CANCUN,
Q. Roo. (apro).- De poco sirvió a Jean Succar Kuri ganar un amparo para
reponer el proceso de sentencia: el Tribunal Unitario del 27 Circuito,
con sede en este destino vacacional, confirmó hoy la condena de 112 años
y seis meses de prisión contra el empresario de origen libanés por los
delitos de pornografía infantil y corrupción de menores.
El
Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó en un comunicado que el
tribunal resolvió en sentido negativo el amparo directo 216/2013 que
había obtenido Succar Kuri a fin de reponer el proceso de sentencia en
su contra.
La resolución del Tribunal Unitario, precisó el CJF,
fue subsanar la “deficiencia formal” mediante la cual Succar Kuri obtuvo
el amparo que le concedió el Primer Tribunal Colegiado del 27 Circuito.
Por
una omisión “técnica”, el Primer Tribunal Colegiado concedió un amparo
directo contra la sentencia condenatoria a Succar Kuri, El Johnny.
Esta
omisión consistió en que el secretario de acuerdos del Tribunal
Unitario no firmó el expediente en el que se confirmaba la sentencia
condenatoria contra el empresario de origen libanés.
Y a un mes de
conseguir el amparo, el Tribunal Unitario ratificó la condena contra
Succar Kuri, y solo incluyó en la nueva sentencia el nombre y apellidos,
tanto de la magistrada que emitió la sentencia, como del secretario que
autorizó y dio fe del recurso.
Luego de subsanar la omisión, esa
instancia del Poder Judicial Federal determinó ratificar la pena de
prisión de 112 años seis meses contra el empresario de origen libanés.
Sin embargo, el CJF establece que la pena a cumplir por el sentenciado será de 60 años de prisión.
El Tribunal Unitario también impuso una multa de 527 mil 874 pesos a Succar Kuri.
De
igual modo ordenó que, en el rubro de reparación del daño moral, asuma
el pago de todos y cada uno de los tratamientos de “rehabilitación
física y psicoterapéuticos” de las siete víctimas de Succar Kuri.
/11 de abril de 2014)
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