México.- Aristegui Noticias
tuvo acceso, en octubre de 2013, a documentos de la justicia peruana, sobre el
proceso de 2006 contra la conductora de TV Laura Bozzo. En los mismos se
determina la responsabilidad de la animadora en la comisión de los delitos de
peculado y asociación delictuosa, al utilizar su programa de televisión para
impulsar la reelección de Alberto Fujimori, en 1999. Por considerarlo de
interés, en este momento, AN reproduce nuevamente esta información y
documentos.
La conductora de televisión
Laura Bozzo, fue procesada por la justicia de Perú en 2006, y encontrada
“culpable” de los cargos de peculado y asociación ilícita para delinquir, por
coludirse con el ex asesor presidencial, Vladimiro Montesinos -condenado a ocho
años de prisión efectiva- en una estrategia para lograr la reelección de
Alberto Fujimori en 1999.
Aristegui Noticias tuvo
acceso a fragmentos del documento de la sentencia contra Laura Bozzo Rotondo,
dictada el 07 de julio de 2006 por la Tercera Sala Penal Especial
Anticorrupción de Lima, que encontró a la ahora conductora estelar de Televisa
responsable -en calidad de cómplice- de asociación ilícita para delinquir y
peculado, “en agravio del Estado y la sociedad”.
En la página 109 del citado
documento se lee lo siguiente:
“XII. CONDENANDO: a LAURA
CECILIA BOZZO ROTONDO como cómplice del delito contra Ia Administración Publica
-Peculado, en agravio del Estado y Ia Sociedad, y POR MAYORIA, como autora del
delito contra Ia Tranquilidad Publica -Asociación ilícita para delinquir, en
agravio del Estado y Ia Sociedad, IMPONIÉNDOSELE POR MAYORIA, CUATRO años de
pena privativa de libertad, cuya ejecución se suspende condicionalmente por el
plazo de tres años, bajo el cumplimiento de las reglas siguientes: a) No
ausentarse del Iugar de su residencia sin previa autorización del Juez, b)
Reparar el daño ocasionado par el delito y, c) Comparecer personal y
obligatoriamente al Juzgado, cada tres meses, para informar y justificar sus
actividades, bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 59 del Código Penal,
e INHABILITACION por el plazo de dos años, conforme al inciso b del artículo 36
del Código Penal; y, FIJARON: En TREINTA MIL nuevos soles el manto que por
concepto de reparación civil deberá abonar a favor de los agraviados, y le
IMPUSIERON Ia obligación de restituir a favor del erario público Ia suma de
ocho mil quinientos dólares y cinco mil nuevos soles”.
Asimismo la sentencia, cuya
lectura duró cerca de cuatro horas por sus más de 200 páginas -según reportes
periodísticos de aquel entonces- determinó que no existían pruebas suficientes
que compruebe la entrega de dinero o un collar de perlas por parte de
Montesinos a Bozzo.
Sin embargo, quedó
determinado que la animadora utilizó su programa de televisión para impulsar la
reelección inconstitucional de Fujimori en el año 1999.
Sobre este tema en la página
78 del mismo documento se lee el siguiente testimonio de un colaborador de
Bozzo:
“AI respecto, Ia utilización
de los programas televisivos conducidos por Bozzo Rotondo para fines
reeleccionistas, es referido por el Colaborador de Código Nro. 3058-BCE (fojas
137) al señalar “Ia doctora Laura Bozzo Rotondo durante los años mil
novecientos noventinueve y dos mil, se reunió con el doctor Montesinos unas
diez veces aproximadamente, para que le facilitara información respecto a los
temas que Ia doctora Bozzo debía tratar en su programa televisivo, tales como
el Plan Colombia o sobre el terrorismo … “.
DELITO CONTRA LA TRANQUILIDAD PÚBLICA
En otro documento al que
Aristegui Noticias tuvo acceso -con fecha del 05 de diciembre de 2007-
proveniente de la Primera Sala Penal Transitoria de Lima se absuelve a Bozzo de
la “acusación fiscal por delito contra la Tranquilidad Publica – asociación
ilícita para delinquir, en agravio del Estado y la Sociedad”, pero fueron
ratificados los demás delitos.
En la página 50 del documento
se lee:
“ABSOLVIERON a Ia citada
encausada de Ia acusación fiscal por delito contra Ia Tranquilidad Pública -
asociación ilícita para
delinquir, en agravio del Estado y Ia Sociedad; ORDENARON se proceda a Ia
anulación de sus antecedentes judiciales y policiales generados como
consecuencia del proceso”
(DOSSIER POLITICO/ ARISTEGUI
NOTICIAS/2015-08-01)
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