
poder político, reales o ficticios, sobre cualquier servidor público,
personal o consejeros de las empresas productivas del Estado, con el
propósito de obtener para sí o un tercero un beneficio o ventaja, con
independencia de la aceptación de las personas involucradas o del
resultado obtenido”.
Advierte que “los contratos, convenios o instrumentos de naturaleza
jurídica análoga a que se refiere esta ley o que estén relacionados con
ella por ministerio de ley, no podrán prever cláusulas o acuerdo de
voluntad alguno, que otorgue exclusividad o preferencia ilícitas en
beneficio de organización empresarial, social o sindical alguna”,
dispone.
Deja en claro que “en el ámbito de sus respectivas atribuciones, la
Secretaría de Energía y la Comisión Reguladora de Energía estarán
facultadas para prevenir, investigar, identificar, denunciar y, en su
caso, sancionar a los contratistas, permisionarios, servidores públicos,
así como toda persona física o moral, pública o privada, nacional o
extranjera que participe en el sector energético cuando realicen actos u
omisiones que tengan como objeto o consecuencia directa o indirecta
influir en la toma de decisiones de un servidor público, del personal o
de los consejeros de las empresas productivas del Estado en la industria
eléctrica para obtener un beneficio económico personal directo o
indirecto”.
Respaldada por los senadores del PRI, PAN y Partido Verde, porque
aseguran que generará altos beneficios para toda la población, con la
reducción de los precios y la entrega de subsidios focalizados, amén de
fomentar el desarrollo regional y criticada por la izquierda porque
privatiza la industria eléctrica, desmantela a la Comisión Federal de
Electricidad, elimina el subsidio generalizado y permite al gobierno
federal usar de manera electoral la facultad para modificar tarifas, la
Ley de la Industria Eléctrica precisa que este servicio se ofrecerá en
un régimen de libre competencia.
Un punto criticado ayer por el petista Marco Antonio Blásquez fue la
facultad discrecional que se otorgó al Ejecutivo Federal de “diseñar una
estrategia para sustituir los subsidios generalizados por apoyos
focalizados”, como decía el artículo 139 de la Ley de la Industria
Eléctrica.
Su protesta llevó a las comisiones unidas a retirar el polémico
párrafo, sin lastimar la disposición de crear el programa de subsidios
focalizados.
Como lo reveló este diario, la Ley de la Industria Eléctrica que esta
madrugada el Senado envió a la Cámara de Diputados, dispone que “previo
a la entrada en operación del mercado eléctrico mayorista se podrá
importar energía eléctrica y productos asociados en términos de las
disposiciones que emita la Comisión Reguladora de Energía para
reglamentar dichas transacciones”.
(EXCELSIOR/ Jaime Contreras Salcedo /20/07/2014 08:11)
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