El subdirector y el coordinador de
Directores de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada,
emprendieron una compañía que actualmente recibe obras en concurso de la
paraestatal; los funcionarios argumentan que ellos ya no están al frente de la
misma, que ahora sus esposas la manejan y ellas trabajan en las obras que el
Gobierno del Estado les concede. Por lo menos dos contratos se otorgaron a la
firma Concariba, e infringe el Artículo 47 de la Ley de Responsabilidades de
Servidores Públicos
Además de estar dictadas en
la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos en Baja California, las
auto-compras gubernamentales son actos condenables para ciertos sectores de la
sociedad que reprueban el hecho de que un funcionario reciba doble beneficio
del sector público.
Jorge Luis Ibarra López,
subdirector de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada (CESPE) y
Carlos Enrique García Lazcano, coordinador de Directores en esa paraestatal,
con sueldos que oscilan entre 35 mil y 36 mil pesos mensuales -según el portal
de Transparencia-,crearon en 2005 la empresa Concariba Construcciones, S.A. de
C.V.
A partir de 2007, cuando
García Lazcano trabajaba en Auditoría Fiscal de la Secretaría de Planeación y
Finanzas de Baja California -cargo que dejó hace un mes para integrarse a la
CESPE-, su firma comenzó a concursar en convocatorias del Gobierno del Estado.
La obra consistió en reponer una red de alcantarillado sanitario en Calle
Alvarado entre Once y Doce, de la Zona Centro, por un costo de 298 mil pesos
más Impuesto al Valor Agregado (IVA). Más tarde, para evitar un conflicto de
intereses, los socios y funcionarios deshicieron la asociación para que las
esposas de ambos se encargaran de administrar el negocio.
“Las personas morales tienen
una personalidad jurídica propia y, como tales, pueden ejercer el comercio,
mientras que por cuestiones de este tipo de conflictos que se pudieran dar,
decidimos salir nosotros de la sociedad -de Concariba- hace más de cinco años”,
respondió García Lazcano a la pregunta sobre el posible delito de tráfico de
influencias en el que pudieran incurrir.
Tras una denuncia anónima,
ZETA visitó las instalaciones del mencionado negocio ubicado en Calle 20 de
Noviembre entre Doce y Trece, donde los allegados a la empresa reconocen a
Ibarra López y García Lazcano como propietarios de la constructora que
participa en concursos de licitación del Gobierno del Estado de Baja
California.
“Si vas al Registro Público
de la Propiedad te vas a dar cuenta. Las accionistas ahora, legal y
formalmente, pero además las que atienden el negocio, son nuestras esposas, y
realmente lo atienden. Lo que la empresa adquiere de obras es a través de
concursos y son públicos”, insistió en su defensa García Lazcano.
En 2010, cuando ambos socios
dejaron de estar en la empresa, recibieron una nueva obra por casi 2 millones
de pesos para una red de alcantarillado sanitario y ampliación en Lomas de El
Sauzal, en la calles Puerto Veracruz, Puerto Magdalena y Privada San Diego del
municipio de Ensenada.
A finales de 2012, la empresa
apareció en el estado financiero de la administración estatal con un adeudo
de 2 millones 300 mil pesos por bienes o
servicios otorgados a la entidad pública (APAZU-CESPE-2010-003-LP).
El coordinador de directores
de la CESPE reiteró que Concariba es una persona moral y que, por lo tanto, en
sentido estricto, no forma parte del negocio pero, en caso de que hubiera
inconformidad por parte de los organismos de fiscalización, atenderá la
notificación, “pero insisto, no creo que haya alguna irregularidad”, expuso
García.
Sin embargo, el Artículo 47
de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, que refiere las
prohibiciones a los funcionarios, determina en el punto XV:
“Abstenerse, durante el
ejercicio de sus funciones, de solicitar, aceptar o recibir, por sí o por
interpósita persona, dinero, objetos mediante enajenación a su favor en precio
notoriamente inferior al que el bien de que se trate y que tenga en el mercado
ordinario; o cualquier donación, empleo, cargo o comisión para sí, o para las
personas a que se refiere la fracción XIII, y que procedan de cualquier persona
física o moral cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se
encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por el servidor
público de que se trate en el desempeño de su empleo, cargo o comisión y que
implique intereses en conflicto. Esta prevención es aplicable hasta un año
después de que se haya retirado del empleo, cargo o comisión”.
Y en el XXIII:
“Abstenerse, en ejercicio de
sus funciones o con motivo de ellas, de celebrar o autorizar la celebración de
pedidos o contratos relacionados con adquisiciones, arrendamientos y enajenación
de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la
contratación de obra pública, con quien desempeñe un empleo, cargo o comisión
en el servicio público, o bien, con las sociedades de las que dichas personas
formen parte, sin la autorización previa y específica de la Secretaría a
propuesta razonada, conforme a las disposiciones legales aplicables del titular
de la dependencia o entidad de que se trate”.
De acuerdo a la Ley, que la
empresa Concariba, antes propiedad de los funcionarios de la CESPE y hoy en
manos de sus cónyuges, reciba convenios de obra, constituye un conflicto de
intereses.
Jorge Luis Ibarra López no accedió a declarar sobre el problema que,
según diputados de la Comisión de Fiscalización, podría estar investigando el
Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) de Baja California como un acto de
tráfico de influencias.
QUE SE INVESTIGUE: DIPUTADO
Respecto a la falta en que
incurren los servidores públicos que al mismo tiempo proveen productos o
servicios al sector público, el diputado e integrante de la Comisión de
Fiscalización, Roberto Dávalos Flores, reveló que hace meses no sesiona la
Comisión con el ORFIS y, por lo tanto, hay varios temas rezagados.
Explicó que el ORFIS hace las
investigaciones y la revisión de la cuenta pública, realiza las auditorías y
los estudios de campo, así como documentales. De esta manera, ellos entregan a
la Comisión y el presidente cita a la Comisión.
“Habría un conflicto de intereses por el hecho
de que son funcionarios y que se les asigna obra pública. Definitivamente hay
una denuncia con mayor interés, el Órgano debe revisar a efectos que los
estudios y análisis que se remitan para acciones correspondientes en
contraloría, según sea el caso”, aseguró Dávalos.
Para el legislador, la Ley es
clara y en su apartado décimo señala como lineamiento: “… desempeñar su empleo,
cargo o comisión sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las
contraprestaciones que por Ley le corresponda por el desempeño de su función,
sean para él o su cónyuge o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por
afinidad o civiles; o para terceros con los que tenga relaciones profesionales,
laborales o de negocios; o para socios o sociedades de las que el servidor
público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte”.
(SEMANARIO ZETA/ REPORTAJEZ/LORENA LAMAS
/ 25 DE MAYO DEL 2015 A LAS 12:00:15)
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