El ex presidente Felipe Calderón y quien fuera su
canciller, Patricia Espinosa, niegan haber ordenado a la embajada mexicana en
Estados Unidos que gestionara la inmunidad para Ernesto Zedillo en torno al
caso Acteal. El entonces embajador, Arturo Sarukhán, escuetamente afirma que él
sólo cumplió órdenes. Nadie asume su responsabilidad y el conflicto saltó de
mano en mano hasta quedar en las del ex diplomático. El juez que lleva el caso
de la demanda contra el ex gobernante priista se lanza a fondo contra Sarukhán,
a quien –en consecuencia– acusa de haber actuado por su cuenta en aquella
gestión, con lo que habría violado la ley.
Jorge Carrasco Araizaga y J. Jesús Esquivel/ Proceso
MÉXICO, D.F.
(Proceso).- El ex presidente Felipe Calderón se deslindó. Declaró ante la
justicia federal que nunca dio la orden de solicitarle al gobierno de Estados
Unidos inmunidad diplomática para el ex mandatario Ernesto Zedillo.
La ex titular de la
Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) Patricia Espinosa también se desmarcó
y ahora el único integrante del gobierno anterior que debe responder por las
acciones para favorecer a Zedillo es el ex embajador Arturo Sarukhán. Pero éste
se defiende y en declaraciones a Proceso asegura que actuó bajo las órdenes del
gobierno de Calderón.
Flamante miembro de
la poderosa firma de cabildeo estadunidense Podesta Group, Sarukhán es quien
ahora debe responder por las violaciones constitucionales que, de acuerdo con el
juez Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal,
existieron al solicitar la inmunidad para el ex presidente priista.
En una sucesión de
irregularidades y violaciones a la Constitución y a tratados internacionales
que, en opinión del juez Ricardo Gallardo Vara, hubo en las gestiones a favor
de Zedillo, el miércoles 6 de marzo aquél concedió un amparo a familiares de
las víctimas de la matanza de Acteal, Chiapas, contra la solicitud gestionada
por el ex embajador (Proceso 1897).
El amparo, con el
número 1093/2012, busca que se retire la solicitud de inmunidad gestionada por
Sarukhán para detener la demanda civil contra Zedillo emprendida por los
familiares de las víctimas de Acteal en la Corte Federal del Distrito de
Connecticut, jurisdicción en la que vive el ex presidente.
En caso de que quede
firme, el amparo se traduciría en el retiro de la nota diplomática. La
consecuencia sería no tener por presentada la solicitud y el gobierno
estadunidense tendría que tomar en cuenta la insubsistencia jurídica de la
petición, mientras que la Corte de Connecticut seguiría con la demanda de
juicio civil sin tomar en cuenta la nota de Sarukhán.
ARGUMENTOS “FALACES”
En su resolución,
conocida en detalle apenas ahora, Gallardo Vara consideró “falaces” los
argumentos de Sarukhán para justificar jurídicamente la petición, pero además
determinó que la actuación del ex embajador representó violaciones a los
derechos humanos de quienes demandaron a Zedillo, en especial el de acceso a la
justicia y a contar con un recurso efectivo.
Según el juez, el ex
embajador de México en Washington careció de argumentos jurídicos para
sustentar “la defensa a ultranza” que hizo de Zedillo, a quien familiares de
las víctimas de Acteal responsabilizan de la matanza ocurrida en diciembre de
1997, por lo que ahora le piden una reparación del daño, que estiman en 50
millones de dólares.
El juez Decimosexto
de Distrito en Materia Administrativa del DF arremetió contra Sarukhán porque
Calderón y Espinosa, en sus declaraciones ante esa instancia judicial, dejaron
solo al ex diplomático, quien acaba de ser nombrado presidente de
GlobalSolutions, una subsidiaria de Podesta Group dedicada a la estrategia y
manejo de riesgo para empresas y gobiernos.
El ex presidente, la
ex canciller y el ex embajador ahora se echan la pelota de la nota diplomática
07654 del 4 de noviembre de 2011, en la que Sarukhán solicitó al gobierno de Barack
Obama su intervención para sugerirle a la Corte de Connecticut que el ex presidente
no fuera sometido a juicio en razón al “reconocimiento de su inmunidad”.
De acuerdo con la
resolución del juez, “el embajador responsable afirma categóricamente que la
solicitud de inmunidad de jurisdicción controvertida obedeció a las órdenes e
instrucciones que le giraron los representantes del Estado mexicano (presidente
de la República y secretaria de Relaciones Exteriores) e incluso por esa
circunstancia tal solicitud internacional la formuló a nombre de los Estados
Unidos Mexicanos”.
Sin embargo ni
Calderón ni Espinosa asumen haber ordenado a Sarukhán promover ante el gobierno
estadunidense la defensa de Zedillo. Esas autoridades, dice el juez en alusión
a Calderón y Espinosa, “negaron expresamente haber emitido dichas órdenes o
instrucciones en sus informes justificados” ante el juzgado.
Si los jefes del
entonces embajador no reconocieron ante la justicia esa orden, entonces “la
misiva diplomática impugnada no tiene justificación alguna, habida cuenta que
el funcionario responsable la realizó a título personal y sin la anuencia
oficial de los encargados de la política exterior en el país, lo cual corrobora
la inconstitucionalidad en su actuar al violar directamente” el artículo 89 de
la Constitución en lo relativo a los responsables de la conducción de la
política exterior.
Aunque se
desmarcaron ante el juez, ni el entonces presidente ni su canciller
desmintieron públicamente cuando se informó tanto en México como en Estados
Unidos que el gobierno de Calderón había gestionado la inmunidad para Zedillo.
“Al no salir a
desmentir, ambos consintieron el acto”, dice el ex cónsul de México en San
Antonio, el abogado Humberto Hernández Haddad.
Fragmento del
reportaje que se publica en Proceso 1900, ya en circulación.
(PROCESO/ Jorge Carrasco Araizaga y J. Jesús Esquivel/
3 de abril de 2013)
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