Enrique Canales, el zar
anticorrupción de Nuevo León, patalea en un pantano desde que se dio a conocer
en este espacio la semana pasada la demanda en su contra por un fraude de seis
millones de dólares, interpuesto por Paula Cusi, la última esposa de Emilio
Azcárraga Milmo, que lo acusó de apropiarse el dinero que le correspondía por
la venta del 16.6 por ciento de las acciones de Televisa que había heredado, a
Emilio Azcárraga Jean. Canales negó haberla defraudado y dijo que sólo se busca
desacreditarlo por investigar las irregularidades en el gobierno de Rodrigo
Medina.
La investigación sobre Medina
y su familia, también detallada ampliamente en este espacio, fue una promesa de
Jaime Rodríguez, El Bronco, en su campaña para Gobernador de Nuevo León. Pero politizar
la demanda es un elemento distractor de Canales para minimizar la crítica sobre
su probidad. Rodríguez no debió haberlo nombrado como zar anticorrupción por el
conflicto de interés: ¿Cómo combatir la corrupción quien enfrenta un litigio
por fraude? Canales no debió haber aceptado el cargo porque el caso, que no se
inclinaba a su favor, estaba cerrado.
En dos cartas públicas,
Canales se defendió. “La señora Cusi –dijo en una de ellas- no ha probado su
acusación y sí, en cambio, quedó jurídicamente firme que no hubo de nuestra
parte, apropiación indebida de honorarios, por lo que las acusaciones (en la
columna) en mi contra son falsas”. No es así. En primer lugar, la averiguación
previa se encuentra en integración en la Procuraduría General de Justicia de la
Ciudad de México, y no se están recabando pruebas para deslindar, como sostiene
Canales. La sentencia dictada por los magistrados del Sexto Tribunal Colegiado
en Materia Penal del Primer Circuito del 11 de noviembre de 2015 contra un
amparo presentado por Canales, establece: “No admite recurso alguno”. Es decir,
todo lo que había por integrar al caso, estaba hecho.
Su desmentido de la
apropiación de los seis millones de dólares, de acuerdo con documentos en el
expediente del caso, es falso. En una carta que envió a la señora Cusi el 21 de
octubre de 2011, hace una relatoría a manera de rendición de cuentas sobre todo
el proceso de sucesión testamentaria, su entonces abogado –junto con el
codemandado César Francisco García Méndez-, y señala:
“De acuerdo a las
instrucciones recibidas de ti, así como a las facultades conferidas al efecto
de negociar un pago compensatorio con Televisa a fin de aplicarlo al pago de
los honorarios tanto ya devengados como a los que te enfrentarías al desistirte
a tu entero perjuicio de la acción civil, y habiendo obtenido tu autorización
expresa siempre que: 1) No se vinculara de ningún modo el pago de la renuncia
de tus derechos o a la transmisión de las acciones, esto es, que se asumiera
como pago a los profesionistas y no a ti; 2) No se formalizará en ninguno de
los documentos a ser ratificados por ti, que contendrían tus renuncias y
transmisiones (de propiedad); y, 3) No retardará en ninguna forma la definición
de tu situación jurídica en la causa penal”.
El punto 18 de esa misma
carta precisa: “En ejercicio de tus instrucciones, me reuní con el licenciado
Alejandro Bustos Olivares, director jurídico contencioso de Televisa y con el
licenciado Alonso Aguilar Zínser, penalista a cargo de la causa penal por parte
de Televisa, con quienes negocié a favor de los abogados y de acuerdo a lo
instruido por ti, el pago de la cantidad de 6MMUSD (seis millones de dólares,
que eran al tipo de cambio de la época 65 millones de pesos), mismo que lo
apliqué conforme a tus instrucciones al pago de los honorarios de los distintos
profesionistas que intervinieron tanto en la acción civil como en la penal, así
como en la restitución de diversas cantidades pagadas por mí en tu nombre
durante los procedimientos”.
Este punto se refiere a la
“Carta de Instrucción” que Canales y García Méndez firmaron el 17 de mayo de
2011 con el representante de Televisa, Alejandro Bustos, donde solicitaba a la
empresa determinar, a su elección, la forma como realizaría el pago
compensatorio en dos exposiciones, el 17 y el 27 de mayo de ese año, mediante
dos opciones: 1) Un depósito a la cuenta de Summer Stream, C.V., por la vía de
Abdadi&Co, Securities Ltd, en el banco Standard Bank Plc., en Londres, por
tres millones de dólares. Y, 2) O mediante la contratación que lleve a cabo
Televisa de los servicios de mercadotecnia de la empresa Summer Stream, C.V.,
por otros tres millones de dólares.
Canales, representante de
Summer Stream, agregó en el punto 18: “Esto fue comentado contigo durante el
trayecto al aeropuerto de la ciudad de Toluca, el día de tu liberación
(Televisa acusó a la viuda de Azcárraga Milmo por falsedad de declaraciones,
por lo que fue encarcelada el 23 de abril de 2011, y liberada cinco días
después por falta de pruebas), a lo que respondiste que no nos preocupáramos
que hablaríamos la siguiente semana”.
Esta carta es central porque
revela en su propia voz sus contradicciones. Por un lado afirmó ante el
ministerio público que no se había quedado con ningún dinero de ella, pero al
mismo tiempo acepta que se quedó con ese dinero. Peor aún: la señora Cusi nunca
le dio esa instrucción; Canales nunca le entregó esa carta.
Mañana: El error de Canales
(NOROESTE/ COLUMNA “ESTRICTAMENTE
PERSONAL” DE RAYMUNDO RIVA PALACIO/ 04/04/2016 | 01:02 AM)
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