Por derrame tóxico en Sonora
La reforma permitirá
investigar a la minera aunque no existan leyes secundarias, dijo el titular de
la ASF
CIUDAD DE MÉXICO,
23 de abril.- La reforma contra la corrupción permitirá investigar a empresas
como Grupo México, aun cuando no existan las leyes secundarias, aseguró Juan
Manuel Portal, titular de la Auditoría Superior de la Federación (ASF).
El martes, el
Senado aprobó la creación del Sistema Nacional Anticorrupción. Sin embargo, al
ser una reforma constitucional, deberá ser avalada por al menos 17 Congresos
estatales.
—¿Sólo con el
capítulo constitucional ya se podría comenzar a aplicar las disposiciones a
empresas privadas, como Grupo México, criticada por impunidad?
—Una vez que se
regresa se debe de hacer la publicación en el Diario Oficial de la Federación.
A partir de esa
fecha las reformas constitucionales tienen vigencia. A partir de ahí podríamos
empezar a aplicar, y ver si se requiere o no la ley secundaria, dijo Portal.
Excélsior publicó
desde el martes denuncias contra la minera por el desastre en Sonora.
CON LEY ANTICORRUPCIÓN SE INVESTIGARÁ A MINERA: SFP
Es innecesario que
se cuente con las leyes reglamentarias para investigar a empresas, dijo el auditor Juan Manuel Portal.
Aun cuando no
existan las leyes secundarias, la reforma constitucional en materia
anticorrupción permitirá comenzar a investigar con más detalle a empresas
privadas como Grupo México, informó el auditor superior de la Federación, Juan
Manuel Portal, quien confió en que los servidores públicos corregirán su
comportamiento al saber que no habrá impunidad.
Entrevistado
después de firmar un convenio de colaboración con el Senado, Juan Manuel Portal
recordó que no es necesario que se cuente con las leyes reglamentarias para que
las disposiciones constitucionales comiencen su aplicación en temas como la
investigación a empresas y ciudadanos que puedan estar involucrados con casos
de corrupción.
—¿Sólo con el
capítulo constitucional ya se podría comenzar a aplicar las disposiciones a
empresas privadas como Grupo México, que ha sido muy criticada, porque acusan
que está llena de impunidad?
— Lo que se aprobó
fue por parte del Poder Legislativo, falta que ahora se envíe a los congresos
estatales para que se analice y de ahí una vez aprobado por la mayoría se
regresa, una vez que se regrese se debe de hacer la publicación en elDiario
Oficial. A partir de esa fecha las reformas constitucionales tienen vigencia. A
partir de ahí podríamos empezar a aplicar, y ver si se requiere o no ley
secundaria.
La reforma
constitucional que crea el Sistema Nacional Anticorrupción dispone que “las
personas morales serán sancionadas cuando los actos vinculados con faltas administrativas
graves sean realizados por personas físicas que actúen a nombre o
representación de la persona moral y en beneficio de ella.
Ordena que los
tribunales de justicia administrativa “impondrán a los particulares que
intervengan en actos vinculados con faltas administrativas graves, con
independencia de otro tipo de responsabilidades, las sanciones económicas;
inhabilitación para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u
obras públicas, así como el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados
a la Hacienda Pública o a los entes públicos federales, locales o municipales”.
Ayer Juan Manuel
Portal explicó que una vez concluido el proceso de la reforma Constitucional,
el Poder Legislativo debe comenzar a elaborar las leyes reglamentarias y estimó
que en un máximo de dos años y medio el Sistema Nacional Anticorrupción estará
en aplicación plena, pero también recordó que una vez entrada en vigor la
reforma constitucional se aplican sus disposiciones, como comenzar la
investigación a las empresas privadas.
EL CAMINO DE LA NUEVA LEY
Luego de que las
cámaras de Senadores y Diputados aprobaran la ley anticorrupción, ahora falta
que se envíe a los congresos estatales para que se analice y de ahí una vez
aprobado por la mayoría se regresa, para hacer la publicación en el Diario
Oficial de la Federación.
A partir de esa fecha las reformas
constitucionales tienen vigencia. A partir de ahí se podría empezar a aplicar,
y ver si se requiere o no ley secundaria.
La reforma
constitucional que crea el Sistema Nacional Anticorrupción dispone que “las
personas morales serán sancionadas cuando los actos vinculados con faltas
administrativas graves sean realizados por personas físicas que actúen a nombre
o representación de la persona moral y en beneficio de ella.
(DOSSIER POLITICO/ Leticia
Robles de la Rosa / Excélsior/ 2015-04-23)
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