La CNDH advierte que el diagnostico se
realizó de manera prematura y sin fundamento ya que antes de establecer un
tratamiento de quimioterapia, el médico tratante debía confirmar el
diagnóstico. Dicho tratamiento deterioró la salud del menor lo que lo llevó a
la muerte, informó la comisión.
La recomendación incluye la reparación
de los daños además de apoyo psicológico gratuito, deberá ser proporcionado por
personal profesional especializado, para los padres del menor y agrega que la
institución deberá tomar “las medidas necesarias para verificar que en el
Hospital General 36 del IMSS en Coatzacoalcos, Veracruz, cuente con personal
suficiente, y la atención médica que se brinde sea oportuna, de calidad, y
éticamente responsable”.
Ciudad de México, 14 de
noviembre (SinEmbargo).- La Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió una
recomendación al IMSS tras aplicar quimioterapia a un menor de dos años de edad
sin confirmar el diagnóstico para tal tratamiento que lo llevó a la muerte; el
Instituto respondió que la atención
médica estuvo apegada a las Guías de Práctica Clínica correspondientes.
Los resultados de la
investigación realizada por la CNDH arrojaron elementos que evidenciaban las
violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida en
agravio del niño por parte del personal médico del Hospital General del IMSS en
Coatzacoalcos.
La recomendación incluye la
reparación de los daños además de apoyo psicológico gratuito para los padres
del menor que deberá ser proporcionado
por personal profesional especializado,
y agrega que es necesario que la institución tome “las medidas
necesarias para verificar que en el Hospital General 36 del IMSS en Coatzacoalcos,
Veracruz, cuente con personal suficiente, y la atención médica que se brinde
sea oportuna, de calidad, y éticamente responsable”.
Además, se deberá pagar una
suma de dinero por concepto de compensación que deberá tomar en cuenta los
daños morales provocados por las aflicciones y sufrimientos a los padres del
menor; el monto podrá establecerse en coordinación con la Comisión Ejecutiva de
Atención a Víctimas.
El IMSS respondió a la
recomendación al señalar que tras una investigación realizada por dicho
instituto se determinó que la atención médica estuvo apegada a las Guías de
Práctica Clínica correspondientes; agregó que se encuentra comprometido a
respetar y proteger los derechos humanos por lo que de manera constante realiza
capacitaciones sobre derechos humanos en materia de salud para garantizar la
calidad del servicio y “pleno respeto a los derechos humanos de nuestras
usuarias y usuarios”.
Los hechos comenzaron el 25 de febrero de 2012 cuando el niño de dos
años y 5 meses de edad ingresó al servicio de urgencias del Hospital General de
Zona 36 (Hospital General) del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en
Coatzacoalcos, Veracruz, debido a que su madre lo llevó hasta ese lugar tras
notar que presentaba fiebre, dolores
musculares y articulares y gripa.
El menor permaneció cerca de
20 horas en esa área sin que se le realizarán los estudios correspondientes; el
27 de febrero del 2015 se le practicaron estudios de laboratorio, un
ultrasonido hepático y de vías biliares. Además, se solicitó consulta en el
servicio de hematología para descartar la presencia de dengue o alguna
enfermedad de la sangre; dicha especialidad diagnosticó Leucemia Linfoblástica
Aguda L2 tras un procedimiento denominado “aspiración de médula ósea”, por lo
que se inició un tratamiento de quimioterapia.
El 3 de marzo de 2012 los
médicos determinaron que el niño de dos años se se encontraba en buenas
condiciones generales por lo que le dieron el alta para continuar con el
tratamiento en su casa. Tres días después, la madre del pequeño decidió
llevarlo al Hospital Regional de Alta Especialidad del Niño en Villahermosa,
Tabasco, donde fue internado debido a que se determinó que su salud era grave.
El 7 de marzo de 2012 el niño falleció a consecuencia de un paro
cardiorrespiratorio.
La Comisión Nacional de
Derechos humanos informó que en las notas médicas de urgencias se encontró que
el servicio médico para el menor fue postergado debido a un problema
administrativo, específicamente a que su vigencia de derechos estaba cancelada.
En una nota médica del 27 del febrero del 2015 se puede leer: “Se autoriza
permanecer en urgencias y realizar todos los estudios pertinentes y necesarios
para el servicio”; el niño había llegado al hospital desde el 25 de febrero.
La CNDH advierte que el
diagnostico se realizó de manera prematura y sin fundamento ya que antes de
establecer un tratamiento de quimioterapia, el médico tratante debía confirmar
el diagnóstico con estudios complementarios de laboratorio cuyos resultados se
obtendrían 3 o 4 meses después.
El tratamiento de
quimioterapia deterioró la salud del menor lo que lo llevó a la muerte, informó
la comisión.
(SIN EMBARGO/ REDACCIÓN / SIN EMBARGO/ NOVIEMBRE 14,
2017, 11:16 AM)
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