El JT, acusado y exonerado en Sinaloa
por homicidio calificado con premeditación
Javier Torres Félix, el JT, tenía un
pendiente con la justicia de Sinaloa por un homicidio pero fue acusado sin
pruebas.
De acuerdo con el expediente
de amparo de un Tribunal Colegiado con sede en Toluca, el Juez Séptimo de
Primera Instancia libró orden de aprehensión sin tener elementos, por lo que
los magistrados ampararon al narcotraficante.
La orden de aprehensión fue
librada el 5 de julio de 2006 por el delito de homicidio calificado habiéndose
cometido con premeditación.
La víctima es Prudencio Portillo
Lizárraga, privado de su libertad el 20 de octubre de 2003 y encontrado
asesinado a balazos un día después.
El ofendido trabajaba de
albañil en un rancho y tenía dos meses de haber regresado a vivir a la ciudad
junto con su esposa.
Torres Félix fue involucrado
como responsable del asesinato.
El JT, de 56 años, se
encuentra recluido en el penal Altiplano desde 2013, después de haber sido
deportado de Estados Unidos, donde purgó una condena de 8 años de prisión.
Luego de solicitar tres
amparos contra la orden de aprehensión, logró que un Juez concediera la
protección de la justicia federal y en agosto pasado, un Tribunal Colegiado en
Materia Penal la ratificó.
Las primeras dos ocasiones
los jueces cerraron el juicio sin analizar la demanda, debido a que el JT se
encontraba recluido en una cárcel de Estados Unidos y no podía ser juzgado en
México.
Según los datos de la demanda
de amparo y la sentencia, las pruebas que presentó el Ministerio Público son
dos testigos que refirieron haber visto al JT levantar a la víctima, pero no
presentó evidencia de la participación en el asesinato.
El Ministerio Público señaló
que Torres Félix junto con otras tres personas, se hicieron pasar por agentes
de la Policía Judicial y privaron de la libertad a la víctima.
El albañil, determinó el
Ministerio Público, fue llevado a una casa de seguridad donde lo tuvieron
amarrado de pies y manos con un pedazo de cobija y lo golpearon esperando que
se hiciera noche para trasladarlo al lugar donde lo asesinaron.
A la víctima la arrojaron al
suelo y le dispararon en al menos nueve ocasiones con un arma de fuego calibre
38 súper.
Los peritajes establecieron
que Portillo Lizárraga fue asesinado aproximadamente 12 horas después de haber
sido privado de su libertad.
El JT fue detenido en enero
de 2004 por elementos del Ejército en Culiacán por los delitos de delincuencia
organizada y operación con recursos de procedencia ilícita.
Dos años después del
homicidio de Portillo Lizárraga, en mayo de 2006, agentes investigadores
entrevistaron a dos testigos del levantón.
Los policías acudieron a un
periódico local para consultar la hemeroteca y obtener la fotografía que se
había publicado de Torres Félix cuando fue detenido, pero les negaron el
ingreso y la obtuvieron de la página de Internet.
Los agentes presentaron esa
imagen a los dos testigos, quienes identificaron al JT como uno de los cuatro
hombres que había privado de la libertad a Prudencio.
En el hecho hubo un tercer
testigo, quien dijo que no podía identificar a la persona mostrada en la
fotografía como una de las que participó en el levantón debido a que no pudo
observar a los responsables.
Con esos testimonios, los
peritajes realizados en el lugar donde fue encontrado el cadáver y la autopsia,
el Ministerio Público solicitó orden de aprehensión y fue concedida por el Juez
Séptimo.
Para girar la orden de
aprehensión, el Juez Séptimo estableció que de parte de Torres Félix existió
una conducta ilícita consciente y voluntaria que incidió primeramente en
levantar a la víctima y posteriormente privarla de la vida mediante disparos de
arma de fuego.
En la demanda de amparo,
Torres Félix en su defensa alega que los testigos no son presenciales ni de
oídas de la privación de la vida.
“Los medios de prueba que
practicó el ministerio público en la averiguación previa, en todo caso comprueban plenamente el cuerpo de delito, ya
que sin duda existió una privación de la vida mas no mi probable responsabilidad
al no existir prueba indiciaria suficiente en el homicidio”, señala.
“El análisis integral y
armónico de las pruebas practicadas en la averiguación previa no se logra
deducir suficientemente que el resultado de muerte imputado al suscrito quejoso
me sea atribuible, lo que vuelve irremediablemente ilegal la orden de captura citada”.
El Juez de Distrito y los
magistrados del Tribunal Colegiado dieron la razón al JT en el amparo y en la
revisión del amparo.
Los juzgadores consideraron
que las pruebas presentadas por el Ministerio Público no hacen constar la
conducta que se le atribuye al acusado.
“La conclusión a la que
arriba la autoridad responsables sobre la participación del inculpado aquí
quejoso, carece de la motivación adecuada, en virtud de que no expone de manera
particularizada las razones por las que arribó a la convicción de que dicho
sujeto participó en la comisión de la conducta ilícita perpetrada en contra de
la víctima.
“Tampoco el grado de
participación que a nivel probable le corresponde en la concreción de los
hechos”, establece la sentencia.
Tampoco se detalla cómo el
Ministerio Público estableció que la víctima fue llevada a una casa donde fue
amarrado de pies y manos y con un pedazo de cobija golpeado.
El Agente del Ministerio
Público Federal impugnó el amparo concedido por el Juez de Distrito y en agosto
pasado el Tribunal Colegiado confirmó la resolución del Juez.
Javier Torres era considerado
por la Procuraduría General de la República como uno de los narcotraficantes
más sanguinarios.
El JT fue uno de los
principales operadores de Ismael Mayo Zambada.
Elementos del Ejército lo
detuvieron en el fraccionamiento Colinas de San Miguel, en Culiacán, en enero
de 2004.
En noviembre de 2006 fue
extraditado a Estados Unidos, donde era reclamado por la Corte del Distrito de
Columbia.
El gobierno estadounidense lo
acusaba de introducir cocaína a ese país.
Torres Félix fue sentenciado
a ocho años de prisión y en abril de 2013 cumplió su condena y fue deportado a
México.
Desde entonces el JT
permanece recluido en el Centro Federal de Readaptación Social número 1
Altiplano, en el Estado de México.
(RIODOCE/ REDACCIÓN/ 18 SEPTIEMBRE, 2017)
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